ARTÍCULO Nº 261 (CVE: BOME-A-2024-261) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6165 - martes, 16 de abril de 2024 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD


Orden nº 1339, de fecha 9 de abril de 2024, relativa a modificación de la comisión de baremación Bolsa de Trabajo en la categoría de Arquitecto Técnico.

BOME-P-2024-724 Descargar página

La titular de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, mediante Orden/Resolución de 09/04/2024, registrada al número 2024001339, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

Visto el escrito de abstención formulado por Dª. Mª. Ángeles Tascón Moreno, designada por Orden nº 808, de 6 de marzo de 2024, Vocal Suplente, en la Comisión de Baremación para la valoración de los méritos de los aspirantes a la Bolsa de Trabajo en la categoría de Arquitecto Técnico, y considerando que concurren causas justificadas para la abstención, según lo previsto en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, 

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 38933/2023, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

1º.- Aceptar la abstención de Dª. Mª. Ángeles Tascón Moreno.

2º.- La sustitución, como Vocal Suplente, de Dª. Mª. Ángeles Tascón Moreno por Dª. Mª Carmen Fernández Ruiz.

Contra esta ORDEN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que se notifica para su publicación.

 

Melilla 11 de abril de 2024,

El Secretario Técnico Acctal. de Administración Pública,

Francisco José Rubio Soler