ARTÍCULO Nº 24 (CVE: BOME-A-2024-24) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6138 - viernes, 12 de enero de 2024 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE
Orden nº 379, de fecha 03 de octubre de 2023, relativa a subvención excepcional a Leo Faus Atencia, para la competición de Gimnasia Rítmica para la temporada 2023.
El/La titular
de la Consejería/Viceconsejería, mediante Orden/Resolución de
03/10/2023, registrada al número 2023000379, en el Libro Oficial de
Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:
SUBVENCIÓN EXCEPCIONAL A LEU FAUS ATENCIA
PARA LA COMPETICIÓN DE GIMNASIA RÍTMICA PARA LA TEMPORADA 2023.
Exp. 16223/2023
Vistas las
actuaciones y conforme a la documentación obrante en el presente expediente de
subvención excepcional se expone;
Primero.- En fecha 9/05/2023 y registrada al nº 2023043120 se
recibe instancia por la que se solicita una subvención al deportista LEO FAUS
ATENCIA para la competición de Gimnasia
Rítmica para la temporada 2023 cuya cantidad asciende a DIEZ MIL EUROS
(10.000,00€)
Segundo.- En fecha 25/05/2023 la Dirección General de Deportes
emite informe de incoación para la subvención en coherencia con la solicitud de
subvención del gimnasta LEO FAUS ATENCIA mediante la cual insta al interesado a aportar la
documentación indicada en el articulo 12.1 del Reglamento General de
Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla.
Tercero.- En fecha 25/05/2023 y nº de resolución 2023001212 el
Exmo Consejero de Infraestructura, Urbanismo y Deporte Dispone la incoación del
expediente de subvención al gimnasta LEO FAUS ATENCIA para la competición de Gimnasia Rítmica para la
temporada de 2023 concediendo al interesado un plazo de QUINCE (15) DIAS para
que aporte la documentación indicada en el articulo 12.1 del Reglamento General
de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla.
Cuarto.- La Disposición que antecede se traslada al interesado
bajo el nº de Not. ML/00000004/0014/000108436 en fecha 31/05/2023 para su conocimiento y efectos
oportunos.
Quinto.- En fecha 06/06/2023 y registrada al nº 2023053142 el
interesado aporta la documentación requerida en coherencia con el informe de la
Dirección General de Deportes el cual estima conforme la misma y en su efecto
emite informe favorable en fecha 22/06/2023 para la continuidad en la
tramitación del presente expediente de subvención.
Sexto.- Consta en el
presente expediente Documento RC nº 12023000033512 de fecha 26/06/2023 en
concepto de “SUBVENCION
A LEO FAUS ATENCIA GIMNASTA RÍTMICO MASCULINO CATEGORÍA INFANTIL” por importe de 10.000,00€ del código presupuestario
06/34100/4800 “SUBVENCIONES AL DEPORTE”.
Séptimo.- En fecha 13/09/2023 la Secretaría Técnica emite
Informe Jurídico con conclusión favorable respecto a la tramitación
administrativa del presente expediente de subvención excepcional sometido a
conformidad del órgano interventor de la CAM.
Octavo.- Compatibilidad con otras subvenciones. La subvención
prevista será compatible con cualesquiera otras que, para la misma finalidad y objeto,
puedan conceder cualquier entidad pública, o persona física o jurídica de naturaleza
privada, sin perjuicio, que deban ajustarse a lo dispuesto en la normativa reguladora
de subvenciones en vigor.
No obstante,
el beneficiario deberá comunicar la obtención, en su caso, de otras subvenciones,
ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas
por la Ciudad Autónoma de Melilla. Esta comunicación deberá efectuarse
tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación
de la aplicación de a los fondos percibidos.
En el caso de
no haberlas obtenido, deberá presentar junto con la justificación,
certificación negativa sobre este concepto.
Noveno.- Forma de pago. La Ciudad Autónoma, a través de la
Consejería de Educación, Juventud y Deporte, aportará la cantidad máxima de
DIEZ MIL EUROS (10.000,00 €) mediante
orden, de pago único, del Excmo. Consejero de Deportes como competente por
razón de la materia conforme al apartado 2.g) del articulo 20 del Reglamento
General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla una vez que el órgano
concedente compruebe la adecuada justificación de la subvención, así como la
realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la
concesión o disfrute de la subvención en coherencia con el apartado 3º de la
Base 32 de ejecución presupuestaria de la CAM para el ejercicio 2023.
Habiéndose
ejecutado gran parte de la actividad objeto de subvención no procede realizar
el pago con carácter anticipado, previo al inicio de la actividad
subvencionable.
en cuenta
tanto la trayectoria profesional como la proyección en su categoría deportiva y
siendo, la cantidad a subvencionar, notablemente inferior sobre la
presupuestada para este 2023, por parte de la Ciudad
Autónoma de Melilla, se considera que no es necesario la exigencia de garantías
para el presente procedimiento.
Undécimo.- Alcance temporal. La actividad subvencionable
extenderá su vigencia desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de
2023 quedando sin efecto el mismo en dicha fecha, y en él tendrán cabida
las actividades y actuaciones objeto de la misma.
Duodécimo.- Apartado de justificación. El interesado se
compromete, a la finalización de la presente temporada, y antes del 1 de abril
de 2024, a justificar ante la Ciudad Autónoma de Melilla la cantidad económica
recibida, de acuerdo con los criterios establecidos en la normativa jurídica de
aplicación y siguiendo las directrices establecidas por la Administración de la
Ciudad Autónoma de Melilla.
Decimotercero.- Motivación. En fecha 27/09/2023 la Dirección general
de Política Deportiva emite informe técnico ampliatorio sobre la viabilidad de
la concesión en cumplimiento de lo establecido en el párrafo c) del apartado 2
del artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
De acuerdo
con lo anterior, y visto el expediente 16223/2023, en virtud de las
competencias que tengo atribuidas, VENGO
EN DISPONER
La concesión
de la presente subvención excepcional a LEO FAUS ATENCIA por importe de
DIEZ MIL EUROS (10.000,00€) para la competición de Gimnasia Rítmica para la
temporada 2023, en coherencia a lo establecido en la Ley General de
Subvenciones y el Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
Contra esta
ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la
notificación o publicación de la presente.
Dicho recurso
podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la
Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución
recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento
del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME
Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo
máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido
este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso
de alzada interpuesto.
No obstante,
podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su
responsabilidad.
Lo que se
notifica para su conocimiento y efectos oportunos.
Melilla 4
de octubre de 2023,
El
Secretario Técnico Acctal. de Educación, Juventud y Deporte,
Joaquín
M. Ledo Caballero