ARTÍCULO Nº 215 (CVE: BOME-A-2024-215) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6162 - viernes, 5 de abril de 2024 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD


Protocolo general de colaboración entre la junta de Andalucía y la Ciudad Autónoma de Melilla.

BOME-P-2024-579 Descargar página

PROTOCOLO GENERAL DE COLABORACIÓN ENTRE LA JUNTA DE ANDALUCÍA Y LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA.

---------------------------------------------------------------------------------------------------

En Sevilla, a 12 de febrero de 2024

REUNIDOS

DE UNA PARTE, D. Juan Manuel Moreno Bonilla, en su condición de Presidente de la Junta de Andalucía, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 610/2022, de 21 de julio, en virtud de la representación que le atribuye el artículo 7 b) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Y DE OTRA, D. Juan José Imbroda Ortiz, en su condición de Presidente de la Ciudad de Melilla, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 605/2023, de 7 de julio.

Ambas partes se reconocen capacidad legal suficiente para suscribir el presente Protocolo, y al efecto

E X P O N E N

I.              Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 228 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, la Comunidad Autónoma de Andalucía mantendrá unas especiales relaciones de colaboración, cooperación y asistencia con las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla.

II.             Que, de acuerdo con la Disposición Adicional Quinta del Estatuto de Autonomía de Melilla, la Ciudad Autónoma de Melilla podrá establecer con la Comunidad Autónoma de Andalucía y con la ciudad de Ceuta relaciones de especial colaboración.

III.            Que dadas las muy intensas relaciones de interdependencia social y económica y los vínculos históricos y culturales existentes entre ambos territorios es necesario establecer las bases para una estrecha relación de colaboración entre ambas partes.

IV.            Que con fecha 13 de marzo de 2019 se firmó un Protocolo General de Colaboración y con fecha 22 de abril de 2019 una Adenda al mismo, tras la acogida y buenos resultados de lo antes descrito, ambas partes deciden revisar y renovar el marco de mutua colaboración y firmar un nuevo Protocolo General de Colaboración.

Por todo lo expuesto, las partes intervinientes acuerdan suscribir el presente Protocolo General de Colaboración de conformidad con las siguientes 

ESTIPULACIONES

Primera. – Objeto.

El presente Protocolo General de Colaboración tiene por objeto sentar las bases para el establecimiento de un estrecho espacio de colaboración entre la Junta de Andalucía y la Ciudad Autónoma de Melilla para la realización de actuaciones conjuntas en ámbitos de interés común tales como el ámbito económico, educativo, sanitario, cultural, medioambiental, turístico, deportivo, laboral, social, de investigación y universidad, de transformación digital, de comunicación, juventud, igualdad y violencia de género, protección civil, administración pública o fomento.

Segunda. - Ámbitos de colaboración.

La Junta de Andalucía y la Ciudad Autónoma de Melilla acuerdan mediante este Protocolo General de Colaboración un amplio marco de colaboración en las áreas de Presidencia y Relaciones Institucionales, Medio Ambiente y Sostenibilidad,

Comunicación, Transformación digital, Cultura, Educación, Investigación y Universidades, Interior, Sanidad y Consumo, Servicios Sociales y Políticas de Inclusión Social, Igualdad y Violencia de Género, Fomento, Economía, Administración Pública, Empleo, Deportes, Juventud, Turismo, Hacienda e Industria, Energía y Minas.

Para el desarrollo, ejecución y cumplimiento de las líneas de actuación previstas en cada área de colaboración, las Consejerías competentes en la materia podrán articular los instrumentos o mecanismos que se consideren pertinentes.

Cuando el desarrollo de la colaboración contenida en este Protocolo General de Colaboración implique la necesaria participación de una tercera institución, la parte afectada lo resolverá de manera bilateral.

Las áreas de colaboración son las siguientes:

1. PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES:

·         Intercambio de experiencias e información fluida en el ámbito de las políticas públicas que desarrollan.

·         Ampliación y difusión a través de la Junta de las concesiones y distinciones que otorga la Ciudad Autónoma de Melilla, así como participación en las más relevantes.

·         Estrechar lazos entre los Puertos de Andalucía y el Puerto de Melilla.

