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BOME Nº 6162 - viernes, 5 de abril de 2024 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD
Protocolo general de colaboración entre la junta de Andalucía y la Ciudad Autónoma de Melilla.
PROTOCOLO GENERAL DE COLABORACIÓN ENTRE LA
JUNTA DE ANDALUCÍA Y LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA.
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En Sevilla, a 12 de febrero de
2024
REUNIDOS
DE UNA PARTE, D. Juan Manuel Moreno Bonilla, en su condición de
Presidente de la Junta de Andalucía, cargo para el que fue nombrado por Real
Decreto 610/2022, de 21 de julio, en virtud de la representación que le
atribuye el artículo 7 b) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de
la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Y DE OTRA, D. Juan José Imbroda Ortiz, en su condición de Presidente de
la Ciudad de Melilla, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 605/2023,
de 7 de julio.
Ambas partes se reconocen capacidad legal suficiente para suscribir el
presente Protocolo, y al efecto
E X P O N E N
I.
Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 228 del Estatuto de
Autonomía para Andalucía, la Comunidad Autónoma de Andalucía mantendrá unas
especiales relaciones de colaboración, cooperación y asistencia con las
Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla.
II.
Que, de acuerdo con la Disposición Adicional Quinta del Estatuto de
Autonomía de Melilla, la Ciudad Autónoma de Melilla podrá establecer con la
Comunidad Autónoma de Andalucía y con la ciudad de Ceuta relaciones de especial
colaboración.
III.
Que dadas las muy intensas relaciones de interdependencia social y
económica y los vínculos históricos y culturales existentes entre ambos
territorios es necesario establecer las bases para una estrecha relación de
colaboración entre ambas partes.
IV.
Que con fecha 13 de marzo de 2019 se firmó un Protocolo General de
Colaboración y con fecha 22 de abril de 2019 una Adenda al mismo, tras la
acogida y buenos resultados de lo antes descrito, ambas partes deciden revisar
y renovar el marco de mutua colaboración y firmar un nuevo Protocolo General de
Colaboración.
Por todo lo expuesto, las partes intervinientes acuerdan suscribir el
presente Protocolo General de Colaboración de conformidad con las
siguientes
ESTIPULACIONES
Primera. – Objeto.
El presente Protocolo General de Colaboración tiene por objeto sentar
las bases para el establecimiento de un estrecho espacio de colaboración entre
la Junta de Andalucía y la Ciudad Autónoma de Melilla para la realización de
actuaciones conjuntas en ámbitos de interés común tales como el ámbito
económico, educativo, sanitario, cultural, medioambiental, turístico,
deportivo, laboral, social, de investigación y universidad, de transformación
digital, de comunicación, juventud, igualdad y violencia de género, protección
civil, administración pública o fomento.
Segunda. - Ámbitos de colaboración.
La Junta de Andalucía y la Ciudad Autónoma de Melilla acuerdan mediante
este Protocolo General de Colaboración un amplio marco de colaboración en las
áreas de Presidencia y Relaciones Institucionales, Medio Ambiente y
Sostenibilidad,
Comunicación, Transformación digital, Cultura, Educación, Investigación
y Universidades, Interior, Sanidad y Consumo, Servicios Sociales y Políticas de
Inclusión Social, Igualdad y Violencia de Género, Fomento, Economía,
Administración Pública, Empleo, Deportes, Juventud, Turismo, Hacienda e
Industria, Energía y Minas.
Para el desarrollo, ejecución y cumplimiento de las líneas de actuación
previstas en cada área de colaboración, las Consejerías competentes en la
materia podrán articular los instrumentos o mecanismos que se consideren
pertinentes.
Cuando el desarrollo de la colaboración contenida en este Protocolo
General de Colaboración implique la necesaria participación de una tercera
institución, la parte afectada lo resolverá de manera bilateral.
Las áreas de colaboración son las siguientes:
1. PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES:
·
Intercambio de experiencias e información fluida en el ámbito de las
políticas públicas que desarrollan.
·
Ampliación y difusión a través de la Junta de las concesiones y
distinciones que otorga la Ciudad Autónoma de Melilla, así como participación
en las más relevantes.
·
Estrechar lazos entre los Puertos de Andalucía y el Puerto de Melilla.
