ARTÍCULO Nº 160 (CVE: BOME-A-2024-160) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6155 - martes, 12 de marzo de 2024 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - DELEGACIÓN DE GOBIERNO EN MELILLA - Área de Trabajo e Inmigración


Resolución, de fecha 6 de marzo de 2024, por la que se registra y publica el acta del acuerdo de la comisión negociadora del convenio colectivo de la empresa “Unión Provincial de Comisiones Obreras de Melilla”, por el que se aprueban las subidas salariales para los años 2023 y 2024.

BOME-P-2024-325 Descargar página

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN MELILLA

ÁREA TRABAJO E INMIGRACIÓN

Resolución  de fecha 6 de marzo de 2024 del Área de Trabajo e Inmigración de  la Delegación del Gobierno en Melilla  por la que se registra y publica el Acta del Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de la empresa “UNIÓN PROVINCIAL DE COMISIONES OBRERAS DE MELILLA ”, por el que se aprueba la subidas salarial para los años 2023 y 2024

Visto el Acta del Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de la empresa “UNIÓN PROVINCIAL DE COMISIONES OBRERAS DE MELILLA, por el que se aprueba aplicar la subida salarial para los años 2023 y 2024, que fue suscrito con fecha 27 de octubre de 2023, de una parte por D. Francisco Miguel López Fernández, en calidad de Secretario General del Sindicato Comisiones Obreras, y, de otra por Dª. Silvia Martínez Conde, como Delega de Personal en representación de los trabajadores; y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713 /2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo,

La Delegada del Gobierno en Melilla, es competente para resolver el presente expediente a tenor de lo dispuesto en el  REAL DECRETO 2725/1998, de 18 de diciembre, artículo 4 apartado 2: “Los Delegados del Gobierno en la ciudades de Ceuta y Melilla asumirán las competencias resolutorias o de emisión de propuestas de resolución de los respectivos Directores de Trabajo e Inmigración de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno”.

Por Resolución del Delegado del Gobierno en Melilla, de fecha 11 de mayo de 2000, BOME 15 de abril, se delegó en el Director del Área de Trabajo y Asuntos Sociales, hoy Área de Trabajo e Inmigración de esta Delegación del Gobierno en su ámbito territorial de actuación, la competencia de resolver: Expedientes de Regulación de Empleo, Registro y Depósito de Convenios Colectivos y Registro e Inscripción de Cooperativas.

ACUERDA

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada Acta y las tablas salariales de 2023 y 2024 en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla».

 

Melilla, 6 de marzo de 2024

LA DIRECTORA DEL ÁREA DE TRABAJO E INMIGRACIÓN,

ELENA NIETO DELGADO

BOME-P-2024-326 Descargar página

ACTA ACUERDO SUBIDA SALARIAL CORRESPONDIENTE AL 2023/2024, DE LA UP DE CCOO DE MELILLA

Por una parte, D. FRANCISCO MIGUEL LOPEZ FERNENDEZ, mayor de edad, provisto de DNI XXX7704XX, en calidad de Secretario General del Sindicato Comisiones Obreras Unión Provincial de Melilla, con domicilio a efectos de notificaciones, en esta ciudad, Plaza Primero de Mayo, s/n, Planta 2ª Derecha.

De otra parte, los trabajadores pertenecientes a Comisiones Obreras Unión Provincial de Melilla, actuando en su propio nombre y derecho, con domicilio a efectos de notificaciones en esta ciudad, Plaza Primero de Mayo, s/n, Planta 2ª Derecha.

Ambas partes, ACUERDAN

PRIMERO.- Que por cumplimiento de objetivos obtenido, en afiliación, delegados de personal y comité, en las Federaciones provinciales que gestiona la Unión Provincial así como la presencia en todos los órganos de participación, ambas partes se encuentran conformes de la aplicación del 3,5% sobre la base de cotización, abonándose así,  la tasa de variación anual del IPC en Melilla en septiembre de 2023 ha sido del 5,3%, 8 décimas superior a la del mes anterior. La variación mensual del IPC (Índice de Precios al Consumo) ha sido del 0,2%, de forma que la inflación acumulada en 2023 es del 3,8%.el IPC real para el año curso, dado que en el mes de enero la subida salarial aplicada fue de un 3%. Por tanto, se acuerda que la subida salarial total para el 2023, es del 6,5% por debajo de la inflación acumulada.

