ARTÍCULO Nº 975 (CVE: BOME-A-2023-975) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6125 - martes, 28 de noviembre de 2023 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD


Orden nº 1899, de fecha 24 de noviembre de 2023, relativa a la asignación al puesto de Superintendente de Forma Accidental a D. David Gutiérrez Navarrete.

BOME-P-2023-3065 Descargar página

La titular de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, mediante Orden de 24/11/2023, registrada al número 2023001899, en el Libro Oficial de Resoluciones de esta Consejería ha dispuesto lo siguiente:

Vista la propuesta de la Dirección General de Seguridad Ciudadana Seguridad Ciudadana, número de encargo 285732 de fecha 21 de septiembre de 2023, donde manifiesta que se deje sin efecto el nombramiento de Don Miguel Ramos Domínguez como Superintendente en funciones y se nombre, en su lugar al Inspector Don David Gutiérrez Navarrete, el cual realizará las funciones de Superintendente, en su totalidad y de forma continuada, hasta que el puesto de Superintendente se cubra definitivamente mediante convocatoria pública y visto:

ANTECEDENTES

PRIMERO.- Que por Orden número 2022000479 de fecha 12/05/2022, se acepta la renuncia y se procede a la baja con fecha de efectos económicos y administrativos de 12/05/2022, del Superintendente de la Policía Local de la CAM, Don Luis Miguel Palacios Arduengo, con DNI número 07.212.394P. El puesto de Superintendente está vacante desde dicha fecha.

SEGUNDO.- Que desde el 12/05/2022, las funciones de Superintendente, las están realizando alternativamente Don Miguel Ramos Domínguez y Don David Gutiérrez Navarrete.

TERCERO.-  Que por Sentencia número 0166/2013 de fecha 16 de mayo de 2013, dictada por el Juzgado Contencioso-Administrativo Nº 3 de Melilla, Procedimiento Abreviado número 0261/2012, se debe abonar complemento específico y completo de destino, por el desempeño de las funciones propias de Superintendente de la Policía Local de la CAM.

CUARTO.- Que existe crédito suficiente para hacer frente a las retribuciones RC Genérico número 12023000005038 de 16/02/2023.

QUINTO.-  Que existe certificado de retribuciones.

FUNDAMENTOS

PRIMERO.- Sentencia 0166/2013 de fecha 16 de mayo de 2013, dictada por el Juzgado Contencioso-Administrativo Número 3 de Melilla, Procedimiento Abreviado número 0261/2012, cuyo fallo, textualmente determina “ESTIMAR el recurso contenciosoadministrativo interpuesto por D. JUAN JOSÉ MORALES LIFANTE, contra el Decreto nº 0993 de fecha 6 de junio de 2012 dictado por el Excmo. Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, debo declarar y declaro que el mismo no es conforme a derecho y debo condenar y condeno a la Ciudad Autónoma de Melilla a abonar al actor la suma de 21.061,01 euros en concepto de complemento específico y complemento de destino correspondientes al desempeño de las funciones propias de Subdirector Jefe de la Policía Local / Superintendente desde el 20 de noviembre de 2007 hasta el 20 de septiembre de 2011, más los intereses legales correspondientes hasta el pago efectivo. Se condena a la parte demandada al pago de las costas procesales”.

SEGUNDO.- Informe jurídico, de fecha 27 de octubre de 2023 (número encargo 290746 de 27/10/2023, Referencia 31458/2023), sobre procedimiento a seguir para nombramiento del Superintendente.

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 31890/2023, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

Que se proceda a asignar al Inspector de la Policía Local, Don David Gutiérrez Navarrete el ejercicio material, en su totalidad, de las funciones correspondientes al puesto de Superintendente de forma accidental, de la RPT vigente, con indicación de la figura jurídica que se utilice para tal fin, con efectos económicos y administrativos desde su nombramiento, hasta su provisión de forma reglamentaria, y se le abone las retribuciones complementarias inherentes al puesto, según sentencia número 0166/2013 de fecha 16 de mayo de 2013, dictada por el Juzgado Contencioso-Administrativo Nº 3 de Melilla, Procedimiento Abreviado número 0261/2012.

Contra esta ORDEN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla 27 de noviembre de 2023,

El Secretario Técnico Acctal. de Administración Pública P.A.,

La Secretaria Técnica de Presidencia e Igualdad,

Pilar Cabo León