·         Facilitar apoyo a la Ciudad Autónoma de Melilla a través de la Oficina de la Junta de Andalucía en Madrid, la Oficina de la Junta de Andalucía en Barcelona y la Delegación de la Junta de Andalucía en Bruselas.

·         Cooperación en el marco de la investigación científica para la generación de conocimiento sobre la realidad social de interés general para la Ciudad Autónoma de Melilla y la Comunidad Autónoma Andalucía. 

2.             MEDIO AMBIENTE Y SOSTENIBILIDAD:

·          Programación, promoción y fomento de actividades de educación y sensibilización ambiental.

·          Asesoramiento técnico en materia de gestión integrada de la calidad ambiental y evaluación ambiental de planes y programas.

·          Asesoramiento técnico en materia de políticas de mitigación y adaptación al cambio climático, así como en la implantación de herramientas para la medición de la huella de carbono.

BOME-P-2024-580 Descargar página

·          Asesoramiento técnico en materia de protección y recuperación del ciclo integral del agua y la promoción de su uso sostenible, eficiente y responsable.

·          Asesoramiento técnico en materia de políticas vinculadas a la economía circular y la gestión de residuos. 

·          Colaboración en materia de transición hacia una economía azul impulsando el crecimiento sostenible de los sectores marino y marítimo.

3.             COMUNICACIÓN:

·          Se promoverá un compromiso de colaboración mutua entre la Radio Televisión de Andalucía (RTVA) y la Radio Televisión Melilla (RTV Melilla), al objeto de fomentar el conocimiento de los aspectos culturales, históricos y sociales de ambos territorios. En este sentido, se impulsará también que ambas televisiones públicas acuerden la emisión de videos promocionales sobre Andalucía y Melilla.

4.             TRANSFORMACIÓN DIGITAL:  

·          Ciberseguridad. Posibilidad de incorporación de las Administraciones Públicas de la Ciudad Autónoma de Melilla a la prestación de servicios del centro de operaciones de seguridad (SOC) de la Junta de Andalucía.

·          Transformación digital de los servicios públicos y del funcionamiento interno de la Administración.

·          Robotización, Inteligencia Artificial y otras tecnologías emergentes.

·          Puesto de trabajo.

·          Capacitación digital de la ciudadanía.

·          Tecnologías en y para la nube.

5.             CULTURA:  

·          La Junta de Andalucía y la Ciudad Autónoma de Melilla colaborarán incluyendo en los circuitos de intercambio cultural, que comprenden actividades expositivas, artes escénicas y la participación con producciones propias de la Junta de Andalucía en los festivales o eventos culturales organizados por Melilla. 

·          Estudio de patologías, caracterización de materiales, en la investigación y conservación de los recintos históricos fortificados y baluartes así como la ciudad antigua “Melilla la Vieja”.

·          Patrimonio histórico, arqueológico -tanto terrestre como subacuático- y artístico en ámbitos como la documentación e información de los bienes culturales, la intervención (conservación, restauración, etc.) en los mismos, su análisis científico y difusión.

·          Asistencia técnica y colaboración en la implementación y desarrollo de modelos sostenibles de gestión de bienes culturales.

·          Incorporación de la información sobre el patrimonio de la Ciudad Autónoma de Melilla en las bases de datos y sistemas de información andaluces para su mayor difusión.

·          Formación técnica de profesionales del sector de la cultura.

·          Colaboración en el diseño e implementación de rutas culturales de interés para Andalucía y Melilla.

·          Convenio con la Universidad Internacional de Andalucía.

·          Colaboración mutua entre la Junta de Andalucía y la Ciudad Autónoma de Melilla en la restauración de piezas arqueológicas y bienes culturales.

·          Incorporar a la Ciudad Autónoma de Melilla, a la Red Andaluza de teatros públicos "Enrédate".

6.             EDUCACIÓN:

·          Dar a conocer entre el alumnado de Melilla el Flamenco Patrimonio Inmaterial de la Humanidad como parte de la cultura andaluza, a través de la guía educativa “Melilla te enseña”.

·          Implementar la programación y el material didáctico del Programa “Abecedaria” de artes escénicas y música, de la Junta de Andalucía, en las Campañas escolares de Teatro y Danza que, desde la Consejería de Educación y Cultura, se realiza con los centros escolares de Melilla. 