También hay que destacar que solo se ha aplicado lo establecido en el Convenio Colectivo de aplicación en los 2 últimos años, habiendo pactado durante un tiempo una congelación salarial.

SEGUNDO.- Que a correlativo de lo anterior, ambas partes se encuentran conformes, que el abono del 3,5%, se aplique y abone con efectos retroactivos desde enero del 2023 hasta el mes corriente, antes del 15 de noviembre.

TERCERO.- Que la subida salarial afectará a todos los  trabajadores de la Unión con independencia de su tipo de contratación; a excepción  de los contratos por planes o subvenciones de Administración Pública, mostrándose todos de acuerdo con el acuerdo alcanzado.

CUARTO.- Que se acuerda una subida del 3% a partir de enero de 2024.

Que a los efectos de conformidad de dicho acuerdo, ambas partes firman el presente documento, en Melilla a 27 de octubre de 2023.

 

TRABAJADORES DE LA UNIÓN                                   D. FRANCISCO MIGUEL LOPEZ                   

Secretario General de la Unión Provincial del Sindicato Comisiones Obreras de Melilla

BOME-P-2024-327 Descargar página

 

TABLA SALARIAL 2023

 

 

SALARIOS

 

 

 

GRUPO

NIVEL

CATEGORIA

SB

P. Residencia

C. Puesto

C.Transporte

C.Antigüedad

C. Bonificación

I

1

Jefe de Área/Responsable

 

 

 

 

 

 

 

 

Dpto.

1862,5

465,64

212,89

28,35

35,22

150,37

 

2

Titulado Superior

1788,27

447,08

212,89

28,35

35,22

143,06

II

3

Jefe de Área/Responsable

 

 

 

 

 

 

 

 

Dpto.

1701,88

425,49

212,89

28,35

35,22

135,82

 

4

Titulado Medio

1601,92

400,48

212,89

28,35

35,22

128,24

III

5

Técn. Superior en Informática/

 

 

 

 

 

 

 

 

Técn.Superior en Admón y

1547,31

386,84

140,92

28,35

 

123,79

 

 

Gestión

 

 

 

 

35,22

 

 

6

Técn.Informática 1º/Admtvo1º/

 

 

 

 

 

 

 

 

Organizador Sindical

1470,88

367,7

140,92

28,35

35,22

116,21

IV

7

Aux Admtvo/Aux Apoyo Sindical II/

 

 

 

 

 

 

 

 

Aux. Informático

1.312,00

328

105,67

28,35

35,22

105,25

 

8

Subalterno/Conserje/Telefonista/

 

 

 

 

 

 

 

 

Mantenimiento/Aux Apoyo Sindical I

1068,52

267,13

105,67

28,35

35,22

105,25

V

9

Personal de Limpieza

946,93

243,12

73,72

28,35

35,22

86,02

 

TABLA SALARIAL 2024

SALARIOS

GRUPO

NIVEL

CATEGORIA

SB

P. Residencia

C. Puesto

C.Transporte

C.Antigüedad

C. Bonificación

I

1

Jefe de Área/Responsable

Dpto.

1918,38

479,61

219,28

29,2

36,28

154,88

BOME-P-2024-328 Descargar página

2

Titulado Superior

1841,92

460,49

219,28

29,2

36,28

147,35

II

3

Jefe de Área/Responsable

Dpto.

1752,94

438,25

219,28

29,2

36,28

139,89

4

Titulado Medio

1649,98

412,49

219,28

29,2

36,28

132,09

III

5

Técn. Superior en Informática/

Técn.Superior en Admón y

Gestión

1593,73

398,45

145,15

29,2

36,28

127,5

6

Técn.Informática 1º/Admtvo1º/

Organizador Sindical

1515

378,73

145,15

29,2

36,28

119,7

IV

7

Aux Admtvo/Aux Apoyo Sindical II/

Aux. Informático

1.351,36

337,84

108,84

29,2

36,28

108,41

8

Subalterno/Conserje/Telefonista/

Mantenimiento/Aux Apoyo Sindical I

1100,57

275,14

108,84

29,2

36,28

108,41

V

9

Personal de Limpieza

975,34

250,41

75,93

29,2

36,28

88,6