ARTÍCULO Nº 2 (CVE: BOME-A-2024-2) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6135 - martes, 2 de enero de 2024 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR - CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR


Adenda al convenio de colaboración entre la Asociación Banda de Música, Orquesta Sinfónica y Coro "Ciudad de Melilla" y la CAM para el año 2023.

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Esta Consejería, por acuerdo del órgano competente, ha procedido a la aprobación de la ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA ASOC. BANDA DE MÚSICA, ORQUESTA SINFÓNICA Y CORO "CIUDAD DE MELILLA" Y LA CAM PARA EL AÑO 2023, habiendo sido inscrito en el Registro de Convenios de la Ciudad Autónoma de Melilla con número CON2300096 y los siguientes datos:

Consejería:                         CONSEJERIA DE CULTURA,PATRIMONIO CULTURAL Y MAYOR

Datos de Aprobación:

Órgano

Número

Fecha

Entidad:

Consejo de Gobierno

2023000317

28/04/2023

 ES-G2995914-5 (ASOC. CULTURAL BANDA DE MUSICA Y ORQUESTA SINFONICA "C.M.")

Fecha de formalización:                 28/04/2023

De acuerdo con la normativa vigente de aplicación se procede a su publicación para su general conocimiento.

 

Melilla 27 de diciembre de 2023,

El Secretario Técnico de Cultura, Patrimonio y del Mayor,

Juan León Jaén Lara


 

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ANEXO

ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA ASOCIACIÓN BANDA DE MÚSICA, ORQUESTA SINFÓNICA Y CORO “CIUDAD DE MELILLA” Y LA CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA DURANTE EL AÑO 2.023

En Melilla, a 26 de diciembre de 2023

REUNIDOS

De una parte la Excma. Sra. Dña. Fadela Mohatar Maanan, en su calidad de Consejera de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor de la Ciudad Autónoma de Melilla, con domicilio social en el Palacio de la Asamblea de Melilla, Plaza de España s/n C.P. 52001 y C.I.F. S-7900010-E en representación de la Ciudad Autónoma de Melilla.

Y de otra parte, D. Sergio Rincón Carro, Presidente de la Asociación Banda de Música, Orquesta Sinfónica y Coro “Ciudad de Melilla” (con C.I.F.: G-29959145 y domiciliada en C/ Doctor Agustín Herrera Yllera s/n).

Reconociéndose ambas partes la capacidad legal necesaria para firmar el presente convenio de colaboración, que viene a regular las relaciones existentes entre la Ciudad Autónoma de Melilla y ambas partes.

EXPONEN

PRIMERO: Que la Ciudad Autónoma de Melilla, ejercerá competencia en la promoción y fomento de la Cultura en todas sus manifestaciones y expresiones, según lo establecido en el artículo 21.1.15ª de la Ley Orgánica de 2/1995 de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía (BOE nº 62 de 14 de marzo de 1995).

Y de acuerdo, también con lo establecido en el Real Decreto 1383/1997 de 29 de agosto sobre traspaso de funciones y servicio de la Administración del Estado a la Ciudad de Melilla, en materia de cultura, con especial referencia al fomento de la música, la promoción de la creatividad y difusión de la misma, así como la ayuda a sociedades de conciertos, asociaciones musicales, entidades musicológicas, orquestas y conjuntos instrumentales, corales y coreográficos, y la organización y la promoción de manifestaciones musicales de todo género, así como la conservación del folklore.

Asimismo, el presente convenio se encuentra incluido en el Plan Estratégico General de Subvenciones de la Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor para los años 2023, 2024 y 2025 (BOME extraordinario núm. 9 de fecha 02/03/23).

SEGUNDO: Con fecha 28/04/2023, el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla, en sesión resolutiva extraordinaria de misma fecha, acuerda aprobar la Propuesta de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad (actual Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor) relativa a la aprobación del Convenio Nominativo de Colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la ASOCIACIÓN BANDA DE MÚSICA, ORQUESTA SINFÓNICA Y CORO “CIUDAD DE MELILLA" para el año 2023 por un importe de 360.000,00 € (Número de Resolución 2023000317 de fecha 28/04/2023) publicado en BOME extra. número 29 de viernes 05 de mayo de 2023.

TERCERO: Que puesto de manifiesto por la Asociación Banda de Música, Orquesta Sinfónica y Coro “Ciudad de Melilla” la necesidad de aumentar el importe de la subvención, a consecuencia de la Inspección de Trabajo por la que se insta a no despedir a los trabajadores con trabajo a jornada parcial (horas), durante el período estival, ya que se incurría en un problema conforme al marco legislativo actual y tras la vuelta a la actividad normalizada postpandemia, con el consecuente incremento de alumnos de la escuela, se ha propuesto la modificación del convenio con el correspondiente incremento económico.

CUARTO: Que ambas partes consideran necesaria la suscripción de Adenda que recoja las modificaciones a realizar.

CLÁUSULAS

PRIMERA: Es objeto de la presenta Adenda modificar la Cláusula Tercera del Convenio de Colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Asociación Banda de Música, Orquesta Sinfónica y Coro “Ciudad de Melilla” con la finalidad de incrementar la cantidad económica a conceder, posibilidad que se recoge en la citada cláusula si se dan las causas determinadas en el art. 65.3 del Reglamento del la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS) y del art. 17.l de la LGS, así como en la Cláusula Novena (Régimen de modificación).

SEGUNDA: En cumplimiento de lo indicado anteriormente, la citada cláusula tercera queda redactada de la siguiente manera:

TERCERA: Son obligaciones de la CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA:

Conceder una cantidad económica de TRESCIENTOS SESENTA MIL EUROS (360.000 €) a la Asociación, con cargo a la partida presupuestaria 1433409-48900, denominada ASOCIACIÓN BANDA, ORQUESTA SINFÓNICA Y CORO “CIUDAD DE MELILLA”.

Dicho crédito ha sido abonado, con naturaleza de subvención nominativa, con carácter anticipado.

Para afrontar el incremento de los costes salariales del profesorado, así como el incremento de alumnos de la escuela, la Ciudad Autónoma de Melilla abonará la cantidad de CUARENTA MIL EUROS (40.000,00 €) con cargo a la partida presupuestaria 14-33409-48900

TERCERA: En todo lo no afectado expresamente por lo establecido en las cláusulas anteriores, será de aplicación la redacción originaria del Convenio suscrito.

CUARTA: Se dará publicidad de la presente adenda al convenio de colaboración en el Boletín 
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CUARTA: Se dará publicidad de la presente adenda al convenio de colaboración en el Boletín Oficial de la Ciudad tal y como indica el artículo 18 del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad (BOME nº 4213 de 02 de agosto de 2005) y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) como estipulan los artículos 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Tras la lectura de la presente adenda, los otorgantes se ratifican en su contenido, firmándolo en duplicado ejemplar. Por la Ciudad Autónoma de Melilla Fadela Mohatar Maanan Por la Asociación Banda de Música, Orquesta Sinfónica y Coro “Ciudad de Melilla” Sergio Rincón Carro