ARTÍCULO Nº 36 (CVE: BOME-A-2024-36) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6140 - viernes, 19 de enero de 2024 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD
Orden nº 96, de fecha 16 de enero de 2024, relativa al nombramiento como funcionario de carrera a D. Federico Daniel Romero.
La titular de
la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, mediante Orden de 16/01/2024, registrada al número
2024000096, en el Libro Oficial de Resoluciones de esta Consejería ha dispuesto
lo siguiente:
Vista la
propuesta del Tribunal calificador (número de encargo 299268 de fecha
04/01/2024, Referencia 9762/2020), para la provisión en propiedad de 32 plazas
de Policía Local, encuadradas en la escala de Administración Especial,
Subescala de Servicios Especiales, pertenecientes al Grupo C1 de la plantilla
de funcionarios de la Ciudad Autónoma de Melilla, por el sistema de oposición
libre a tenor de la convocatoria publicada en el BOE número 101 de fecha
27/04/2019, en concordancia con publicación en el BOME nª 5641 de 09/04/2019, y
de conformidad con la Sentencia 034/22
de 21 de julio de 2021, Procedimiento: P.A. número 0008/22, de la Sala de
lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Andalucía (Sección de Málaga) Juzgado
de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Melilla, que textualmente dice: “Que se estima parcialmente el recurso
contencioso-administrativo “exparte” suscitado por la Representación legal y
Defensa de DON FEDERICO DANIEL ROMERO
y se revoca la desestimación presunta por el Excmo. Sr. Alcalde-Presidente de la
Ciudad Autónoma de Melilla de su recurso de alzada contra aquella previa
Resolución publicitada mediante anuncio de fecha 22 de febrero de 2021 por el
Tribunal calificador del procedimiento concursal-competitivo por el sistema de
oposición aplicable a la cobertura de TREINTA Y DOS (32) PLAZAS de Policía Local, encuadradas en la Escala de
Administración EspecialSubescala de Servicios Especiales, perteneciente al
Grupo C1 de la plantilla de personal funcionarial de la Ciudad Autónoma de
Melilla y por el que se le considera “no-apto”
en la fase de entrevista personal de la tercera prueba parte B), excluyéndosele
por ende entonces de dicho proceso concursal-competitivo, amén de
conferirse un plazo de TRES (3) MESES
–computado a partir del día siguiente a la notificación de la firmeza de la
presente Sentencia-, a fin de que se
proceda por dicha Administración Local aquí sita a la correspondiente
retroacción procedimental y a la debida práctica –conforme a aquellos
parámetros antes reseñados-, de la defectuosa prueba psicológica otrora
realizada, amén en su caso del resto de pruebas las que no pudo concurrir al
haber sido otrora indebidamente excluido, con el resultado y los efectos
ulteriores que en dicho proceso concursal-competitivo resulten procedentes y sin que proceda la
singularizada imposición de costas procesales”,
estimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Don Federico Daniel Romero, con DNI XXX1978XX
Existe crédito suficiente para hacer frente
al gasto en RC para gastos ejerc. futuros, número 12024000000667 de fecha
10/01/2024.
De acuerdo con lo anterior, y visto el
expediente 302/2024, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
El
nombramiento como funcionario de carrera, aspirante número 18 en el escalafón
inicial, de la Policía Local, a DON FEDERICO DANIEL ROMERO, en cuyo cometido
percibirá los haberes correspondientes al Grupo C1, Complemento de Destino
nivel 17 y demás emolumentos legales.
Contra esta ORDEN, que no agota la vía
administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a
partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.
Dicho recurso podrá presentarse ante esta
Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior
jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo
establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la
Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2
de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE
número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar y notificar la
resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga
resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro
recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se notifica para su conocimiento y
efectos oportunos.
Melilla 17 de enero de 2024,
El Secretario Técnico Acctal. de Administración Pública,
Francisco José Rubio Soler