·
Facilitar apoyo a la Ciudad Autónoma de Melilla a través de la Oficina
de la Junta de Andalucía en Madrid, la Oficina de la Junta de Andalucía en
Barcelona y la Delegación de la Junta de Andalucía en Bruselas.
·
Cooperación en el marco de la investigación científica para la
generación de conocimiento sobre la realidad social de interés general para la
Ciudad Autónoma de Melilla y la Comunidad Autónoma Andalucía.
2.
MEDIO AMBIENTE Y SOSTENIBILIDAD:
·
Programación, promoción y fomento de actividades de educación y
sensibilización ambiental.
·
Asesoramiento técnico en materia de gestión integrada de la calidad
ambiental y evaluación ambiental de planes y programas.
·
Asesoramiento técnico en materia de políticas de mitigación y adaptación
al cambio climático, así como en la implantación de herramientas para la
medición de la huella de carbono.
·
Asesoramiento técnico en materia de protección y recuperación del ciclo
integral del agua y la promoción de su uso sostenible, eficiente y responsable.
·
Asesoramiento técnico en materia de políticas vinculadas a la economía
circular y la gestión de residuos.
·
Colaboración en materia de transición hacia una economía azul impulsando
el crecimiento sostenible de los sectores marino y marítimo.
3.
COMUNICACIÓN:
·
Se promoverá un compromiso de colaboración mutua entre la Radio
Televisión de Andalucía (RTVA) y la Radio Televisión Melilla (RTV Melilla), al
objeto de fomentar el conocimiento de los aspectos culturales, históricos y
sociales de ambos territorios. En este sentido, se impulsará también que ambas
televisiones públicas acuerden la emisión de videos promocionales sobre
Andalucía y Melilla.
4.
TRANSFORMACIÓN DIGITAL:
·
Ciberseguridad. Posibilidad de incorporación de las Administraciones
Públicas de la Ciudad Autónoma de Melilla a la prestación de servicios del
centro de operaciones de seguridad (SOC) de la Junta de Andalucía.
·
Transformación digital de los servicios públicos y del funcionamiento
interno de la Administración.
·
Robotización, Inteligencia Artificial y otras tecnologías emergentes.
·
Puesto de trabajo.
·
Capacitación digital de la ciudadanía.
·
Tecnologías en y para la nube.
5.
CULTURA:
·
La Junta de Andalucía y la Ciudad Autónoma de Melilla colaborarán
incluyendo en los circuitos de intercambio cultural, que comprenden actividades
expositivas, artes escénicas y la participación con producciones propias de la
Junta de Andalucía en los festivales o eventos culturales organizados por
Melilla.
·
Estudio de patologías, caracterización de materiales, en la
investigación y conservación de los recintos históricos fortificados y
baluartes así como la ciudad antigua “Melilla la Vieja”.
·
Patrimonio histórico, arqueológico -tanto terrestre como subacuático- y
artístico en ámbitos como la documentación e información de los bienes
culturales, la intervención (conservación, restauración, etc.) en los mismos,
su análisis científico y difusión.
·
Asistencia técnica y colaboración en la implementación y desarrollo de
modelos sostenibles de gestión de bienes culturales.
·
Incorporación de la información sobre el patrimonio de la Ciudad
Autónoma de Melilla en las bases de datos y sistemas de información andaluces
para su mayor difusión.
·
Formación técnica de profesionales del sector de la cultura.
·
Colaboración en el diseño e implementación de rutas culturales de
interés para Andalucía y Melilla.
·
Convenio con la Universidad Internacional de Andalucía.
·
Colaboración mutua entre la Junta de Andalucía y la Ciudad Autónoma de
Melilla en la restauración de piezas arqueológicas y bienes culturales.
·
Incorporar a la Ciudad Autónoma de Melilla, a la Red Andaluza de teatros
públicos "Enrédate".
6.
EDUCACIÓN:
·
Dar a conocer entre el alumnado de Melilla el Flamenco –
Patrimonio Inmaterial de la Humanidad – como parte de la cultura
andaluza, a través de la guía educativa “Melilla te enseña”.
·
Implementar la programación y el material didáctico del Programa “Abecedaria” de artes escénicas y música, de la Junta de Andalucía, en las Campañas escolares de Teatro
y Danza que, desde la Consejería de Educación y Cultura, se realiza con los
centros escolares de Melilla.
