ARTÍCULO Nº 825 (CVE: BOME-A-2023-825) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6112 - viernes, 13 de octubre de 2023 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD
Requerimiento de subsanación de solicitudes presentadas para ayudas de la Ciudad Autónoma de Melilla para becas complementarias a las del Programa Erasmus, curso 2022/2023.
I.-
Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 14 de marzo de 2023, se
procede a la aprobación de las BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS DE LA CIUDAD
AUTÓNOMA DE MELILLA PARA BECAS COMPLEMENTARIAS A LAS DEL PROGRAMA ERASMUS,
publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla (BOME) Extraordinario
número 13, de fecha 15 de marzo de 2023.
II.-
Mediante Orden de la Consejera de Presidencia, Administración Pública e
Igualdad, registrada al número 2023000293, de fecha 5 de septiembre de 2023, se
procede a la aprobación de la CONVOCATORIA DE AYUDAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
MELILLA PARA BECAS COMPLEMENTARIAS A LAS DEL PROGRAMA ERASMUS, PARA EL CURSO
ACADEMICO 2022/2023, publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla
(BOME) Extraordinario número 65, de 12 de septiembre de 2023.
III.-
El apartado 12 de las BASES REGULADORAS establece: “(…) El órgano instructor emitirá informe, que se incorporará al
expediente, y en el que se hará constar que de la información que obra en su
poder se desprende que los posibles beneficiarios de las ayudas cumplen todos
los requisitos para acceder a las mismas (…)”.
IV.-
De acuerdo con lo expuesto en el apartado anterior, por este órgano instructor
se ha procedido a comprobar que los solicitantes que se incluyen en el presente
informe NO HAN APORTADO la documentación requerida en las Bases Reguladoras,
concretamente lo establecido en los apartados 6, 7 y 10.
Relación
de solicitudes pendientes de subsanación y motivo de requerimiento:
DOCUMENTO EXPEDIENTE REQUERIMIENTO
15512989H 62/2023/ERASMUS 2
26824375G 42/2023/ERASMUS 1 y 5
45313356K 40/2023/ERASMUS 4 y 5
45321228G 76/2023/ERASMUS 1
45321809X 75/2023/ERASMUS 1
45321812J 84/2023/ERASMUS 1
45322612P 77/2023/ERASMUS 4
45322632M 79/2023/ERASMUS 4
45324711Z 88/2023/ERASMUS 4
76067172P 58/2023/ERASMUS 2
Motivos
del requerimiento:
1.
No estar al corriente con la Agencia
Tributaria
2.
No estar al corriente con Ciudad Autónoma de
Melilla
3.
No estar al corriente con la Seguridad Social
4.
Documentación acreditativa de la concesión
definitiva de una Beca Erasmus para el curso académico que se establezca en la
correspondiente Convocatoria
5.
Documentación que acredite la realización
efectiva del programa de movilidad, el país de destino y la duración de la
estancia
V.-
De acuerdo con el apartado 12 de las Bases Reguladoras, se REQUIERE A LOS SOLICITANTES
RELACIONADOS QUE SUBSANEN LA FALTA O ACOMPAÑEN LOS DOCUMENTOS PRECEPTIVOS EN EL
PLAZO DE 10 DÍAS HÁBILES, APERCIBIÉNDOLE
QUE, DE NO HACERLO, SE ENTENDERÁ QUE DESISTE DE SU SOLICITUD, previa resolución
dictada en los términos del artículo 21 de la Ley 30/2015, de 1 de octubre.
La notificación de la subsanación, así como
de la resolución, se llevará a cabo mediante su publicación en el Boletín
Oficial de la Ciudad.
Melilla 10 de octubre de 2023,
La Secretaria Técnica de Presidencia e Igualdad,
Pilar Cabo León