ARTÍCULO Nº 94 (CVE: BOME-A-2024-94) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6148 - viernes, 16 de febrero de 2024 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA - CONSEJERÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA
Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 29 de enero de 2024, relativo a nombramiento miembros administración de las mesas sectoriales de Policía Local y SEIPS de la Ciudad Autónoma de Melilla.
Visto el
Acuerdo del Consejo de Gobierno, en sesión resolutiva Ordinaria celebrada el
día 29 de enero de 2024, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
PUNTO
NOVENO.- NOMBRAMIENTO MIEMBROS DE LA ADMINISTRACIÓN DE LAS MESAS SECTORIALES DE
POLICÍA LOCAL Y SPEIS.- El Consejo de
Gobierno acuerda aprobar Propuesta de la Consejería de Seguridad Ciudadana, que
literalmente dice:
“NOMBRAMIENTO MIEMBROS ADMINISTRACIÓN DE LAS
MESAS SECTORIALES DE POLICÍA LOCAL Y SEIPS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA.
DESIGNACIÓN REPRESENTANTES EN MESAS SECTORIALES DE NEGOCIACIÓN DE POLICÍA LOCAL
Y BOMBEROS.
De
conformidad con el artículo 3.1 del Reglamento de las Mesas Sectoriales de
Negociación de Policía Local y Personal del SEIPS de la Ciudad Autónoma de
Melilla( BOME nº 5566 de 20 de Julio de 2018), que establece que para
intervenir en el precitado órgano de negociación colectiva en representación de
la Administración. El consejo de Gobierno deberá designar cuatro miembros.
Por todo lo
anterior y de conformidad con los documentos aportados al expediente, vengo en
proponer al Consejo de Gobierno lo siguiente.
Se nombre a
los titulares:
Consejero
de Seguridad Ciudadana.
Director
General de Seguridad Ciudadana.
Director
General de Función Pública.
Secretaría
Técnica de Seguridad Ciudadana.
Asimismo,
podrán asistir como asesores, entre otros:
Superintendente
de la Policía Local.
Jefe de
Servicio de SEIPS
Secretaría
Técnica de Administración Pública.
De
conformidad con los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm.
236, de 2 de octubre), y 93 del Reglamento del Gobierno y de la Administración
de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extra. núm. 2, de 30 de enero de 2017) y
demás concordantes, contra el presente Acuerdo del Consejo de Gobierno, que
agota la vía administrativa, cabe recurso potestativo de reposición a
interponer ante el propio Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla
en el plazo de un mes a partir de su publicación o notificación, o bien, podrá
interponerse recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción
contenciosa administrativa competente, en el plazo de dos meses desde la
publicación o notificación.
No obstante,
podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su
responsabilidad.
Lo que
notifica o hace público para su conocimiento y efectos.
Melilla
14 de febrero de 2024,
P.A.
Secretario del Consejo de Gobierno,
Decreto
nº 7 de 26/01/2024.
El Secretario
Técnico del Patronato de Turismo,
Arturo
Jiménez Cano