ARTÍCULO Nº 1047 (CVE: BOME-A-2023-1047) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6130 - viernes, 15 de diciembre de 2023 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD


Orden nº 2117, de fecha 12 de diciembre de 2023, por la que se deja sin efecto la convocatoria de subvenciones destinadas a la ejecución del programa de emisión de bonos digitales para colectivos vulnerables de la Ciudad Autónoma de Melilla, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

BOME-P-2023-3223 Descargar página

La titular de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, mediante Orden de 12/12/2023, registrada al número 2023002117, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

I.- Que el Consejo de Gobierno mediante acuerdo registrado al número 2023000401 de fecha 13 de noviembre de 2023 procede a la aprobación de las BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LA EJECUCION DEL PROGRAMA DE EMISION DE BONOS DIGITALES PARA COLECTIVOS VULNERABLES DE LA CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACION, TRANSFORMACION Y RESILIENCIA.

II.- Que la Consejera de Presidencia y Administración Pública mediante Resolución registrada al número 2023001821 de 18 de noviembre de 2023 procede a la publicación de las BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LA EJECUCION DEL PROGRAMA DE EMISION DE BONOS DIGITALES PARA COLECTIVOS VULNERABLES DE LA CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACION, TRANSFORMACION Y RESILIENCIA, que se publica en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla número 6124 de fecha 24 de noviembre de 2023.

III.- Que el apartado 1 del artículo 7 de las citadas bases establece que: “Las actuaciones subvencionadas a que se refiere el artículo 6, deben llevarse a cabo por operadores de comunicaciones electrónicas adheridos para participar en el presente programa de ayudas. En estas actuaciones podrán colaborar aquellos operadores que presten en la CAM de servicios de conexión a internet en redes de banda ancha con una velocidad de al menos 30 Mbit por segundo en sentido descendente, y que cumplan el resto de los requisitos exigidos por la legislación en materia de telecomunicaciones”.

IV.- Que el apartado 2 del citado artículo 7 señala: “El plazo para que los operadores soliciten su participación como operador colaborador será de diez días hábiles, aportando a tal efecto el anexo correspondiente establecido en la convocatoria y toda la documentación indicada en la misma”.

V.- Que con fecha 7 de diciembre de 2023 la Dirección General de la Sociedad de la Información emite diligencia en el que hace constar: “Que transcurrido el plazo establecido en el artículo 7.1. de las Bases reguladoras, se comprueba que no se ha presentado ninguna solicitud en el Sistema de Registro Único de la Ciudad Autónoma de Melilla” de adhesión al citado Programa.

VI.- Que el apartado 6 del artículo 11 de las Bases reguladoras establece: “De producirse la circunstancia de que ningún operador se adhiera al presente programa de ayudas y no formalicen el convenio de colaboración con la Consejería competente en materia de Sociedad de la Información, la titular de la Consejería con competencias en Sociedad de la Información dictará resolución dejando sin efecto la convocatoria de la ayuda, que se publicará en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla.

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 11591/2023, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

Primero.- En virtud de lo establecido en el apartado 6 del artículo 11 de las Bases reguladoras de la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a la ejecución del programa de emisión de bonos digitales para colectivos vulnerables de la Ciudad Autónoma de Melilla en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, al no haberse adherido ningún operador al Programa de ayudas de emisión de bonos digitales, se deja sin efecto la Convocatoria de subvenciones destinadas a la ejecución del programa de emisión de bonos digitales para colectivos vulnerables de la Ciudad Autónoma de Melilla en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia aprobada mediante resolución de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad registrada al número 2023001821 de 18 de noviembre de 2023, publicada en el BOME número 6124 de fecha 24 de noviembre de 2023.

Segundo.- Que se proceda a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla para su general conocimiento.

Lo que se publica para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla 13 de diciembre de 2023,

La Secretaria Técnica de Presidencia e Igualdad,

Pilar Cabo León