·
Facilitar el acceso telemático de los centros melillenses a materiales
didácticos y publicaciones educativas de la Junta de Andalucía.
7.
INVESTIGACIÓN Y UNIVERSIDADES:
·
Colaborar con la Universidad de Granada y la Ciudad Autónoma de Melilla
en proyectos destinados a la mejora de la formación, la investigación y la
extensión universitaria.
8. INTERIOR:
·
Participación de Policías Locales, Bomberos, personal técnico y
voluntariado de Protección Civil de la Ciudad Autónoma de Melilla en los cursos
de perfeccionamiento, actualización y especialización organizados por la
Escuela de Seguridad Pública de Andalucía.
·
Jornadas y Congresos, relacionados con el Servicio de Emergencias 112.
·
Cursos, Jornadas, Seminarios y Congresos relacionados con la
planificación de Protección Civil.
·
Formación e intercambio de información para el personal del 112 de la
Ciudad Autónoma de Melilla.
·
Colaboración entre la Junta de Andalucía y la Ciudad Autónoma de Melilla
en materia de Protección Civil.
·
Posibilitar el intercambio de experiencias profesionales y mejorar el
conocimiento de los sistemas de gestión de emergencias existentes en Andalucía.
• Promover en Melilla la instalación de un punto de
toma de datos meteorológicos que beneficie a ambas Comunidades, por cuanto que
permitiría un análisis mejorado de los datos meteorológicos en la Zona del
Estrecho.
·
Colaboración de la Junta de Andalucía en situaciones catastróficas que
excedan de la capacidad de la gestión de la Ciudad de Melilla como: Grupo de
emergencias de Andalucía (GREA), medios aéreos de lucha contra los incendios o
brigadas aerotransportadas de lucha contra los incendios forestales.
·
Las partes firmantes facilitarán la estancia en ambos territorios de
cuantos formandos hayan de participar en las actividades de formación.
·
Ambas Administraciones realizarán conjuntamente trabajos de
investigación y estudio, publicaciones y difusión de los mismos, referidos a
estas áreas de trabajo.
·
Entre las partes se habilitarán procedimientos comunes de acceso a los
respectivos fondos documentales, biográficos y de bancos de datos relacionados
con la formación en los referidos campos relativos a la seguridad.
·
Los gastos derivados de la matriculación y estancia para la asistencia
del respectivo personal funcionario a actividades de formación, si los hubiere,
serán establecidos de manera expresa para cada actividad formativa, firmándose
a tal fin un protocolo "ad hoc" en cada circunstancia.
·
Posibilidad de integrar los CECEM (Centro de Coordinación de
Emergencias) 112 de Melilla en el CECEM 112 Andalucía, de forma que puedan
intercambiarse información de emergencias entre ambos CECEM y que puedan
recibir avisos de situaciones de emergencia de posibles vertidos como el caso
del OS-35 o de situaciones de emergencia que se deriven de riesgos naturales o
de las personas que se desplazan en transporte marítimo pudiendo recibir el
aviso telemático desde estos CECEM.
·
Apoyo en la redacción del plan de emergencia ante el riesgo de maremotos
en la Ciudad Autónoma de Melilla, al ser la Comunidad Autónoma de Andalucía
pionera en este ámbito.
·
Asesoramiento técnico en materia de coordinación, sensibilización,
prevención y extinción de incendios forestales.
9.
SANIDAD Y CONSUMO:
·
Colaboración en los ámbitos de información y formación a las personas
consumidoras y al personal técnico de los organismos de consumo, de resolución
de conflictos y de control de mercado en materia de consumo.
·
Colaboración con los Laboratorios de Salud Pública, según disponibilidad
de recursos.
·
Formación en Protección de Salud.
·
Colaboración entre la Dirección General de Salud Pública y Ordenación
Farmacéutica y el órgano competente en materia de salud pública de la Ciudad
Autónoma de Melilla compartiendo los proyectos puestos en marcha en el ámbito
de la atención a la Violencia de Género en el Sistema Sanitario Público de
Andalucía (acreditación de centros sanitarios comprometidos contra la violencia
de género). • Implementar una jornada anual de Vigilancia
Epidemiológica de manera alterna en las Ciudades Autónomas de Melilla y Ceuta,
según disponibilidad de recursos.
