ARTÍCULO Nº 981 (CVE: BOME-A-2023-981) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6125 - martes, 28 de noviembre de 2023 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA - CONSEJERÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA
Orden nº 3333, de fecha 23 de noviembre de 2023, relativa a la Campaña de Reyes 2023/2024.
El Excmo. Sr. Consejero de Seguridad
Ciudadana de Melilla, mediante Orden de fecha 23 de noviembre de 2023,
registrada al número 20230003333, en el Libro Oficial de Resoluciones No
Colegiadas de este Órgano ha dispuesto lo siguiente:
CAMPAÑA DE REYES 2023-2024
PROPUESTA
El Reglamento de Venta Ambulante de la Ciudad
Autónoma de Melilla en su Título Segundo, Artículo 8 establece las competencias
del/la Titular de la Consejería de Seguridad Ciudadana. Sus puntos 2 y 5,
indican:
“2.-
Señalar el día de celebración de cada mercadillo, estableciendo el número
máximo por semana y Mercadillo”.
“5.-
Desarrollar el presente Reglamento mediante las correspondientes Órdenes o
Resoluciones, si como consecuencia de su aplicación se estimase necesario,
atendiendo siempre a las necesidades del abastecimiento y en general a las que
el interés de usuarios y público demande”.
De acuerdo con lo anterior, y visto el
expediente 38465/2023, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER:
1º. La adjudicación de los puestos se
realizará por riguroso orden de entrada de las solicitudes en el Registro de la
Ciudad Autónoma de Melilla, teniendo en cuenta la petición de situación del
puesto solicitado y la localización de años anteriores.
Asimismo, se hace saber que por las obras que
se están realizando en las calles próximas al ejercicio de esta actividad de
venta ambulante en la campaña de Reyes 2023-2024, la adjudicación de la
ubicación de los puestos solicitados, podrá no coincidir con los asignados en
años anteriores.
2º. Comunicar a los solicitantes de puestos
para venta ambulante en Reyes, que la fecha de adjudicación de los mismos será
el 21 de diciembre del año en curso.
3º. La actividad de venta ambulante de Reyes
se iniciará el 28 de diciembre de 2023 hasta las 05:00 horas del 06 de enero de
2024.
Contra esta ORDEN, que no agota la vía
administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a
partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.
Dicho recurso podrá presentarse ante esta
Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior
jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo
establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la
Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2
de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE
número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar y notificar la
resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga
resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro
recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se comunica para su conocimiento y
efectos oportunos.
Melilla 24 de
noviembre de 2023,
La Secretaria Técnica
de Seguridad Ciudadana P.A:,
El Secretario Técnico
de Cultura, Patrimonio y del Mayor,
Juan León Jaén Lara