·          Facilitar el acceso telemático de los centros melillenses a materiales didácticos y publicaciones educativas de la Junta de Andalucía.

7.             INVESTIGACIÓN Y UNIVERSIDADES:

·          Colaborar con la Universidad de Granada y la Ciudad Autónoma de Melilla en proyectos destinados a la mejora de la formación, la investigación y la extensión universitaria.

8. INTERIOR:  

·          Participación de Policías Locales, Bomberos, personal técnico y voluntariado de Protección Civil de la Ciudad Autónoma de Melilla en los cursos de perfeccionamiento, actualización y especialización organizados por la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía.

·          Jornadas y Congresos, relacionados con el Servicio de Emergencias 112.

·          Cursos, Jornadas, Seminarios y Congresos relacionados con la planificación de Protección Civil.

·          Formación e intercambio de información para el personal del 112 de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·          Colaboración entre la Junta de Andalucía y la Ciudad Autónoma de Melilla en materia de Protección Civil.

·          Posibilitar el intercambio de experiencias profesionales y mejorar el conocimiento de los sistemas de gestión de emergencias existentes en Andalucía. Promover en Melilla la instalación de un punto de toma de datos meteorológicos que beneficie a ambas Comunidades, por cuanto que permitiría un análisis mejorado de los datos meteorológicos en la Zona del Estrecho.

·          Colaboración de la Junta de Andalucía en situaciones catastróficas que excedan de la capacidad de la gestión de la Ciudad de Melilla como: Grupo de emergencias de Andalucía (GREA), medios aéreos de lucha contra los incendios o brigadas aerotransportadas de lucha contra los incendios forestales.

·          Las partes firmantes facilitarán la estancia en ambos territorios de cuantos formandos hayan de participar en las actividades de formación.

·          Ambas Administraciones realizarán conjuntamente trabajos de investigación y estudio, publicaciones y difusión de los mismos, referidos a estas áreas de trabajo.

·          Entre las partes se habilitarán procedimientos comunes de acceso a los respectivos fondos documentales, biográficos y de bancos de datos relacionados con la formación en los referidos campos relativos a la seguridad.

BOME-P-2024-581 Descargar página

·          Los gastos derivados de la matriculación y estancia para la asistencia del respectivo personal funcionario a actividades de formación, si los hubiere, serán establecidos de manera expresa para cada actividad formativa, firmándose a tal fin un protocolo "ad hoc" en cada circunstancia.

·          Posibilidad de integrar los CECEM (Centro de Coordinación de Emergencias) 112 de Melilla en el CECEM 112 Andalucía, de forma que puedan intercambiarse información de emergencias entre ambos CECEM y que puedan recibir avisos de situaciones de emergencia de posibles vertidos como el caso del OS-35 o de situaciones de emergencia que se deriven de riesgos naturales o de las personas que se desplazan en transporte marítimo pudiendo recibir el aviso telemático desde estos CECEM.

·          Apoyo en la redacción del plan de emergencia ante el riesgo de maremotos en la Ciudad Autónoma de Melilla, al ser la Comunidad Autónoma de Andalucía pionera en este ámbito. 

·          Asesoramiento técnico en materia de coordinación, sensibilización, prevención y extinción de incendios forestales.

9.             SANIDAD Y CONSUMO: 

·          Colaboración en los ámbitos de información y formación a las personas consumidoras y al personal técnico de los organismos de consumo, de resolución de conflictos y de control de mercado en materia de consumo.

·          Colaboración con los Laboratorios de Salud Pública, según disponibilidad de recursos.

·          Formación en Protección de Salud.

·          Colaboración entre la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica y el órgano competente en materia de salud pública de la Ciudad Autónoma de Melilla compartiendo los proyectos puestos en marcha en el ámbito de la atención a la Violencia de Género en el Sistema Sanitario Público de Andalucía (acreditación de centros sanitarios comprometidos contra la violencia de género). Implementar una jornada anual de Vigilancia Epidemiológica de manera alterna en las Ciudades Autónomas de Melilla y Ceuta, según disponibilidad de recursos.

