ARTÍCULO Nº 231 (CVE: BOME-A-2024-231) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6162 - viernes, 5 de abril de 2024 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE


Extracto de la resolución de fecha 2 de abril de 2024 del Consejero de Educación, Juventud y Deporte, por la que se convocan subvenciones para la asistencia a competiciones deportivas desarrolladas fuera de la Ciudad de Melilla para el ejercicio 2024.

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TituloES: EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE FECHA 2 DE ABRIL DE 2024 DEL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES, PARA LA ASISTENCIA A COMPETICIONES DEPORTIVAS DESARROLLADAS FUERA DE LA CIUDAD DE MELILLA PARA EL EJERCICIO 2024

TextoES: BDNS(Identif.):752491

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/752491)

Primero.- Bases Reguladoras.- La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en la misma, de conformidad con el artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones (enadelante LGS), en las Bases Reguladoras de las subvenciones institucionales para la asistencia a competiciones deportivas desarrolladas fuera de la Ciudad de Melilla y sus Anexos I a IV,publicadas en BOME núm. 5.464 de 28 de julio de 2017, en el Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla, en adelante RGSCAM, en la precitada LGS, en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y en las Bases de Ejecución del Presupuesto General de la Ciudad Autónoma de Melilla.

Segundo.- Créditos Presupuestarios.- Para hacer frente a los gastos dimanantes de la presente convocatoria se destinará inicialmente la cantidad de QUINIENTOS NOVENTA MIL EUROS (590.000,00.-€), con cargo a la Partida Presupuestaria 14/34100/48900, “Subvenciones al Deporte”, RC nº 12024000000212 del 11/03/2024.

Tercero.- Objeto, condiciones y finalidad de la concesión.- Conforme establece el artículo 8 del RGSCAM, las actividades que podrán ser subvencionados, son aquellas que se entienden englobadas en las áreas “d)Deporte: son subvencionables los gastos derivados de la organización de actos y actividades deportivas o relacionadas con la promoción del deporte”.

Cuarto.- Requisitos y forma de acreditarlos.- Las solicitudes para el presente procedimiento de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva se presentarán a través de la Sede Electrónica de la Ciudad Autónoma de Melilla, así como en cualesquiera de los registros admitidos en la normativa vigente, dirigidas al Excmo. Sr.. Consejero de Educación, Juventud y Deporte.

Quinto.- Solicitudes.- El plazo general para la presentación de solicitudes estará abierto a lo largo de todo el año, siempre y cuando exista disponibilidad presupuestaria, estableciéndose en veinte(20) días el período mínimo previo al desplazamiento en el que se debe realizar la solicitud. En caso de que la clasificación para la competición se logre dentro de los veinte días previos al desplazamiento,la entidad solicitante deberá aportar certificación de la Federación Autonómica respectiva en el que haga constar esta circunstancia, justificando de esta manera la presentación de la solicitud con menor antelación de la establecida en estas bases reguladoras. Las solicitudes estarán compuestas de la siguiente documentación: Solicitud de la subvención y descripción del desplazamiento a realizar por el que se solicita subvención, que se formulará obligatoriamente en el modelo oficial - Anexo I. Fotocopia del CIF de la entidad solicitante. Fotocopia del DNI del representante. Acuerdo de los órganos representativos de la entidad solicitante, o escrito del representante o de la persona física, que justifique la necesidad de la subvención. Declaración de las subvenciones solicitadas o percibidas de otras instituciones públicas o privadas para esa misma actividad (en el caso de no percibir ninguna otra subvención, deberá presentarse declaración manifestando que no ha percibido ninguna subvención). Certificado emitido por una entidad bancaria con los datos de la cuenta corriente de la entidad deportiva solicitante. Autorización a la Ciudad Autónoma de Melilla a la consulta de los datos tributarios de la AEAT, Seguridad Social y de la administración tributaria de la Ciudad Autónoma de Melilla, así como de justificación de las subvenciones concedidas por esta Administración. Certificado emitido por la Federación Autonómica de la modalidad deportiva correspondiente en el que conste que el equipo o los deportistas pertenecientes a la entidad solicitante han logrado deportivamente la clasificación para asistir al Campeonato de España para el que se solicita la subvención, cuando no se trate de una competición por selecciones autonómicas. Convocatoria de la competición por parte de la respectiva Federación Nacional de la modalidad en cuestión, o del Consejo Superior de Deportes, o las Bases de Competición respectiva, en las que conste los criterios de participación y clasificación para la misma. Certificado de la entidad solicitante firmado por el Secretario y con el VºBº del Presidente en la que se establezca que está en posesión de los documentos que acreditan que la entidad no se encuentra incursa en ninguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su compromiso de mantener tal condición durante la vigencia del periodo de la presente convocatoria. Certificado de la entidad solicitante firmado por el Secretario y con el VºBº del Presidente en el que conste una relación de deportistas y entrenadores/técnicos, y en su caso, jueces, integrantes de la expedición participante en el desplazamiento compuesta de los siguientes datos: iniciales, número de DNI, fecha de nacimiento de cada uno y número de licencia federativa. Igualmente, también se deberá certificar en el mismo documento que los integrantes de la expedición han conseguido la clasificación deportiva para la competición en cuestión de acuerdo a la convocatoria de la misma o sus respectivas Bases de Competición.

Sexto.- Instrucción.- De acuerdo con el artículo 4.2 de las Bases Reguladoras de las subvenciones institucionales para la asistencia a competiciones deportivas desarrolladas fuera de la ciudad de Melilla, la instrucción del procedimiento se llevará a efecto por D. José María López López empleado público de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte.

Séptimo.- Órgano competente para la resolución.- Conforme a lo previsto en el artículo 7.4 de las Bases Reguladoras, la resolución del procedimiento se dictará, mediante Orden de la Excmo. Sr. Consejero de Educación, Juventud y Deporte, 
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en el plazo máximo de seis(6) meses que, por virtud de lo dispuesto en el artículo 17 del RGSCAM, se computará a partir de la presentación de la solicitud por parte del interesado.

Octavo. Publicidad.- Los beneficiarios deberán dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de los programas, actividades, inversiones o actuaciones de cualquier índole que se lleven a cabo con empleo de fondos provenientes de estas subvenciones, incluyendo en todas sus comunicaciones, ya sean por escrito o a través de medios digitales o informáticos, los logotipos de la imagen institucional de la Ciudad Autónoma de Melilla y de "Melilla, Ciudad del Deporte" y la leyenda siguiente: “Actividad/Programa subvencionado por”, insertando a continuación los citados logotipos.

Noveno.- Justificación.- De acuerdo con el apartado segundo del artículo 30 de la LGS, la rendición de la cuenta justificativa constituye un acto obligatorio del beneficiario, en la que se deben incluir, bajo responsabilidad del declarante, los justificantes de gasto o cualquier otro documento con validez jurídica que permitan acreditar el cumplimiento del objeto de la subvención pública. El plazo para presentar la justificación será de quince (15) días desde el regreso del desplazamiento subvencionado.

 

Lugar de la Firma: MELILLA

Fecha de la Firma: 2024-04-02

Firmante: SR.D. MIGUEL ANGEL FERNANDEZ BONNEMAISON, EXCMO. SR. CONSEJERO DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE