ARTÍCULO Nº 823 (CVE: BOME-A-2023-823) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6112 - viernes, 13 de octubre de 2023 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD
Orden nº 1093, de fecha 6 de octubre de 2023, relativa a la convocatoria del IX Certamen de Redacción Juvenil "Clara Campoamor".
La Excma. Sra. Consejera de Presidencia, Administración Pública e
Igualdad, mediante Orden con registro número 2023001093, de fecha 06 de octubre
de 2023, ha dispuesto lo siguiente:
CONVOCATORIA DEL IX CERTAMEN DE
REDACCIÓN JUVENIL “CLARA CAMPOAMOR”, con las siguientes determinaciones:
1º.- Pueden participar en el concurso todos los jóvenes con residencia
legal en Melilla y edad comprendida entre los 12 y los 18 años.
Los/Las participantes deberán
presentar una redacción original e inédita, en lengua castellana, que contengan
reflexiones sobre su percepción del fenómeno de la Violencia de Género. Se
valorará en dicha redacción la sensibilidad y compromiso con la igualdad y en
consecuencia la intolerancia contra la violencia de género, asimismo se
valorará el carácter innovador del trabajo realizado, así como su claridad
expositiva. Deberá tener una extensión no superior a cinco folios escritos en
tipografía Arial 12, por una sola cara y a doble espacio.
2º.-En el encabezamiento de la
redacción deberá consignarse el nombre de la entidad, en caso de presentarse
por alguna, y seguidamente, con claridad, el nombre y los apellidos del
autor/a, su edad, domicilio y teléfono de contacto.
3º.- El plazo de presentación de las redacciones ante la Viceconsejería
de Igualdad y Mujer, sita en la C/ Querol, nº 7, permanecerá abierto hasta el 15 de Noviembre
de 2023, a las 14,00 horas, no admitiéndose a concurso aquéllas que se
presenten con posterioridad.
4º.-Se concederán tres premios * por valor económico de 300 euros al
primero, 200 euros al segundo y 100 euros al tercero, a los/as autores de las
tres redacciones que determine el Jurado en atención a su calidad, así como 10
accésit en premios por valor de 60 euros cada uno.
Así mismo se concederán dos premios globales a las entidades mejor representadas, de 500 euros.
* Dichos premios consistirán en material educativo informático y lotes
de libros, cuya temática estará relacionada con la prevención de la violencia
de género y el fomento de la igualdad
Tal y como establece el art. 23.2 d) de la LGS 38/2003 para la concesión
de los premios, se efectuará mediante régimen de concurrencia competitiva.
5º.-Antes de publicarse la presente convocatoria, la Consejera de
Presidencia, Administración Pública e Igualdad, dictará Orden designando la
composición del Órgano Colegiado competente para efectuar la propuesta de
concesión de los premios, el mismo, estará
constituido por un Jurado integrado por la Viceconsejera de Igualdad y Mujer o
persona en quien delegue, que actuará como Presidenta, y por tres empleados
públicos que deberán ser agentes de Igualdad. Actuará como Secretario del
Jurado, con voz pero sin voto, la Secretaria Técnica de la Consejería de
Presidencia, Administración Pública e Igualdad, u otro funcionario habilitado
para dar fe de las actuaciones.
La composición del Órgano Colegiado se dará a conocer el día que se haga
público el fallo.
De acuerdo con las presentes bases, el Jurado podrá resolver las dudas
que surjan en su aplicación.
6º.- La Consejera de Presidencia, Administración Pública e Igualdad de
la Ciudad Autónoma de Melilla dará a conocer la deliberación del jurado y hará
entrega de los premios en la forma que se determine.
7º.- Las redacciones premiadas, así como cuantas se estimen oportunas de
las presentadas, quedarán en poder de la Consejería de Presidencia,
Administración Pública e Igualdad de la Ciudad Autónoma de Melilla, pudiendo
publicarlas si así lo considera.
8º.- La participación en el concurso implica la aceptación y conformidad
de estas bases.
9º.- El fallo del jurado se publicará en el Boletín Oficial de Melilla.
10º.- De conformidad con el
artículo 121 y demás concordantes de la
ley 39/2015, de 01 de Octubre, del procedimiento administrativo común, contra
la presente resolución, que no agota la vía administrativa, cabe recurso de
alzada ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, a
interponer en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la
notificación de la presente Orden, pudiendo presentarse el recurso ante esta
Consejería o bien directamente ante el órgano competente para resolverlo, sin
perjuicio de que pueda el interesado ejercitar cualquier otro recurso que
estime oportuno”.
Lo que se publica en el Boletín Oficial de Melilla para general
conocimiento.
Melilla 10 de octubre de
2023,
La Secretaria Técnica de
Presidencia e Igualdad,
Pilar Cabo León