ARTÍCULO 8 - BOME-A-2024-8

BOME Nº 6137 del martes, 9 de enero de 2024

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR - CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR

Resolución nº 478, de fecha 29 de diciembre de 2023, donde se declara ganadores del Concurso de Villancicos 2023.


La Excma. Sra. Consejera de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor, mediante Resolución núm. 2023000478 de fecha 29 de diciembre de 2023, ha resuelto lo siguiente:

PRIMERO: Se declara ganadores del CONCURSO DE VILLANCICOS 2023 a los siguientes participantes debido a la deliberación del Jurado nombrado para tal efecto:

CATEGORÍA COROS:

Primer Premio valorado en 800,00 €: PARROQUIA S. AGUSTÍN (R2900002C)

Segundo Premio valorado en 700,00 €: ASOC. EVANGÉLICA REGENERACIÓN (R5200026B)

Tercer Premio valorado en 600,00 €: HERMANDAD DEL ROCÍO (G52002110)

Cuarto Premio valorado en 500,00 €: PARROQUIA S. FCO. JAVIER (R2900002C)

Cuarto Premio valorado en 500,00 €: RAQUEL CASTILLO HERRERA (45-----G) en representación del Coro QUEIPIVIDAD

CATEGORÍA COROS INFANTILES

Primer Premio valorado en 800,00 €: ASOC. CULTURAL ENRIQUE SOLER (G52015302)

Segundo Premio valorado en 700,00 €: PARROQUIA S. FCO. JAVIER (R2900002C)

Tercer Premio valorado en 600,00 €: se declara desierto por falta de participación

Cuarto Premio valorado en 500,00 €: se declara desierto por falta de participación

CATEGORÍA PASTORALES

Primer Premio valorado en 800,00 €: PARROQUIA S. FCO. JAVIER (R2900002C)

Segundo Premio valorado en 700,00 €: se declara desierto por falta de participación

Tercer Premio valorado en 600,00 €: se declara desierto por falta de participación

Cuarto Premio valorado en 500,00 €: se declara desierto por falta de participación

SEGUNDO: En aplicación de la Base 9ª de las que rigen la Convocatoria, el Fallo del Jurado se publicará en las Redes Sociales de la Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor de la Ciudad de Melilla y en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla.

La presente Orden no agota la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recursos de alzada en el plazo de un mes, a computar al día siguiente de su publicación, ante el Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, como Órgano Competente para resolverlos o ante esta Consejera, que deberá elevarlo con su informe a la Presidencia, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativos Común de las Administraciones Públicas y artículo 92 del Reglamento del Gobierno y de la A ministración de la Ciudad Autónoma de Melilla.

(BOME extraordinario nº 2 de 30 de enero de 2017).

 

Melilla, 05 de enero de 2024,

El Secretario Técnico de Cultura, Patrimonio y del Mayor,

Juan León Jaén Lara