ARTÍCULO Nº 875 (CVE: BOME-A-2023-875) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6117 - martes, 31 de octubre de 2023 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD
Decreto nº 1059, de fecha 26 de octubre de 2023, relativo a la aprobación definitiva de las Plantillas del Personal Eventual de la Ciudad Autónoma de Melilla para el año 2023.
El Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad
Autónoma de Melilla, mediante Decreto de 26/10/2023, registrado al número
2023001059, en el Libro de Oficial de Decretos de la Presidencia ha decretado
lo siguiente:
El Pleno de la Excma. Asamblea de esta Ciudad
Autónoma, en sesión extraordinaria celebrada el día 27 de septiembre de 2023,
acordó aprobar, con carácter inicial, la propuesta de la Consejería de
Presidencia, Administración Pública e Igualdad relativa a la modificación de
las Plantillas de Personal Eventual de la CAM. Dicha propuesta se publicó en el
Boletín Oficial de la Ciudad número 6109 de fecha 3 de octubre de 2023,
quedando expuesta al público a los efectos de alegaciones. Transcurridos los 15
días, sin que éstas se hayan presentado, según escrito de fecha 26 de octubre
de 2023 del Jefe de Negociado de Registro, Control y Seguimiento del Sistema de
Transparencia, la propuesta debe entenderse definitivamente aprobada.
De acuerdo con lo anterior, y visto el
expediente 28581/2023, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
La aprobación definitiva de las Plantillas
del Personal Eventual de la Ciudad Autónoma de Melilla para el año 2023.
Contra
este DECRETO, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, con
carácter potestativo, recurso de reposición ante el Presidente de la Ciudad
Autónoma de Melilla, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la
recepción de esta publicación.
Alternativamente, se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo,
en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de esta publicación.
Si se opta por la interposición del recurso
de reposición en vía administrativa, transcurrido un mes desde su interposición
sin que haya sido resuelto, se entenderá desestimado por silencio
administrativo y a partir del día siguiente podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo
en el plazo de seis meses.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro
recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se notifica para su publicación.
Melilla 27 de octubre de 2023,
P.A. del Secretario Gral. Acctal., Decreto nº 1053 de
23/10/2023,
El Secretario Técnico del Patronato de Turismo,
Arturo Jiménez Cano