·          Colaboración entre la Consejería de Salud y Consumo, la Fundación Progreso y Salud (Iavante y Agencia de Calidad Sanitaria de Andalucía) y la Escuela Andaluza de Salud Pública y la Ciudad Autónoma Melilla en la organización y realización de jornadas, congresos y actividades formativas y en la evaluación de la formación continuada y de las competencias profesionales en las que puedan participar el personal de dicha Ciudad Autónoma.

·          Colaboración entre la Fundación Progreso y Salud (Biblioteca Virtual del SSPA) y la Ciudad Autónoma de Melilla para facilitar el acceso del personal de dicha Ciudad Autónoma a la Biblioteca Virtual del SSPA.

·          Colaboración específica entre el Registro de Cáncer de Andalucía y el Registro de Cáncer de Melilla que incluya participación del personal de ambos registros en las actividades formativas que se realicen.

·          Colaboración para la cesión de uso y explotación del software del Registro informatizado de Vacunaciones que utiliza el SAS para todos aquellos vacunales que se realicen en la Ciudad de Melilla, ya sea en el contexto del Calendario de Vacunación Infantil, como en otros programas y campañas de vacunación (gripe, vacunación antirrábica y otras vacunaciones en adulto).

·          Colaboración en el Programa de Cribado Neonatal de Enfermedades

·          Endocrinometabólicas en el que se recoja que el Laboratorio de Referencia de Metabolopatías de Andalucía Occidental, localizado en el Hospital Virgen del Rocío, realizará las determinaciones del cribado neonatal de metabolopatías de los recién nacidos en Melilla, así como en aquellas acciones encaminadas al buen funcionamiento global del programa de cribado, previa suscripción del convenio específico que refleje las transacciones económicas que la Ciudad Autónoma de Melilla deba realizar en la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía, incorporando el acceso a la Ciudad Autónoma de Melilla  a la aplicación para el seguimiento de los niños y niñas de la Ciudad Autónoma de Melilla a los que se realiza las pruebas del cribado.

·          Establecer un programa de coordinación y colaboración entre las redes de salud mental, con el objetivo de establecer adecuadamente ámbitos de actividad conjunta compartida.

·          Programa de colaboración con la Junta de Andalucía en relación al procedimiento para la derivación de pacientes en tratamiento por adicciones a Comunidades Terapéuticas y UDH Andalucía.

·          Promover la articulación de mecanismos de colaboración para determinar hospitales de referencia dentro de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

10.           SERVICIOS SOCIALES Y POLÍTICAS DE INCLUSIÓN SOCIAL:  

·          Colaboración en el diseño y ejecución de políticas públicas e intercambio de experiencias en el ámbito de las personas mayores para contribuir a la creación de una sociedad para todas las edades. 

·          Colaborar en la atención a personas necesitadas procedentes de la Ciudad Autónoma de Melilla, especialmente en alimentación y acogimiento en albergues.

·          Intercambiar plazas de Centros Residenciales de Mayores para acercar al mayor a su familia extensa.

·          Intercambiar plazas de Centros Residenciales de Atención especializada para Personas con Discapacidad, con el fin de acercar a la persona dependiente a su familia extensa, siempre que exista plaza disponible idónea para atender sus necesidades específicas en un recurso que se encuentre próximo al lugar de residencia de sus familiares.

·          Colaboración en materia de protección de menores, especialmente en las áreas de acogimiento familiar y residencial. En especial, para plazas residenciales de niños, niñas y adolescentes con trastornos de conducta, siempre que exista plaza disponible idónea para atender a dichas necesidades específicas. 

·          Colaboración en materia de justicia juvenil, para la ejecución de las medidas de internamiento y medio abierto previstas en el artículo 7.1 de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores.

·          Colaboración especial en materia de migraciones, como intercambio de buenas prácticas, formación de profesionales, protocolos de información y acuerdos sobre traslado de personas inmigrantes a la península en momentos de contingencias de afluencia masiva de personas. 

·          Colaboración con la detección y prevención de la trata de mujeres migrantes y menores migrantes no acompañados

11.           IGUALDAD Y VIOLENCIA DE GÉNERO:

·          Coordinación de las redes de centros de acogida para mujeres víctimas de violencia de género que facilite el acceso fluido de las mujeres entre las partes firmantes del presente convenio, quedando condicionado, en todo caso, a la disponibilidad de plazas en las mismas.

