ARTÍCULO Nº 101 (CVE: BOME-A-2024-101) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6150 - viernes, 23 de febrero de 2024 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD
Orden nº 622, de fecha 22 de febrero de 2024, relativa a constitución de la Comisión de Baremación para la valoración de los méritos de los aspirantes a las bolsas de trabajo para contrataciones temporales y nombramientos de funcionarios interinos de la CAM. en la categoría de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos.
La titular de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, mediante Orden/Resolución de 22/02/2024, registrada al número 2024000622, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:
De conformidad con lo dispuesto en las “Bases de la convocatoria para la constitución de Bolsas de Trabajo para contrataciones temporales y nombramiento de funcionarios interinos de la Ciudad Autónoma de Melilla” (artículo 4), en la categoría de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, publicadas en el BOME extr. número 81, de 8 de noviembre de 2023,
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 38940/2023, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
Que la Comisión de Baremación para la valoración de los méritos de los aspirantes a la mencionada Bolsa de Trabajo estará formado por las siguientes personas:
COMISIÓN TITULAR
PRESIDENTE:
D. José A. Pérez Calabuig
VOCALES:
D. Luis Mayor Olea
Dª. Noelia Jodar García
Dª. Paula Calzado Liarte
D. Javier Facenda Fernández
SECRETARIO:
D. Juan L. Villaseca Villanueva
COMISIÓN SUPLENTE
PRESIDENTE:
D. Ernesto Rodríguez Gimeno
VOCALES:
D. Diego Giner Gutiérrez
D. Antonio Carmona Saavedra
Dª. Francisca Torres Belmonte
Dª. Pilar Cabo León
SECRETARIA:
Dª. Gema Viñas del Castillo
Publíquese esta Orden en el Boletín Oficial de la Ciudad y Tablón de Anuncios, advirtiendo a los aspirantes que podrán recusar a los componentes de las comisiones por causa legal y procedentes prevista en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Contra esta ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.
Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enerode 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se notifica para su publicación.
Melilla, 22 de febrero de 2024,
El Secretario Técnico Acctal. de Administración Pública,
Francisco José Rubio Soler