ARTÍCULO Nº 993 (CVE: BOME-A-2023-993) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6126 - viernes, 1 de diciembre de 2023 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y NATURALEZA - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y NATURALEZA
Acuerdo de la Excma. Asamblea de Melilla, de fecha 28 de noviembre de 2023, relativo a aprobación de tarifas aplicables, gasto plurianual y encargo a medio propio personificado y servicio técnico de la Ciudad Autónoma de Melilla del servicio de operación y mantenimiento de la estación depuradora de aguas residuales, estaciones de bombeo de aguas residuales y pluviales, tratamiento terciario, estación de tratamiento de agua potable, instalaciones desalobradoras, grupos electrógenos, centros de transformación de las instalaciones y gestión del telecontrol de agua potable (2023-2025), al medio propio personificado residuos de Melilla, S.A.
Previo dictamen favorable realizado por unanimidad por la Comisión
Permanente de Medio Ambiente y Naturaleza del 21 de noviembre de 2023. La
Excma. Asamblea de Melilla en sesión Extraordinaria celebrada el día 28 de
noviembre de 2023 adoptó el siguiente acuerdo:
1. Aprobación de
las tarifas elaboradas
por RESIDUOS DE MELILLA, S.A. (REMESA) aplicables al ENCARGO A MEDIO PROPIO
PERSONIFICADO Y SERVICIO TECNICO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA DEL SERVICIO
DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LA ESTACIÓN DEPURADORA DE AGUAS RESIDUALES, ESTACIONES
DE BOMBEO DE AGUAS RESIDUALES Y PLUVIALES, TRATAMIENTO TERCIARIO, ESTACION DE
TRATAMIENTO DE AGUA POTABLE, INSTALACIONES DESALOBRADORAS, GRUPOS ELECTRÓGENOS,
CENTROS DE TRANSFORMACIÓN DE LAS INSTALACIONES Y GESTIÓN DEL TELECONTROL DE
AGUA POTABLE (2023-2025), propuestas en informe del Director General de
Infraestructuras y Recursos Hídricos, de fecha 16/11/2023, que forma parte a su
vez del Anexo nº VI de DETERMINACIÓN, APROBACIÓN, APLICACIÓN Y REVISIÓN DE LAS
TARIFAS incluido en el PLIEGO DE BASES PARA EL ENCARGO A MEDIO PROPIO
PERSONIFICADO Y SERVICIO TECNICO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA DEL SERVICIO
DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LA ESTACIÓN DEPURADORA DE AGUAS RESIDUALES, ESTACIONES
DE BOMBEO DE AGUAS RESIDUALES Y PLUVIALES, TRATAMIENTO TERCIARIO, ESTACION DE
TRATAMIENTO DE AGUA POTABLE, INSTALACIONES DESALOBRADORAS, GRUPOS ELECTRÓGENOS,
CENTROS DE TRANSFORMACIÓN DE LAS INSTALACIONES Y GESTIÓN DEL TELECONTROL DE
AGUA POTABLE (2023-
2025).
2.
La
aprobación del Gasto Plurianual, de acuerdo con la Base 39ª de Ejecución del los
Presupuestos Generales de la Ciudad Autónoma de Melilla e Informe de la
Intervención General de fecha 03/11/2023 incluido en el expediente, con las
siguientes anualidades:
Anualidad 2023 |
260.492,18 € |
Anualidad 2024 |
3.125.906,19 € |
Anualidad 2025 |
3.125.906,19 € |
3.
Aprobación
del ENCARGO A
MEDIO PROPIO PERSONIFICADO Y SERVICIO TECNICO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA
DEL SERVICIO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LA ESTACIÓN DEPURADORA DE AGUAS
RESIDUALES, ESTACIONES DE BOMBEO DE AGUAS RESIDUALES Y PLUVIALES, TRATAMIENTO
TERCIARIO, ESTACION DE TRATAMIENTO DE AGUA POTABLE, INSTALACIONES DESALOBRADORAS,
GRUPOS ELECTRÓGENOS, CENTROS DE TRANSFORMACIÓN DE LAS INSTALACIONES Y GESTIÓN
DEL TELECONTROL DE AGUA POTABLE (2023-2025), en los siguientes términos:
ENCARGO A MEDIO PROPIO PERSONIFICADO
PRIMERA.- OBJETO DEL ENCARGO
El objeto de realizar este encargo a medio propio personificado es que
la Ciudad Autónoma de Melilla, a través de su participación en esta Sociedad y
durante el periodo de duración de la encomienda, pueda disponer de la
información técnica y económica necesaria, que sirva para optimizar las
inversiones previstas para dichas instalaciones en este periodo y posteriores,
así como que se pueda mejorar la calidad y cantidad de las aguas y los
efluentes tratados.
tratamiento de agua potable, instalaciones desalobradoras, grupos
electrógenos, centros de transformación de las instalaciones y gestión del
telecontrol de agua potable. Todas ellas instalaciones de su propiedad, que a
continuación se relacionan:
-
Estación depuradora de aguas residuales situada en terrenos de la
Hípica.
-
Estación de bombeo de aguas residuales “Rio de Oro”.
-
Estación de bombeo de aguas residuales “Hípica”.
-
Estación de bombeo de aguas residuales “Constitución”.
-
Estación de bombeo de aguas pluviales “Plaza de España”.
-
Tratamiento terciario.
-
Estación de bombeo de agua terciaria "Río de Oro".
-
Cargadero de agua depurada “Hípica”.
-
Bombeo de agua depurada.
-
Estación de tratamiento de agua potable “Pantano del as Adelfas”.