·
Colaboración entre la Consejería de Salud y Consumo, la Fundación
Progreso y Salud (Iavante y Agencia de Calidad Sanitaria de Andalucía) y la
Escuela Andaluza de Salud Pública y la Ciudad Autónoma Melilla en la
organización y realización de jornadas, congresos y actividades formativas y en
la evaluación de la formación continuada y de las competencias profesionales en
las que puedan participar el personal de dicha Ciudad Autónoma.
·
Colaboración entre la Fundación Progreso y Salud (Biblioteca Virtual del
SSPA) y la Ciudad Autónoma de Melilla para facilitar el acceso del personal de
dicha Ciudad Autónoma a la Biblioteca Virtual del SSPA.
·
Colaboración específica entre el Registro de Cáncer de Andalucía y el
Registro de Cáncer de Melilla que incluya participación del personal de ambos
registros en las actividades formativas que se realicen.
·
Colaboración para la cesión de uso y explotación del software del
Registro informatizado de Vacunaciones que utiliza el SAS para todos aquellos
vacunales que se realicen en la Ciudad de Melilla, ya sea en el contexto del
Calendario de Vacunación Infantil, como en otros programas y campañas de
vacunación (gripe, vacunación antirrábica y otras vacunaciones en adulto).
·
Colaboración en el Programa de Cribado Neonatal de Enfermedades
·
Endocrinometabólicas en el que se recoja que el Laboratorio de
Referencia de Metabolopatías de Andalucía Occidental, localizado en el Hospital
Virgen del Rocío, realizará las determinaciones del cribado neonatal de
metabolopatías de los recién nacidos en Melilla, así como en aquellas acciones
encaminadas al buen funcionamiento global del programa de cribado, previa
suscripción del convenio específico que refleje las transacciones económicas
que la Ciudad Autónoma de Melilla deba realizar en la Consejería de Salud y
Consumo de la Junta de Andalucía, incorporando el acceso a la Ciudad Autónoma
de Melilla a la aplicación para el
seguimiento de los niños y niñas de la Ciudad Autónoma de Melilla a los que se
realiza las pruebas del cribado.
·
Establecer un programa de coordinación y colaboración entre las redes de
salud mental, con el objetivo de establecer adecuadamente ámbitos de actividad
conjunta compartida.
·
Programa de colaboración con la Junta de Andalucía en relación al
procedimiento para la derivación de pacientes en tratamiento por adicciones a
Comunidades Terapéuticas y UDH Andalucía.
·
Promover la articulación de mecanismos de colaboración para determinar
hospitales de referencia dentro de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
10.
SERVICIOS SOCIALES Y POLÍTICAS DE INCLUSIÓN
SOCIAL:
·
Colaboración en el diseño y ejecución de políticas públicas e
intercambio de experiencias en el ámbito de las personas mayores para
contribuir a la creación de una sociedad para todas las edades.
·
Colaborar en la atención a personas necesitadas procedentes de la Ciudad
Autónoma de Melilla, especialmente en alimentación y acogimiento en albergues.
·
Intercambiar plazas de Centros Residenciales de Mayores para acercar al
mayor a su familia extensa.
·
Intercambiar plazas de Centros Residenciales de Atención especializada
para Personas con Discapacidad, con el fin de acercar a la persona dependiente
a su familia extensa, siempre que exista plaza disponible idónea para atender
sus necesidades específicas en un recurso que se encuentre próximo al lugar de
residencia de sus familiares.
·
Colaboración en materia de protección de menores, especialmente en las
áreas de acogimiento familiar y residencial. En especial, para plazas
residenciales de niños, niñas y adolescentes con trastornos de conducta,
siempre que exista plaza disponible idónea para atender a dichas necesidades
específicas.
·
Colaboración en materia de justicia juvenil, para la ejecución de las
medidas de internamiento y medio abierto previstas en el artículo 7.1 de la Ley
Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los
menores.
·
Colaboración especial en materia de migraciones, como intercambio de
buenas prácticas, formación de profesionales, protocolos de información y
acuerdos sobre traslado de personas inmigrantes a la península en momentos de
contingencias de afluencia masiva de personas.
·
Colaboración con la detección y prevención de la trata de mujeres
migrantes y menores migrantes no acompañados
11.
