ARTÍCULO Nº 27 (CVE: BOME-A-2024-27) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6139 - martes, 16 de enero de 2024 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD


Orden nº 31, de fecha 09 de enero de 2024, relativa al nombramiento del Órgano Asesor para la provisión de un puesto de Director General de Política Deportiva.

BOME-P-2024-44 Descargar página

El/La titular de la Consejería/Viceconsejería, mediante Orden/Resolución de 09/01/2024, registrada al número 2024000031, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

De conformidad con el artículo 60.5 del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extra. N.º 2 de fecha 30 de enero de 2017),

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 33202/2023, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

Que el órgano asesor para formular propuesta motivada al órgano competente del cargo de personal directivo de Director General de Política Deportiva, quedará constituido por los siguientes funcionarios:

-       D. Diego Giner Gutiérrez (Director Gral. Acctal. de Sostenibilidad).

-       D. Ernesto Rodríguez Gimeno (Director General de Servicios Urbanos).

-       D. Luis Mayor Olea  (Director General de Infraestructuras y Recursos Hídricos).

Contra esta ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla 10 de enero de 2024,

El Secretario Técnico Acctal. de Administración Pública,

Francisco José Rubio Soler