ARTÍCULO Nº 236 (CVE: BOME-A-2024-236) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6162 - viernes, 5 de abril de 2024 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE
Orden n º 336, de fecha 2 de abril de 2024, relativa a la celebración de la prueba teórica para la obtención del título de Patrón para Navegación Básica.
El Excmo. Sr. Consejero de Educación,
Juventud y Deportes, mediante Orden de
02/04/2024, registrada al número 2024000336, en el Libro Oficial de
Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:
De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1384/1997, de 29 de
agosto, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado
a la Ciudad de Melilla, en materia de enseñanzas náutico-deportivas,
subacuático-deportivas y buceo profesional, se autoriza la celebración de la
prueba teórica para la obtención del título de Patrón para Navegación Básica, a celebrar en Melilla, el día 12 de Junio de 2024, en el del I.E.S. Miguel
Fernández, en Avenida General Astilleros, s/n., en Melilla, a las 18:00
horas, con una duración máxima 45
minutos, según se determina en el Anexo II de la presente convocatoria.
De acuerdo con lo anterior, y visto el
expediente 1499/2024, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
La celebración del examen se desarrollará conforme a lo dispuesto en el
Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre (B.O.E. nº 247 de 11/10/2014), el Real
Decreto 238 /2019 de 5 de abril, por el que se regulan las titulaciones
náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo y con el Decreto del
Consejo de Gobierno, de fecha 8 de mayo de 2009, por el que se regulan la
composición, funciones y régimen de sesiones de los tribunales para la
realización de pruebas para la obtención de títulos y la habilitación para el
gobierno de embarcaciones de recreo, (BOME nº 4609, de 19 de mayo de 2009) y de acuerdo con las siguientes Bases:
Primera.- Los interesados en participar en el examen convocado formularán
solicitud al efecto (modelo de instancia anexo), dirigida al Consejero de
Educación, Juventud y Deporte, la presentarán
por sede electrónica, red OIAC, o a través de lo establecido en el
artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Segunda.- A esta solicitud se acompañará:
1.- Copia clara y legible, autenticada ó cotejada (por ambas caras), del
documento nacional de identidad en vigor, (sin caducar), ó del NIE igualmente
en vigor (sin caducar) en caso de no poseer nacionalidad española, o en su caso
la tarjeta de residencia vigente para los extranjeros.
2.- Certificado médico oficial ajustado a lo dispuesto en el Real
Decreto 875/2014, de 10 de octubre, capítulo IV sobre Reconocimientos
Psicofísicos, en sus artículos 21 y 22, este último modificado por el Real
Decreto 238/2019, de 5 de abril.
3.- Justificante del abono bancario (ingreso o transferencia) por los
derechos de examen, que deberá realizarse dentro del período de presentación de
solicitudes de esta convocatoria, acreditativo de haber abonado las tasas
correspondientes, cuya cuantía asciende a 45 € y que serán ingresados en la
cuenta de la Ciudad Autónoma de Melilla, abierta en el BSCH, con el título
Recaudación Directa, identificada con los siguientes dígitos:
IBAN: ES41 - Entidad:
0049-Oficina: 2506 D.C.: 19 Nº. Cuenta: 1310534790
4.- En caso de no presentarse dicha solicitud por red OIAC, o a través
de lo establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sino a
través de representante, se deberá presentar otorgamiento de representación
según modelo anexo III, debiendo de presentarse fotocopia tanto del
representante como del representado.
Tercera.- El plazo de presentación de solicitudes comenzará el mismo día de la
publicación de la presente convocatoria en el BOME y finalizará el día 13 de mayo de 2024.
Una vez realizada la prueba y publicados sus resultados, el plazo de
presentación de reclamaciones a las mismas será de diez días naturales a contar desde la fecha de
la publicación de los resultados en el tablón de anuncios de la Dirección
General de Política Deportiva, sita en calle Músico Granados, nº 9 de esta
Ciudad.
Cuarta.- El Tribunal juzgador de esta prueba,
nombrado por el Consejero de Educación, Juventud y Deporte, de acuerdo con el
decreto por el que se regulan la composición, funciones y régimen de sesiones
de los tribunales para la realización de pruebas para la obtención de títulos y
la habilitación para el gobierno de embarcaciones de recreo, (BOME nº 4592, de
20 de marzo de 2009), y estará formado
por:
Presidente: D.
Angel Guerrero Molino
Secretario: D.
Joaquín Manuel Ledo Caballero
Vocales: D.
Manuel Alcaide Cabrera
D. Juan José Collado Martín
Dª. Mª del Pilar Gutiérrez
Ramón
El Tribunal Suplente estará compuesto por:
Presidente: D: Germán Ortiz
Sánchez
Secretaria: Dª. Gema Viñas del
Castillo
Vocales: D.
Manuel Jaime Torres Castillo
D.
Javier Hierro Moreno
Dª. Isabel Mª Hoyo Bernal
Los miembros de los mismos tendrán derecho a la percepción de
indemnizaciones por asistencias, de conformidad con lo dispuesto en el Real
Decreto 462/2002, de 24 de mayo.