IGUALDAD Y VIOLENCIA DE GÉNERO:
·
Coordinación de las redes de centros de acogida para mujeres víctimas de
violencia de género que facilite el acceso fluido de las mujeres entre las
partes firmantes del presente convenio, quedando condicionado, en todo caso, a
la disponibilidad de plazas en las mismas.
·
Coordinación de los servicios de atención a las personas menores
expuestas a violencia de género y/o víctimas de abusos sexuales facilitando la
atención y tratamiento de las mismas entre ambas comunidades.
·
La Comunidad Autónoma de Andalucía facilitará y realizará actuaciones
que promuevan la participación de profesionales del Centro Asesor de la Mujer
de la Ciudad Autónoma de Melilla en el Centro de
Formación “Carmen de Burgos”.
·
La Comunidad Autónoma de Andalucía facilitará materiales y campañas de
coeducación, igualdad, empleo, violencia de género y diversidad editados por el
órgano competente en los diferentes ámbitos (educativo, sanitario, laboral,
judicial, etc.)
·
Promover la realización de estudios e investigaciones en materia de
igualdad, violencia de género y diversidad.
12.
FOMENTO:
·
Asesoramiento técnico, en materia de Infraestructura de Datos Espaciales
(IDE), así como el Sistema de Información Geográfica (SIG).
·
Asistencia a jornadas, seminarios y reuniones de interés para
información y formación en materia territorial.
·
Colaboración en el asesoramiento en materia de transporte y movilidad de
pasajeros ya sea a nivel metropolitano con la implantación de modelos
consorciados de transporte, como en ámbito interurbano así como en el rural con
soluciones como el Plan Andalucía Rural conectada.
·
Colaboración en el asesoramiento para la implantación de nuevas
tecnologías vinculadas al transporte de viajeros, sistemas de cancelación y
billetaje, información en tiempo real a viajeros y coordinación con otros modos
de transporte.
·
Colaboración en el asesoramiento para el desarrollo de planes de
infraestructuras de transporte y movilidad de ámbito regional y metropolitano.
·
Colaboración en materia logística que permita aprovechar las sinergias a
ambos lados del Estrecho de Gibraltar a través de los puertos de interés
general del Estado y la red de Áreas Logísticas impulsada por la Junta de
Andalucía.
13.
ECONOMÍA:
·
La Junta de Andalucía y la Ciudad Autónoma de Melilla intercambiarán
experiencias en materia de promoción empresarial en el ámbito de agencias de
desarrollo regional mediante la colaboración entre la Agencia de promoción de
Melilla y la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo
Económico (TRADE).
·
Ambas Administraciones implementarán un enlace (Link) en las Webs de las
Agencias antes citadas al objeto de promover el intercambio de información de
carácter económico.
·
Establecer líneas de colaboración para compartir experiencias y
conocimientos sobre la planificación económica estratégica para el desarrollo
de ambos territorios.
·
En materia de Información Geográfica y Estadística, la Junta de
Andalucía, a través del IECA, y la Ciudad Autónoma de Melilla colaborarán en
las siguientes materias:
a.
Asesoramiento técnico en materia de Infraestructuras de Datos Espaciales
(IDE), así como en Sistemas de Información Geográfica (SIG).
b.
Compartir información socioeconómica relevante, así como metodologías y
herramientas, a través de los sistemas estadísticos de Andalucía y de la Ciudad
Autónoma de Melilla.
c.
Participación de la Ciudad Autónoma de Melilla en las agendas
estratégicas del Plan Estadístico y Cartográfico de Andalucía 2023-2029.
·
Colaboración entre ambas Comunidades con el fin de apoyar la
internacionalización y promoción de la actividad exterior de las empresas
melillenses en el ámbito de las actuaciones de la Agencia Empresarial para la
Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE).
·
La Junta de Andalucía y la Ciudad Autónoma de Melilla intercambiarán
información y mejores prácticas relativas a los instrumentos financieros que se
han desarrollado y, en relación al ámbito de política económica, intercambiarán
información sobre proyectos empresariales de interés estratégico en nuestra
comunidad que pudieran generar sinergias con otras iniciativas en esa Ciudad
Autónoma.
14. ADMINISTRACIÓN PÚBLICA:
·
Intercambio de información y auxilio en todos los aspectos técnicos
relativos a la selección del personal propio de cada Administración Pública. De
igual forma que en las tareas de formación de personal de nuevo ingreso,
remitiéndose la documentación adecuada para tales fines.