·          Coordinación de los servicios de atención a las personas menores expuestas a violencia de género y/o víctimas de abusos sexuales facilitando la atención y tratamiento de las mismas entre ambas comunidades.

BOME-P-2024-582 Descargar página

·          La Comunidad Autónoma de Andalucía facilitará y realizará actuaciones que promuevan la participación de profesionales del Centro Asesor de la Mujer de la Ciudad Autónoma de Melilla en el Centro de Formación “Carmen de Burgos”.

·          La Comunidad Autónoma de Andalucía facilitará materiales y campañas de coeducación, igualdad, empleo, violencia de género y diversidad editados por el órgano competente en los diferentes ámbitos (educativo, sanitario, laboral, judicial, etc.)

·          Promover la realización de estudios e investigaciones en materia de igualdad, violencia de género y diversidad.

12.             FOMENTO:

·          Asesoramiento técnico, en materia de Infraestructura de Datos Espaciales (IDE), así como el Sistema de Información Geográfica (SIG).

·          Asistencia a jornadas, seminarios y reuniones de interés para información y formación en materia territorial. 

·          Colaboración en el asesoramiento en materia de transporte y movilidad de pasajeros ya sea a nivel metropolitano con la implantación de modelos consorciados de transporte, como en ámbito interurbano así como en el rural con soluciones como el Plan Andalucía Rural conectada.

·          Colaboración en el asesoramiento para la implantación de nuevas tecnologías vinculadas al transporte de viajeros, sistemas de cancelación y billetaje, información en tiempo real a viajeros y coordinación con otros modos de transporte.

·          Colaboración en el asesoramiento para el desarrollo de planes de infraestructuras de transporte y movilidad de ámbito regional y metropolitano.

·          Colaboración en materia logística que permita aprovechar las sinergias a ambos lados del Estrecho de Gibraltar a través de los puertos de interés general del Estado y la red de Áreas Logísticas impulsada por la Junta de Andalucía.

13.           ECONOMÍA:

·          La Junta de Andalucía y la Ciudad Autónoma de Melilla intercambiarán experiencias en materia de promoción empresarial en el ámbito de agencias de desarrollo regional mediante la colaboración entre la Agencia de promoción de Melilla y la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE).

·          Ambas Administraciones implementarán un enlace (Link) en las Webs de las Agencias antes citadas al objeto de promover el intercambio de información de carácter económico.

·          Establecer líneas de colaboración para compartir experiencias y conocimientos sobre la planificación económica estratégica para el desarrollo de ambos territorios.

·          En materia de Información Geográfica y Estadística, la Junta de Andalucía, a través del IECA, y la Ciudad Autónoma de Melilla colaborarán en las siguientes materias:

a.             Asesoramiento técnico en materia de Infraestructuras de Datos Espaciales (IDE), así como en Sistemas de Información Geográfica (SIG).

b.             Compartir información socioeconómica relevante, así como metodologías y herramientas, a través de los sistemas estadísticos de Andalucía y de la Ciudad Autónoma de Melilla.

c.             Participación de la Ciudad Autónoma de Melilla en las agendas estratégicas del Plan Estadístico y Cartográfico de Andalucía 2023-2029.

·          Colaboración entre ambas Comunidades con el fin de apoyar la internacionalización y promoción de la actividad exterior de las empresas melillenses en el ámbito de las actuaciones de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE).

·          La Junta de Andalucía y la Ciudad Autónoma de Melilla intercambiarán información y mejores prácticas relativas a los instrumentos financieros que se han desarrollado y, en relación al ámbito de política económica, intercambiarán información sobre proyectos empresariales de interés estratégico en nuestra comunidad que pudieran generar sinergias con otras iniciativas en esa Ciudad Autónoma. 

14.  ADMINISTRACIÓN PÚBLICA: 

·          Intercambio de información y auxilio en todos los aspectos técnicos relativos a la selección del personal propio de cada Administración Pública. De igual forma que en las tareas de formación de personal de nuevo ingreso, remitiéndose la documentación adecuada para tales fines.

·          Colaboración en la formación y perfeccionamiento de sus empleados públicos.