Quinta.- Criterios de corrección: en el anexo II de la presente resolución, de
acuerdo con el Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, y el Real Decreto
238/2019, de 5 de abril, se establecen las normas y corrección de los exámenes
de cada titulación.
Sexta.- La presente convocatoria y cuantos actos administrativos deriven de
ella podrán ser impugnados en los casos y formas previstos en la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Séptima.- Los aspirantes deberán ir provistos del material necesario para los
ejercicios descritos en el Anexo II.
Para obtener cualquier información relativa a esta Convocatoria, podrán
dirigirse a través de: la sede
electrónica, red OIAC, Dirección General de Política Deportiva - teléfono: 95
269 92 34, o a través de lo establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
A N E X O I
Solicitud de participación en la prueba teórica para la obtención del
título de Patrón de Navegación Básica.
Apellidos:
Nombre:
DNI ó NIE:
Fecha de Nacimiento:
Domicilio:
Localidad: |
Provincia: |
Código Postal: |
Correo electrónico: |
Teléfono:
Teléfono Móvil:
Solicito se me admita esta instancia, junto con la documentación que se
acompaña, de conformidad con la Orden de Consejería de Educación, Juventud y Deporte para esta Convocatoria.
En ,
a de de 2024
Excmo. Sr. Consejero de
Educación, Juventud y Deporte
Ciudad Autónoma de Melilla
A N E X O I I
1.
El examen se compondrá de 27 preguntas tipo test de formulación
independiente entre sí, con cuatro posibles respuestas cada una, siendo
únicamente una válida. Siendo su duración máxima de 45 minutos.
2.
El examen se corregirá mediante un doble criterio de valoración, de tal
forma que para lograr el aprobado se deberá responder correctamente un mínimo
de 17 preguntas, no permitiéndose en ciertas materias, superar un número máximo
de errores:
a)
De Balizamiento, máximo 2 errores permitidos.
b)
De Reglamento, máximo 5 errores permitidos.
3.
De conformidad con lo establecido en el anexo II del Real Decreto
875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas
para el gobierno de las embarcaciones de recreo, la normativa IALA que se
preguntará en los exámenes para la obtención de las titulaciones náuticas de
recreo, será el Sistema de Balizamiento Marítimo (IALA-MBS 2010). En el
siguiente enlace de la página web de Puerto del Estado se podrá descargar la
documentación correspondiente:
1.
Material necesario para realizar el ejercicio: bolígrafo azul, lápiz
número 2 y goma de borrar. Las cuadrículas de la hoja de la plantilla de
respuesta deberá marcarse con una “X” en bolígrafo azul.
2.
No presentación a examen: la no presentación a examen no dará lugar al
cambio ni a la devolución de la matrícula.
3.
Un vez finalizado el plazo de inscripción, según lo establecido en la
presente convocatoria, se hará pública la lista provisional de admitidos y
excluidos en el tablón de anuncios, sito en la Dirección General de Deportes,
pudiendo, en el plazo de diez días naturales, subsanar las deficiencias aquellos candidatos que
hayan resultado excluidos, conforme al artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
4.
Resultado del examen: finalizado el examen, las listas provisionales de
calificaciones (que se elevarán a definitivas una vez finalizado el plazo de
reclamaciones), se publicará en el tablón de anuncio de la Dirección General de
Política Deportiva y en la página web de la Ciudad Autónoma de Melilla, www.melilla.es , de forma conjunta con el
examen y la plantilla de corrección.
Los candidatos dispondrán de un plazo de diez días naturales, contados a partir del
siguiente a la publicación de las listas de calificaciones para presentar por
escrito las reclamaciones que consideren oportunas, debidamente razonadas,
acompañadas de fotocopia del DNI, dirigidas al Presidente del Tribunal, con indicación
de los datos personales, domicilio y código postal de la localidad, al objeto
de dar la oportuna contestación por escrito. Serán desestimadas de oficio las
reclamaciones en las que falten algunos de los requisitos señalados
anteriormente.
5.
Un vez aprobado el examen teórico, y superadas las prácticas de
navegación y el curso de radio correspondientes, la Ciudad Autónoma de Melilla,
previa solicitud del interesado, procederá a la expedición de la tarjeta y la
anotación registral constitutiva del título.
6.
El plazo máximo para la solicitud del título será de 24 meses, contados
desde la publicación de notas definitivas o desde la superación de las
prácticas obligatorias, superado el plazo, el interesado perderá todos sus
derechos, debiendo superar de nuevo el examen teórico y/o las prácticas
obligatorias.
A N E X O I I I
Contra esta ORDEN, que no agota la vía
administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a
partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.
Dicho recurso podrá presentarse ante esta
Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior
jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo
establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobier4no y de la
Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2
de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE
número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar y notificar la
resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga
resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro
recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se notifica para su conocimiento y
efectos oportunos.
Melilla 3 de abril de 2024,
El Secretario Técnico
Acctal. de Educación, Juventud y Deporte,
Joaquín M. Ledo Caballero