ARTÍCULO Nº 823 (CVE: BOME-A-2023-823) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6112 - viernes, 13 de octubre de 2023 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD


Orden nº 1093, de fecha 6 de octubre de 2023, relativa a la convocatoria del IX Certamen de Redacción Juvenil "Clara Campoamor".

BOME-P-2023-2674 Descargar página

La Excma. Sra. Consejera de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, mediante Orden con registro número 2023001093, de fecha 06 de octubre de 2023, ha dispuesto lo siguiente:

CONVOCATORIA DEL IX CERTAMEN DE REDACCIÓN JUVENIL “CLARA CAMPOAMOR”, con las siguientes determinaciones:

1º.- Pueden participar en el concurso todos los jóvenes con residencia legal en Melilla y edad comprendida entre los 12 y los 18 años.

Los/Las participantes deberán presentar una redacción original e inédita, en lengua castellana, que contengan reflexiones sobre su percepción del fenómeno de la Violencia de Género. Se valorará en dicha redacción la sensibilidad y compromiso con la igualdad y en consecuencia la intolerancia contra la violencia de género, asimismo se valorará el carácter innovador del trabajo realizado, así como su claridad expositiva. Deberá tener una extensión no superior a cinco folios escritos en tipografía Arial 12, por una sola cara y a doble espacio.

2º.-En el encabezamiento de la redacción deberá consignarse el nombre de la entidad, en caso de presentarse por alguna, y seguidamente, con claridad, el nombre y los apellidos del autor/a, su edad, domicilio y teléfono de contacto.

3º.- El plazo de presentación de las redacciones ante la Viceconsejería de Igualdad y Mujer, sita en la C/ Querol, nº 7,  permanecerá abierto hasta el  15 de Noviembre de 2023, a las 14,00 horas, no admitiéndose a concurso aquéllas que se presenten con posterioridad.

4º.-Se concederán tres premios * por valor económico de 300 euros al primero, 200 euros al segundo y 100 euros al tercero, a los/as autores de las tres redacciones que determine el Jurado en atención a su calidad, así como 10 accésit en premios por valor de 60 euros cada uno.

Así mismo se concederán dos premios globales a las entidades mejor  representadas, de 500 euros.

* Dichos premios consistirán en material educativo informático y lotes de libros, cuya temática estará relacionada con la prevención de la violencia de género y el fomento de la igualdad

Tal y como establece el art. 23.2 d) de la LGS 38/2003 para la concesión de los premios, se efectuará mediante régimen de concurrencia competitiva.

5º.-Antes de publicarse la presente convocatoria, la Consejera de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, dictará Orden designando la composición del Órgano Colegiado competente para efectuar la propuesta de concesión de los premios, el mismo,  estará constituido por un Jurado integrado por la Viceconsejera de Igualdad y Mujer o persona en quien delegue, que actuará como Presidenta, y por tres empleados públicos que deberán ser agentes de Igualdad. Actuará como Secretario del Jurado, con voz pero sin voto, la Secretaria Técnica de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, u otro funcionario habilitado para dar fe de las actuaciones.

La composición del Órgano Colegiado se dará a conocer el día que se haga público el fallo.

De acuerdo con las presentes bases, el Jurado podrá resolver las dudas que surjan en su aplicación.

6º.- La Consejera de Presidencia, Administración Pública e Igualdad de la Ciudad Autónoma de Melilla dará a conocer la deliberación del jurado y hará entrega de los premios en la forma que se determine.

7º.- Las redacciones premiadas, así como cuantas se estimen oportunas de las presentadas, quedarán en poder de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad de la Ciudad Autónoma de Melilla, pudiendo publicarlas si así  lo considera.

8º.- La participación en el concurso implica la aceptación y conformidad de estas bases.

9º.- El fallo del jurado se publicará en el Boletín Oficial de Melilla.

10º.- De conformidad con el artículo 121  y demás concordantes de la ley 39/2015, de 01 de Octubre, del procedimiento administrativo común, contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, a interponer en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de la presente Orden, pudiendo presentarse el recurso ante esta Consejería o bien directamente ante el órgano competente para resolverlo, sin perjuicio de que pueda el interesado ejercitar cualquier otro recurso que estime oportuno”.

Lo que se publica en el Boletín Oficial de Melilla para general conocimiento.

 

Melilla 10 de octubre de 2023,

La Secretaria Técnica de Presidencia e Igualdad,

Pilar Cabo León