·          Ambas Administraciones podrán remitirse mutuamente cuanta documentación o material didáctico puedan resultar de cursos, seminarios, jornadas y otras acciones formativas que se organicen en cada una de ellas.

·          Facilitar la participación del personal de ambas Comunidades en concursos de provisión de puestos de trabajo, coordinación de comisiones o cualquier otra fórmula que se determine, que se llevará a cabo en el marco del acuerdo que se alcance en la Comisión de Coordinación del Empleo Público. 

·          Asesoramiento técnico en materia de protección de datos de carácter personal e intercambio de experiencias de sensibilización y responsabilidad proactiva.

·          Asesoramiento técnico e intercambio de experiencias en materia de evaluación de políticas públicas que se adecúen a las demandas de la ciudadanía y basadas en la evidencia científica.

·          Facilitar el intercambio de experiencias respecto a los proyectos con incidencias en la atención a la ciudadanía, la simplificación y racionalización de los procedimientos administrativos, así como el seguimiento y evaluación de la calidad, eficiencia y desempeño de los servicios públicos. 

·          Compartir las iniciativas que se lleven a cabo de transformación e innovación de la Administración Pública.

·          Asesoramiento en materia de aplicación de la normativa básica del sector de Administraciones públicas a las comunidades autónomas.

·          Intercambio de experiencias y resultados, así como colaboración en actividades de innovación en la Administración Pública.

·          Intercambio de información sobre la gestión del conocimiento, como sistema de generación y transferencia, siendo ésta un derecho-deber de los empleados públicos.

15.           EMPLEO:

·          Desarrollo de programas para la movilidad de trabajadores y desempleados entre Melilla y las provincias andaluzas. 

·          La Junta de Andalucía facilitará que la Administración melillense pueda informar a las personas con residencia en la Ciudad Autónoma de Melilla de las ofertas de empleo gestionadas por el Servicio Andaluz de Empleo. 

BOME-P-2024-583 Descargar página

15.           DEPORTES:

·          Los deportistas melillenses, así como los profesionales relacionados con el mundo del deporte (públicos y privados), podrán participar en los programas de formación organizados por el Instituto Andaluz del Deporte (en adelante, IAD). La Ciudad Autónoma de Melilla se compromete a acoger la celebración de una de las actividades programadas por el IAD, cursos y jornadas. 

·          El IAD facilitará el uso de las instalaciones deportivas que gestiona para los deportistas melillenses de alto nivel que lo soliciten. 

·          Podrá facilitarse alojamiento a los deportistas melillenses en las instalaciones dependientes de la Junta cuando los deportistas y equipos melillenses tengan que desplazarse a esta Comunidad Autónoma.

16.           JUVENTUD:

·          Difusión y participación en los programas de Inturjoven: actividades en campamentos y albergues, cursos de idiomas, cursos de nieve, programas de turismo juvenil y educativo. 

·          Participación en programas de formación para técnicos, informadores juveniles, monitores de tiempo libre, desarrollados desde el Instituto Andaluz de la Juventud (intercambio de experiencias sobre el trabajo en el ámbito de la juventud). 

·          Información juvenil: intercambiar experiencias relacionadas con la dinamización de la información juvenil, estructuras de los servicios, experiencias con corresponsales juveniles.

·          Propuesta de creación de una comisión de juventud, al objeto de diseñar propuestas comunes de actividades y actuaciones de juventud en todos sus campos. Al objeto de articular de una manera efectiva todos estos compromisos en materia de juventud, así como diseñar propuestas comunes de actividades y actuaciones en este ámbito, la Junta de Andalucía y la Ciudad Autónoma de Melilla constituirán una Comisión de Juventud, integrada de forma paritaria y presidida por la Junta de Andalucía.

17.           TURISMO:

·          Intercambio, exposición y divulgación de material promocional en las respectivas oficinas de turismo.

·          Establecimiento de un Link entre los portales web de turismo de ambas Comunidades.

·          Facilitar información de la oferta formativa de la Consejería competente en turismo a través de Andalucía Lab.

·          Fomento de la cooperación que permita incluir en acciones inversas (famtrips, presstrip o bloggtrips) a los destinos, con el objetivo de dar a conocer in situ la oferta turística.

