ARTÍCULO Nº 139 (CVE: BOME-A-2024-139) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6154 - viernes, 8 de marzo de 2024 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD
Adenda al convenio de prácticas Universidad de Granada.
Esta Consejería, por
acuerdo del órgano competente, ha procedido a la aprobación del Adenda al
Convenio de Prácticas Universidad de Granada, habiendo sido inscrito en el
Registro de Convenios de la Ciudad Autónoma de Melilla con número CON2400005 y
los siguientes datos:
Consejería: PRESIDENCIA,
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD
Datos de Aprobación:
Órgano Número Fecha Entidad: |
Acuerdo del Consejo de Gobierno 2024000075 23/02/2024 Universidad de Granada |
Fecha de
formalización: 04/03/2024
De acuerdo con la
normativa vigente de aplicación se procede a su publicación para su general
conocimiento.
Melilla 6 de marzo de 2024,
La Secretaria Técnica de Presidencia e
Igualdad,
Pilar Cabo León
ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA
UNIVERSIDAD DE GRANADA Y LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA PARA LA REALIZACIÓN DE
PRÁCTICAS ACADÉMICAS EXTERNAS
En Granada, a la fecha de
la firma.
REUNIDOS
De una parte, D. ESTEBAN ROMERO FRÍAS, Vicerrector de Innovación Social,
Empleabilidad y Emprendimiento de la UNIVERSIDAD DE GRANADA, en nombre y
representación de la citada Institución con domicilio social en Granada, Avda. del
Hospicio S/N, 18071, por delegación de competencias, mediante Resolución de 28
de julio de 2023 (BOJA núm. 148 de 3 de agosto de 2023).
Y de otra parte, la Ciudad Autónoma de
Melilla, representada por la Sra. Dª Marta Victoria Fernández de Castro Ruiz,
Consejera de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, con CIF S7900010E,
en virtud de las atribuciones que ene
conferidas según Decreto de nombramiento del Presidente de la Ciudad Autónoma
de Melilla, de fecha 10 de julio de 2023 (BOME núm. 45 extraord. de 10 de
julio) y al amparo del Decreto de Distribución de Competencias entre
Consejerías y del artículo 33.5
letra j) del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad (BOME
extraord. núm. 2 de 30 de enero de 2017).
Intervienen como tales y en la representación que ostentan se reconocen
entre sí la capacidad legal necesaria para suscribir el presente convenio y
EXPONEN
Primero.- Que con fecha 5 de mayo de 2022 fue suscrito Convenio de colaboración
entre la Universidad de Granada y la Ciudad Autónoma de Melilla para la
realización de Prácticas Académicas Externas, publicándose en el Boletín Oficial
de Melilla núm. 5974 de 17 de junio de 2022, con una vigencia de cuatro años a
partir de la fecha de su firma, prorrogable de forma expresa y en las mismas
condiciones hasta otro periodo máximo de cuatro años.
Segundo.- Que el citado Convenio en su cláusula decimoquinta prevé la posibilidad
de modificación, debiendo ser pactada para ser válida e incorporarse como anexo
al mismo.
Tercero.- Que el Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para
la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de
género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema
público de pensiones. En su artículo único Modificación del texto refundido
de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo
8/2015, de 30 de octubre, en el punto treinta y cuatro añade una nueva
disposición adicional quincuagésima segunda, que en su punto 4 establece:
“El
cumplimiento de las obligaciones a la Seguridad Social se ajustará a las
siguientes reglas:
a)
En el caso de las prácticas formativas remuneradas, el cumplimiento de
las obligaciones de Seguridad Social corresponderá a la entidad u organismo que
financie el programa de formación, que asumirá a estos efectos la condición de
empresario. En el supuesto de que el programa esté cofinanciado por dos o más
entidades u organismos, tendrá la condición de empresario aquel al que
corresponda hacer efectiva la respectiva contraprestación económica.
Las altas y las bajas en la Seguridad Social se practicarán de acuerdo
con la normativa general de aplicación.
b)
En el caso de las prácticas formativas no remuneradas, el cumplimiento
de las obligaciones de Seguridad Social corresponderá a la empresa, institución
o entidad en la que se desarrollen aquellos, salvo que en el convenio o acuerdo
de cooperación que, en su caso, se suscriba para su realización se disponga que
tales obligaciones corresponderán al centro de formación responsable de la
oferta formativa. Quien asuma la condición de empresario deberá comunicar los
días efectivos de prácticas a partir de la información que facilite el centro
donde se realice la práctica formativa”. Como consecuencia de lo anterior, ambas partes
ACUERDAN
Suscribir la presente Adenda al Convenio de colaboración entre la
Universidad de Granada y la Ciudad Autónoma de Melilla para la realización de
Prácticas Académicas Externas, suscrito con fecha 6 de mayo de 2022 y
publicado en el Boletín Oficial de Melilla núm. 5974 de 17 de junio de 2022,
que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Asumir por la Universidad de Granada el coste y alta en seguridad
social de los estudiantes en prácticas curriculares no
remuneradas, en tanto se mantenga en vigor la Disposición Adicional 52 del Real
Decreto Ley 2/2023, de 16 de marzo.
Segunda. Mantener en lo demás los términos del Convenio firmado.
Y, en prueba de conformidad, firman la presente Adenda, en
el lugar al inicio indicado y fecha de la firma
EN REPRESENTACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA
Vicerrector de Innovación Social, Empleabilidad y Emprendimiento,
EN REPRESENTACIÓN DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA
Fdo. Dª Marta Victoria Fernández de Castro
Consejera de Presidencia, Administración Pública e
Igualdad