ARTÍCULO Nº 834 (CVE: BOME-A-2023-834) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6113 - martes, 17 de octubre de 2023 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD


Orden nº1145, de fecha 11 de octubre de 2023, relativa a la modificación de las "Bases de la convocatoria para la provisión en propiedad de una plaza de Suboficial del Servicio del Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento (SPEIS), Personal Funcionario, por el sistema de concurso-oposición, promoción interna".

BOME-P-2023-2701 Descargar página

La titular de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, mediante Orden/Resolución de 11/10/2023, registrada al número 2023001145, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

En virtud del Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 6 de octubre de 2023, por el que se resuelve la estimación parcial del recurso administrativo de reposición relativo a la modificación de las “Bases de la convocatoria para la provisión en propiedad de 1 plaza de Suboficial del Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento (SPEIS), personal funcionario, por el sistema de concurso-oposición, promoción interna” (BOME nº 6074 de fecha 206-2023),  

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 16773/2023, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER Se proceda a la siguiente modificación:

Donde dice:

“...

ANEXO TEMARIO

...

TEMA 35. Real Decreto 407/1992, de 24 de abril, por el que se aprueba la Norma Básica de Protección Civil.

...”

Debe decir:

“...

ANEXO TEMARIO

...

TEMA 35. Real Decreto 524/2023, de 20 de junio, por el que se aprueba la Norma Básica de Protección Civil.

...”

Lo que le comunico para su conocimiento y efectos, advirtiéndole que esta ORDEN agota la vía administrativa, por lo que, conforme establece el artículo 92.2 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extra. Núm. 2 de 30 de enero de 2017) y 122.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no podrá interponer en dicha vía ningún recurso, salvo el extraordinario de revisión, en los supuestos previstos en el artículo 125.1 de la meritada Ley, quedando expedita la vía jurisdiccional contenciosoadministrativa.

No obstante, podrá interponer cualquier otro recurso, si así lo estima conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que se notifica para su publicación.

 

Melilla 16 de octubre de 2023,

El Secretario Técnico Acctal. de Administración Pública,

Francisco José Rubio Soler