·          Facilitar la participación del sector turístico melillense en foros sectoriales organizados por la Consejería, con el objetivo de crear sinergias e impulsar la promoción de sus empresas, además de productos y servicios turísticos.

·          Transferencia de inteligencia turística, ofreciendo la integración del destino Melilla en la plataforma Smart.data Andalucía, para facilitar el uso del dato como herramienta para la mejora de la gestión turística.

18.           HACIENDA: 

·          Colaboración y coordinación en la elaboración de propuestas para la mejora de la financiación autonómica, con el objetivo de llevar a cabo una reforma de la Ley 22/2009,de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias, con el objetivo de establecer una financiación para la Comunidad Autónoma de Andalucía y para la Ciudad Autónoma de Melilla, que garantice la financiación de los servicios que las mismas deben prestar.

·          Promoción y difusión del Régimen Económico y Fiscal Especial de Melilla entre las principales Asociaciones Empresariales de Andalucía.

·          Establecimiento de un marco de colaboración entre la Agencia Tributaria de Andalucía y el Organismo Autónomo de Servicios Tributarios de Melilla, tanto en materia de intercambio de herramientas para la mejora de la gestión tributaria de ambos organismos, como de desarrollos que supongan innovación tecnológica con la necesaria asistencia de la Agencia Digital de Andalucía.

20.  INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS:

·          Crear un programa de colaboración que permita el uso compartido de los procedimientos telemáticos de legalizaciones y puestas en servicio en materia de industria y energía.

·          Facilitar la asistencia a actividades de formación en materia de industria, energía y minas, potenciando el intercambio de experiencias profesionales.

·          Desarrollar un sistema de colaboración que facilite la prestación en Melilla de determinados servicios industriales regulados cuando existan carencias de oferta al respecto.

·          Establecer mecanismos de coordinación en las propuestas de desarrollo de la red de transporte de gas y electricidad, que deben realizarse desde la Comunidad Autónoma Andaluza y la Ciudad Autónoma de Melilla en el procedimiento de planificación vinculante estatal.

·          Compartir buenas prácticas en materia de seguimiento de los planes de

·          inversión de las distribuidoras, de cara a mejorar la red de distribución de la Ciudad Autónoma de Melilla.

·          Establecer un sistema de asesoramiento en la contratación de suministros: inventario de suministros, revisión de los precios actuales contemplados en los contratos energéticos, asesoramiento en estrategias de licitación o tipos de contratos a realizar y optimización de los parámetros de contratación.

·          Desarrollo de un sistema de colaboración que permita el análisis de datos relativos a certificados de eficiencia energética de forma conjunta.

·          Establecer un sistema de asesoramiento en las actuaciones de mejora energética: cumplimiento eficiente de los requisitos para optar a las ayudas estatales y europeas, así como lograr una estrategia de implementación de mejoras energéticas, incluyendo fuentes de origen renovable que redunden en actuaciones eficientes económicamente.

·          Asesoramiento en la contratación de auditorías energéticas, proyectos y ejecuciones materiales de obra.

·          Desarrollo de un programa de trabajo que permita compartir avances en materia de instalaciones de generación de energía eléctrica en régimen de autoconsumo.

·          Establecer un sistema de puesta en común de buenas prácticas para la promoción de las energías renovables en la Ciudad de Melilla al objeto de que ésta desarrolle un modelo energético sostenible aprovechando los recursos renovables.

BOME-P-2024-584 Descargar página

·          Desarrollar un sistema de colaboración para el fomento la generación renovable asociada a los puntos de consumo y, en particular, instalaciones para autoconsumo eléctrico con energía fotovoltaica.

·          Colaborar en la realización de análisis energético en el sector hospitalario/hotelero/otros para la inclusión de medidas de aprovechamiento energético basado en el uso de las energías renovables, tanto térmico como eléctrico.

·          Analizar las actuaciones a desarrollar para fomentar un modelo de puerto inteligente desde el punto de vista energético con aprovechamiento de las energías renovables y el fomento de los combustibles sostenibles.

·          Analizar la viabilidad de centrales de generación renovable de gran potencia, en particular, la viabilidad de plantas.