·
Colaboración en la formación y perfeccionamiento de sus empleados
públicos.
·
Ambas Administraciones podrán remitirse mutuamente cuanta documentación
o material didáctico puedan resultar de cursos, seminarios, jornadas y otras
acciones formativas que se organicen en cada una de ellas.
·
Facilitar la participación del personal de ambas Comunidades en
concursos de provisión de puestos de trabajo, coordinación de comisiones o
cualquier otra fórmula que se determine, que se llevará a cabo en el marco del
acuerdo que se alcance en la Comisión de Coordinación del Empleo Público.
·
Asesoramiento técnico en materia de protección de datos de carácter
personal e intercambio de experiencias de sensibilización y responsabilidad
proactiva.
·
Asesoramiento técnico e intercambio de experiencias en materia de
evaluación de políticas públicas que se adecúen a las demandas de la ciudadanía
y basadas en la evidencia científica.
·
Facilitar el intercambio de experiencias respecto a los proyectos con
incidencias en la atención a la ciudadanía, la simplificación y racionalización
de los procedimientos administrativos, así como el seguimiento y evaluación de
la calidad, eficiencia y desempeño de los servicios públicos.
·
Compartir las iniciativas que se lleven a cabo de transformación e
innovación de la Administración Pública.
·
Asesoramiento en materia de aplicación de la normativa básica del sector
de Administraciones públicas a las comunidades autónomas.
·
Intercambio de experiencias y resultados, así como colaboración en
actividades de innovación en la Administración Pública.
·
Intercambio de información sobre la gestión del conocimiento, como
sistema de generación y transferencia, siendo ésta un derecho-deber de los
empleados públicos.
15.
EMPLEO:
·
Desarrollo de programas para la movilidad de trabajadores y desempleados
entre Melilla y las provincias andaluzas.
·
La Junta de Andalucía facilitará que la Administración melillense pueda
informar a las personas con residencia en la Ciudad Autónoma de Melilla de las
ofertas de empleo gestionadas por el Servicio Andaluz de Empleo.
15.
DEPORTES:
·
Los deportistas melillenses, así como los profesionales relacionados con
el mundo del deporte (públicos y privados), podrán participar en los programas
de formación organizados por el Instituto Andaluz del Deporte (en adelante,
IAD). La Ciudad Autónoma de Melilla se compromete a acoger la celebración de
una de las actividades programadas por el IAD, cursos y jornadas.
·
El IAD facilitará el uso de las instalaciones deportivas que gestiona
para los deportistas melillenses de alto nivel que lo soliciten.
·
Podrá facilitarse alojamiento a los deportistas melillenses en las
instalaciones dependientes de la Junta cuando los deportistas y equipos
melillenses tengan que desplazarse a esta Comunidad Autónoma.
16.
JUVENTUD:
·
Difusión y participación en los programas de Inturjoven: actividades en
campamentos y albergues, cursos de idiomas, cursos de nieve, programas de
turismo juvenil y educativo.
·
Participación en programas de formación para técnicos, informadores
juveniles, monitores de tiempo libre, desarrollados desde el Instituto Andaluz
de la Juventud (intercambio de experiencias sobre el trabajo en el ámbito de la
juventud).
·
Información juvenil: intercambiar experiencias relacionadas con la
dinamización de la información juvenil, estructuras de los servicios,
experiencias con corresponsales juveniles.
·
Propuesta de creación de una comisión de juventud, al objeto de diseñar
propuestas comunes de actividades y actuaciones de juventud en todos sus
campos. Al objeto de articular de una manera efectiva todos estos compromisos
en materia de juventud, así como diseñar propuestas comunes de actividades y
actuaciones en este ámbito, la Junta de Andalucía y la Ciudad Autónoma de
Melilla constituirán una Comisión de Juventud, integrada de forma paritaria y
presidida por la Junta de Andalucía.
17.
TURISMO:
·
Intercambio, exposición y divulgación de material promocional en las
respectivas oficinas de turismo.
·
Establecimiento de un Link entre los portales web de turismo de ambas
Comunidades.
·
Facilitar información de la oferta formativa de la Consejería competente
en turismo a través de Andalucía Lab.
·
Fomento de la cooperación que permita incluir en acciones inversas
(famtrips, presstrip o bloggtrips) a los destinos, con el objetivo de dar a
conocer in situ la oferta turística.