-
Estaciones desalobradoras IDAS I e IDAS II.
-
Grupos electrógenos en B.T.
-
Centros de trasformación: CT EDAR-2, CT IDAS-1, CT IDAS-2.
-
Centro de Control de los Depósitos de Agua Bruta.
SEGUNDA.- ACTUACIONES A DESARROLLAR POR
REMESA.
Los servicios que se van a ejecutar se detallan en el Pliego de Bases
que se adjunta a este encargo, aplicándose, por analogía, los principios
previstos en la Ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público,
para resolver las dudas e indefiniciones que pudieren presentarse.
Para la realización de los trabajos que se encargan a REMESA, ésta
pondrá a disposición del servicio los medios personales y materiales
suficientes para desarrollar correctamente los trabajos programados, aparte de
asegurar que se dispone de los medios propios suficientes para la buena
ejecución de los mismos. No obstante lo anterior, en caso de que, por
circunstancias sobrevenidas durante la ejecución de los trabajos de la
encomienda, REMESA precise recurrir a la contratación con terceros (o
subcontratación) de parte de dichos trabajos, queda obligada a informar
documentalmente a la Dirección del Encargo de los siguientes extremos:
-
Partes de los trabajos objeto de la encomienda que sean objeto de
subcontratación.
-
Denominación social, objeto, domicilio social y NIF de las empresas
subcontratistas.
-
Procedimiento de licitación utilizado para la adjudicación.
-
Precio de adjudicación de las actividades subcontratadas.
Así mismo, en el Anexo II del Pliego de Bases que acompaña a este
encargo, figuran una serie de inversiones que tiene previsto realizar la Ciudad
Autónoma de melilla, que deberán realizarse con la mayor prontitud y siguiendo
el orden de prioridad requerido, a propuesta de REMESA, dentro de las
posibilidades financieras de aquella.
TERCERA.- INICIO DE LAS ACTUACIONES Y
DURACIÓN DEL ENCARGO.
El plazo de ejecución del presente encargo tendrá una duración de UN (1)
AÑO Y UN (1) MES, prorrogable un año más. Este plazo comenzará el 01/12/2023,
terminando el 31/12/2024 (31/12/2025 en caso de ser prorrogado).
CUARTA.- IMPORTE Y PARTIDA PRESUPUESTARIA.
El importe estimado de los trabajos objeto del presente encargo a medio
propio personificado y servicio técnico de la Ciudad Autónoma de Melilla, en el
periodo máximo de 13 meses (excluyendo la eventual prórroga del encargo), es de
TRES MILLONES
TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON TREINTA Y SIETE
CENTIMOS DE EURO (3.386.398,37 €).
El importe anual estimado de los trabajos objeto del encargo a medio
propio personificado y servicio técnico de la Ciudad Autónoma de Melilla
asciende a asciende a TRES
MILLONES CIENTO VEINTICINCO MIL NOVECIENTOS SEIS EUROS CON DIECINUEVE CENTIMOS
DE EURO (3.125.906,19 €).
El importe total estimado de los trabajos objeto del presente encargo a
medio propio personificado y servicio técnico de la Ciudad Autónoma de Melilla,
en el periodo máximo de 25 meses (incluyendo la eventual prórroga del encargo),
es de SEIS MILLONES
QUINIENTOS DOCE MIL TRESCIENTOS CUATRO EUROS CON CINCUENTA Y SEIS CENTIMOS DE
EURO (6.512.304,56 €).
Estas cantidades se satisfarán con cargo a la partida presupuestaria 07
16100 22799 “RECURSOS HÍDRICOS” y sus vinculadas, en las siguientes anualidades
(incluyendo la prórroga eventual).
Anualidad 2023 |
260.492,18 € |
Anualidad 2024 |
3.125.906,19 € |
Anualidad 2025 |
3.125.906,19 € |
QUINTA.- ABONO DE LOS TRABAJOS.
El abono de los trabajos, se realizará mediante facturas mensuales,
emitidas por REMESA, según se especifica en el Pliego de Bases que se adjunta.
SEXTA.- DIRECTOR DEL ENCARGO.
Se designa como Director del Encargo al Director General de
Infraestructuras y Recursos Hídricos de la Consejería de Medio Ambiente y
Naturaleza, quien contará, en el equipo de dirección de la misma, con el los
Técnicos del Gabinete de Proyectos, que podrán asumir la dirección,
accidentalmente, en los casos de ausencia del titular.
SÉPTIMA.- CLÁUSULA ESPECÍFICA RELATIVA A
INVERSIONES Y PERSONAL.
Las inversiones sobre las que se encomienda el servicio de operación y
mantenimiento permanecerán en propiedad de la CAM.
El coste de los trabajadores será asumido por REMESA, según se estipula
en el Pliego de Bases, por el periodo de duración del presente encargo.
OCTAVA.- MODIFICACIÓN DEL ENCARGO.
Podrá autorizarse la modificación del encargo, con o sin variación
presupuestaria, de acuerdo con los supuestos previstos en la Ley 9/2017, de 8
de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Sometida a votación el expediente se aprueba por 19 votos a favor (12
del Grupo Partido Popular, 4 del Grupo Coalición por Melilla, 2 del Grupo PSOE,
y 1 del Grupo Mixto) y 1 abstención (Grupo VOX).
Por tanto mayoría absoluta de conformidad con el art. 58.3 del
Reglamento de la Asamblea.
Lo que se notifica para su publico conocimiento.
Melilla 30 de noviembre de 2023,
El Secretario Técnico de Medio Ambiente y Naturaleza,
Juan Luis Villaseca Villanueva