·          Establecer un mecanismo de colaboración para el control de diferentes aspectos relativos a la autorización de voladuras con explosivos.

·          La posible adhesión a la Alianza Andaluza por el Hidrógeno Verde, que resultaría aplicable tanto a las actuaciones situadas en el ámbito de la energía como las incluidas en el de la industria y minas.

Tercera. – Régimen jurídico.

El presente Protocolo General de Colaboración se regirá por lo dispuesto en el propio

Protocolo, así como por lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y las demás disposiciones legales o reglamentarias que le sean de aplicación. 

La ejecución y desarrollo de las futuras actuaciones que deriven del presente Protocolo se instrumentarán, en su caso, a través de los convenios específicos que a tal efecto se firmen.

Cuarta. - Seguimiento del Protocolo. 

Las partes comparecientes se comprometen a crear una Comisión de Seguimiento del presente Protocolo, integrada por una Presidencia designada por la Comunidad Autónoma de Andalucía y por tres representantes designados por la Comunidad Autónoma de Andalucía y otros tres designados por la Ciudad Autónoma de Melilla, con la finalidad de realizar el seguimiento y evaluar las acciones derivadas del presente Protocolo.

Corresponderá a la Comisión de Seguimiento resolver cuantas dudas y cuestiones pudieran derivarse de la ejecución del presente Protocolo. Para el asesoramiento de cuestiones específicas, a las reuniones de la Comisión podrán asistir hasta un máximo de dos personas técnicas en la materia que participarán con voz y sin voto.

Los acuerdos de la Comisión de Seguimiento del Protocolo se adoptarán por mayoría. En caso de empate el voto del titular de la Presidencia será dirimente.

La Comisión de Seguimiento del Protocolo se reunirá, al menos, una vez al año.

Intentada sin efecto la vía de la Comisión señalada, competerá a la Jurisdicción Civil la resolución de las cuestiones litigiosas surgidas sobre interpretación, modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación del presente Protocolo General de Colaboración y de los acuerdos específicos que pudieran suscribirse entre las partes.

Quinta. -  Vigencia.

Este Protocolo General de Colaboración tiene naturaleza administrativa y se acuerda al amparo de los dispuesto en el artículo 47.1, segundo párrafo, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, no teniendo la consideración de Convenio, pues no se derivan para las partes obligaciones exigibles y las que pudieran derivarse del mismo exigirán un Convenio específico.

El presente Protocolo General de Colaboración tiene una duración de cuatro años, pudiendo ser prorrogado por otros cuatro años mediante acuerdo expreso de las partes.

Estará vigente desde el día de su firma sin perjuicio de la tramitación que procediera en cada una de las Administraciones firmantes.

Sexta. - Modificaciones y Causas de extinción o resolución.

El contenido del presente Protocolo podrá ser actualizado o modificado por acuerdo unánime de los firmantes en el seno de la Comisión paritaria constituida a efectos de seguimiento de la ejecución del Protocolo. La actualización o modificación del mismo deberá formalizarse mediante Adenda, conforme a los requisitos legalmente establecidos.

El presente Protocolo se resolverá por mutuo acuerdo de las partes firmantes o a instancia de cualesquiera de ellas formalizada por escrito y comunicada a la otra con, al menos, quince días de antelación.

Séptima. – Costes.

El presente Protocolo no comportará contraprestación económica para ninguna de las partes.

Octava. - Protección de datos.

Las partes se comprometen a mantener la confidencialidad de todos los datos e informaciones facilitadas por la otra parte y que sean concernientes a la ejecución del presente Protocolo, siendo fieles al correspondiente deber de sigilo de la información sensible que pudieran obtener en la referida tarea. 

Si durante la ejecución del Protocolo General de Colaboración las partes tratasen datos de carácter personal, éstas se obligan al cumplimiento de lo previsto en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Y en prueba de conformidad, ambas partes suscriben el presente documento por duplicado, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

 

                          EL PRESIDENTE DE LA JUNTA                                                        EL PRESIDENTE DE LA CIUDAD

                                       DE ANDALUCÍA                                                                           AUTÓNOMA DE MELILLA

 

              Fdo. D. Juan Manuel Moreno Bonilla                                                                                Fdo. D. Juan José Imbroda Ortiz