ARTÍCULO Nº 139 (CVE: BOME-A-2024-139) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6154 - viernes, 8 de marzo de 2024 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD


Adenda al convenio de prácticas Universidad de Granada.

BOME-P-2024-279 Descargar página

Esta Consejería, por acuerdo del órgano competente, ha procedido a la aprobación del Adenda al Convenio de Prácticas Universidad de Granada, habiendo sido inscrito en el Registro de Convenios de la Ciudad Autónoma de Melilla con número CON2400005 y los siguientes datos:

Consejería:              PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD

Datos de Aprobación:

Órgano

Número

Fecha

Entidad:

 Acuerdo del Consejo de Gobierno

 2024000075

 23/02/2024

 Universidad de Granada

Fecha de formalización:               04/03/2024

De acuerdo con la normativa vigente de aplicación se procede a su publicación para su general conocimiento.

 

Melilla 6 de marzo de 2024,

La Secretaria Técnica de Presidencia e Igualdad,

Pilar Cabo León

 

 


 

BOME-P-2024-280 Descargar página

ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA Y LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS EXTERNAS

En Granada, a la fecha de la firma.

REUNIDOS

De una parte, D. ESTEBAN ROMERO FRÍAS, Vicerrector de Innovación Social, Empleabilidad y Emprendimiento de la UNIVERSIDAD DE GRANADA, en nombre y representación de la citada Institución con domicilio social en Granada, Avda. del Hospicio S/N, 18071, por delegación de competencias, mediante Resolución de 28 de julio de 2023 (BOJA núm. 148 de 3 de agosto de 2023).

Y de otra parte, la Ciudad Autónoma de Melilla, representada por la Sra. Dª Marta Victoria Fernández de Castro Ruiz, Consejera de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, con CIF S7900010E, en virtud de las atribuciones que ene conferidas según Decreto de nombramiento del Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, de fecha 10 de julio de 2023 (BOME núm. 45 extraord. de 10 de julio) y al amparo del Decreto de Distribución de Competencias entre Consejerías y del arculo 33.5 letra j) del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad (BOME extraord. núm. 2 de 30 de enero de 2017).

Intervienen como tales y en la representación que ostentan se reconocen entre sí la capacidad legal necesaria para suscribir el presente convenio y

EXPONEN

Primero.- Que con fecha 5 de mayo de 2022 fue suscrito Convenio de colaboración entre la Universidad de Granada y la Ciudad Autónoma de Melilla para la realización de Prácticas Académicas Externas, publicándose en el Bolen Oficial de Melilla núm. 5974 de 17 de junio de 2022, con una vigencia de cuatro años a partir de la fecha de su firma, prorrogable de forma expresa y en las mismas condiciones hasta otro periodo máximo de cuatro años.

Segundo.- Que el citado Convenio en su cláusula decimoquinta prevé la posibilidad de modificación, debiendo ser pactada para ser válida e incorporarse como anexo al mismo.

Tercero.- Que el Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones. En su arculo único Modificación del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, en el punto treinta y cuatro añade una nueva disposición adicional quincuagésima segunda, que en su punto 4 establece:

El cumplimiento de las obligaciones a la Seguridad Social se ajustará a las siguientes reglas:

a)            En el caso de las prácticas formativas remuneradas, el cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social corresponderá a la entidad u organismo que financie el programa de formación, que asumirá a estos efectos la condición de empresario. En el supuesto de que el programa esté cofinanciado por dos o más entidades u organismos, tendrá la condición de empresario aquel al que corresponda hacer efectiva la respectiva contraprestación económica.

Las altas y las bajas en la Seguridad Social se practicarán de acuerdo con la normativa general de aplicación.

b)            En el caso de las prácticas formativas no remuneradas, el cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social corresponderá a la empresa, institución o entidad en la que se desarrollen aquellos, salvo que en el convenio o acuerdo de cooperación que, en su caso, se suscriba para su realización se disponga que tales obligaciones corresponderán al centro de formación responsable de la oferta formativa. Quien asuma la condición de empresario deberá comunicar los días efectivos de prácticas a partir de la información que facilite el centro donde se realice la práctica formativa”. Como consecuencia de lo anterior, ambas partes

ACUERDAN

Suscribir la presente Adenda al Convenio de colaboración entre la Universidad de Granada y la Ciudad Autónoma de Melilla para la realización de Prácticas Académicas Externas, suscrito con fecha 6 de mayo de 2022 y publicado en el Bolen Oficial de Melilla núm. 5974 de 17 de junio de 2022, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Asumir por la Universidad de Granada el coste y alta en seguridad social de los estudiantes en prácticas curriculares no remuneradas, en tanto se mantenga en vigor la Disposición Adicional 52 del Real Decreto Ley 2/2023, de 16 de marzo.

BOME-P-2024-281 Descargar página

Segunda. Mantener en lo demás los términos del Convenio firmado.

Y, en prueba de conformidad, firman la presente Adenda, en el lugar al inicio indicado y fecha de la firma

 

EN REPRESENTACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA

Vicerrector de Innovación Social, Empleabilidad y Emprendimiento,

 

EN REPRESENTACIÓN DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA

Fdo. Dª Marta Victoria Fernández de Castro

Consejera de Presidencia, Administración Pública e Igualdad