ARTÍCULO Nº 94 (CVE: BOME-A-2024-94) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6148 - viernes, 16 de febrero de 2024 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA - CONSEJERÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA


Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 29 de enero de 2024, relativo a nombramiento miembros administración de las mesas sectoriales de Policía Local y SEIPS de la Ciudad Autónoma de Melilla.

BOME-P-2024-189 Descargar página

Visto el Acuerdo del Consejo de Gobierno, en sesión resolutiva Ordinaria celebrada el día 29 de enero de 2024, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

PUNTO NOVENO.- NOMBRAMIENTO MIEMBROS DE LA ADMINISTRACIÓN DE LAS MESAS SECTORIALES DE POLICÍA LOCAL Y SPEIS.- El Consejo de Gobierno acuerda aprobar Propuesta de la Consejería de Seguridad Ciudadana, que literalmente dice:

NOMBRAMIENTO MIEMBROS ADMINISTRACIÓN DE LAS MESAS SECTORIALES DE POLICÍA LOCAL Y SEIPS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA. DESIGNACIÓN REPRESENTANTES EN MESAS SECTORIALES DE NEGOCIACIÓN DE POLICÍA LOCAL Y BOMBEROS.

De conformidad con el artículo 3.1 del Reglamento de las Mesas Sectoriales de Negociación de Policía Local y Personal del SEIPS de la Ciudad Autónoma de Melilla( BOME nº 5566 de 20 de Julio de 2018), que establece que para intervenir en el precitado órgano de negociación colectiva en representación de la Administración. El consejo de Gobierno deberá designar cuatro miembros.

Por todo lo anterior y de conformidad con los documentos aportados al expediente, vengo en proponer al Consejo de Gobierno lo siguiente.

Se nombre a los titulares:

Consejero de Seguridad Ciudadana.

Director General de Seguridad Ciudadana.

Director General de Función Pública.

Secretaría Técnica de Seguridad Ciudadana.

Asimismo, podrán asistir como asesores, entre otros:

Superintendente de la Policía Local.

Jefe de Servicio de SEIPS

Secretaría Técnica de Administración Pública.

De conformidad con los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), y 93 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extra. núm. 2, de 30 de enero de 2017) y demás concordantes, contra el presente Acuerdo del Consejo de Gobierno, que agota la vía administrativa, cabe recurso potestativo de reposición a interponer ante el propio Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla en el plazo de un mes a partir de su publicación o notificación, o bien, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción contenciosa administrativa competente, en el plazo de dos meses desde la publicación o notificación.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que notifica o hace público para su conocimiento y efectos.

 

Melilla 14 de febrero de 2024,

P.A. Secretario del Consejo de Gobierno,

Decreto nº 7 de 26/01/2024.

El Secretario Técnico del Patronato de Turismo,

Arturo Jiménez Cano