·
Facilitar la participación del sector turístico melillense en foros
sectoriales organizados por la Consejería, con el objetivo de crear sinergias e
impulsar la promoción de sus empresas, además de productos y servicios
turísticos.
·
Transferencia de inteligencia turística, ofreciendo la integración del
destino Melilla en la plataforma Smart.data Andalucía, para facilitar el uso
del dato como herramienta para la mejora de la gestión turística.
18.
HACIENDA:
·
Colaboración y coordinación en la elaboración de propuestas para la
mejora de la financiación autonómica, con el objetivo de llevar a cabo una
reforma de la Ley 22/2009,de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema
de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con
Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias, con el
objetivo de establecer una financiación para la Comunidad Autónoma de Andalucía
y para la Ciudad Autónoma de Melilla, que garantice la financiación de los servicios
que las mismas deben prestar.
·
Promoción y difusión del Régimen Económico y Fiscal Especial de Melilla
entre las principales Asociaciones Empresariales de Andalucía.
·
Establecimiento de un marco de colaboración entre la Agencia Tributaria
de Andalucía y el Organismo Autónomo de Servicios Tributarios de Melilla, tanto
en materia de intercambio de herramientas para la mejora de la gestión
tributaria de ambos organismos, como de desarrollos que supongan innovación
tecnológica con la necesaria asistencia de la Agencia Digital de Andalucía.
20. INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS:
·
Crear un programa de colaboración que permita el uso compartido de los
procedimientos telemáticos de legalizaciones y puestas en servicio en materia
de industria y energía.
·
Facilitar la asistencia a actividades de formación en materia de
industria, energía y minas, potenciando el intercambio de experiencias
profesionales.
·
Desarrollar un sistema de colaboración que facilite la prestación en
Melilla de determinados servicios industriales regulados cuando existan
carencias de oferta al respecto.
·
Establecer mecanismos de coordinación en las propuestas de desarrollo de
la red de transporte de gas y electricidad, que deben realizarse desde la
Comunidad Autónoma Andaluza y la Ciudad Autónoma de Melilla en
el procedimiento de planificación vinculante estatal.
·
Compartir buenas prácticas en materia de seguimiento de los planes de
·
inversión de las distribuidoras, de cara a mejorar la red de
distribución de la Ciudad Autónoma de Melilla.
·
Establecer un sistema de asesoramiento en la contratación de
suministros: inventario de suministros, revisión de los precios actuales
contemplados en los contratos energéticos, asesoramiento en estrategias de
licitación o tipos de contratos a realizar y optimización de los parámetros de
contratación.
·
Desarrollo de un sistema de colaboración que permita el análisis de
datos relativos a certificados de eficiencia energética de forma conjunta.
·
Establecer un sistema de asesoramiento en las actuaciones de mejora
energética: cumplimiento eficiente de los requisitos para optar a las ayudas
estatales y europeas, así como lograr una estrategia de implementación de
mejoras energéticas, incluyendo fuentes de origen renovable que redunden en
actuaciones eficientes económicamente.
·
Asesoramiento en la contratación de auditorías energéticas, proyectos y
ejecuciones materiales de obra.
·
Desarrollo de un programa de trabajo que permita compartir avances en
materia de instalaciones de generación de energía eléctrica en régimen de
autoconsumo.
·
Establecer un sistema de puesta en común de buenas prácticas para la
promoción de las energías renovables en la Ciudad de Melilla al objeto de que
ésta desarrolle un modelo energético sostenible aprovechando los recursos
renovables.
·
Desarrollar un sistema de colaboración para el fomento la generación
renovable asociada a los puntos de consumo y, en particular, instalaciones para
autoconsumo eléctrico con energía fotovoltaica.
·
Colaborar en la realización de análisis energético en el sector
hospitalario/hotelero/otros para la inclusión de medidas de aprovechamiento
energético basado en el uso de las energías renovables, tanto térmico como
eléctrico.
·
Analizar las actuaciones a desarrollar para fomentar un modelo de puerto
inteligente desde el punto de vista energético con aprovechamiento de las
energías renovables y el fomento de los combustibles sostenibles.
·
Analizar la viabilidad de centrales de generación renovable de gran
potencia, en particular, la viabilidad de plantas.
·
Establecer un mecanismo de colaboración para el control de diferentes
aspectos relativos a la autorización de voladuras con explosivos.
·
La posible adhesión a la Alianza Andaluza por el Hidrógeno Verde, que
resultaría aplicable tanto a las actuaciones situadas en el ámbito de la
energía como las incluidas en el de la industria y minas.
Tercera. – Régimen jurídico.
El presente Protocolo General de Colaboración se regirá por lo dispuesto
en el propio
Protocolo, así como por lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público y las demás disposiciones legales o
reglamentarias que le sean de aplicación.
La ejecución y desarrollo de las futuras actuaciones que deriven del
presente Protocolo se instrumentarán, en su caso, a través de los convenios
específicos que a tal efecto se firmen.
Cuarta. - Seguimiento del Protocolo.
Las partes comparecientes se comprometen a crear una Comisión de
Seguimiento del presente Protocolo, integrada por una Presidencia designada por
la Comunidad Autónoma de Andalucía y por tres representantes designados por la
Comunidad Autónoma de Andalucía y otros tres designados por la Ciudad Autónoma
de Melilla, con la finalidad de realizar el seguimiento y
evaluar las acciones derivadas del presente Protocolo.
Corresponderá a la Comisión de Seguimiento resolver cuantas dudas y
cuestiones pudieran derivarse de la ejecución del presente Protocolo. Para el
asesoramiento de cuestiones específicas, a las reuniones de la Comisión podrán
asistir hasta un máximo de dos personas técnicas en la materia que participarán
con voz y sin voto.
Los acuerdos de la Comisión de Seguimiento del Protocolo se adoptarán
por mayoría. En caso de empate el voto del titular de la Presidencia será
dirimente.
La Comisión de Seguimiento del Protocolo se reunirá, al menos, una vez
al año.
Intentada sin efecto la vía de la Comisión señalada, competerá a la
Jurisdicción Civil la resolución de las cuestiones litigiosas surgidas sobre
interpretación, modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse de la
aplicación del presente Protocolo General de Colaboración y de los acuerdos
específicos que pudieran suscribirse entre las partes.
Quinta. - Vigencia.
Este Protocolo General de Colaboración tiene naturaleza administrativa y
se acuerda al amparo de los dispuesto en el artículo 47.1, segundo párrafo, de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, no
teniendo la consideración de Convenio, pues no se derivan para las partes
obligaciones exigibles y las que pudieran derivarse del mismo exigirán un
Convenio específico.
El presente Protocolo General de Colaboración tiene una duración de
cuatro años, pudiendo ser prorrogado por otros cuatro años mediante acuerdo
expreso de las partes.
Estará vigente desde el día de su firma sin perjuicio de la tramitación
que procediera en cada una de las Administraciones firmantes.
Sexta.
- Modificaciones y
Causas de extinción o resolución.
El contenido del presente Protocolo podrá ser actualizado o modificado
por acuerdo unánime de los firmantes en el seno de la Comisión paritaria
constituida a efectos de seguimiento de la ejecución del Protocolo. La
actualización o modificación del mismo deberá formalizarse mediante Adenda,
conforme a los requisitos legalmente establecidos.
El presente Protocolo se resolverá por mutuo acuerdo de las partes
firmantes o a instancia de cualesquiera de ellas formalizada por escrito y
comunicada a la otra con, al menos, quince días de antelación.
Séptima. – Costes.
El presente Protocolo no comportará contraprestación económica para
ninguna de las partes.
Octava. - Protección de datos.
Las partes se comprometen a mantener la confidencialidad de todos los
datos e informaciones facilitadas por la otra parte y que sean concernientes a
la ejecución del presente Protocolo, siendo fieles al correspondiente deber de
sigilo de la información sensible que pudieran obtener en la referida
tarea.
Si durante la ejecución del Protocolo General de Colaboración las partes
tratasen datos de carácter personal, éstas se obligan al cumplimiento de lo
previsto en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo
que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de
estos datos, y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Y en prueba de conformidad, ambas partes suscriben el presente documento
por duplicado, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA EL
PRESIDENTE DE LA CIUDAD
DE ANDALUCÍA AUTÓNOMA
DE MELILLA
Fdo. D. Juan Manuel Moreno
Bonilla Fdo. D. Juan José Imbroda
Ortiz