ARTÍCULO Nº 265 (CVE: BOME-A-2024-265) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6165 - martes, 16 de abril de 2024 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR - CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR


Resolución n º 0417, de fecha 11 de abril de 2024, relativa a las bases de la convocatoria del concurso de Cruces de Mayo de 2024.

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La Excma. Sra. Consejera de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor, mediante Resolución núm. 2024000417 de fecha 11 de abril de 2024, ha resuelto lo siguiente:

ÚNICO: La aprobación de las Bases que regirán la convocatoria del CONCURSO DE CRUCES DE MAYO 2024 por un importe de 19.300 € (DIECINUEVE MIL TRESCIENTOS EUROS) con arreglo a las siguientes

BASES

1.- El objeto del Concurso será la confección de una Cruz de Mayo, conforme a la tradición propia de este tipo de festividad.

2.- Las Categorías y premios serán los siguientes:

a)     Asociaciones recreativas, culturales o de cualquier otra índole que así lo deseen.

b)     Asociaciones de Vecinos.

c)     Individual (mayores de edad en el momento de la inscripción).

d)     Entidades religiosas.

e)     Escaparates de establecimientos comerciales.

Los premios para las diferentes categorías serán los siguientes:

       1º Premio 900 €

       2º Premio 800 €

       3º Premio 700 €

       4º Premio 600 €

       5º Premio 500 €

Además de los premios mencionados en las distintas categorías, existirá un accésit de 360 € para alguna de las propuestas no premiadas, que el jurado podrá otorgar a la propuesta que por su calidad merezca su reconocimiento.

Al importe de dichos premios, se les aplicará las retenciones previstas en la vigente legislación. El abono de dichos premios se realizará a la cuenta corriente cuya titularidad corresponda al/la ganador/a y previamente se requerirá el certificado de titularidad de la misma y copia del DNI/CIF.

Asimismo, aquellas cruces que no tengan un mínimo de calidad artística, a criterio del Jurado, podrán ser descalificadas y no podrán optar al accésit.

3.- En cuanto a los criterios de valoración, se tendrá en cuenta:

       Elementos naturales (macetas, suelo vegetal, etc.).

       Elementos tradicionales (mantones de manila, loza, dorados o bronces, etc.).

       Variedad floral.

       Iluminación.

       Originalidad (sin perder el punto de vista tradicional).

4.- La inscripción en el concurso se llevará a cabo en las oficinas del Área de Festejos, C/ Cándido Lobera, Nº12 (Auditórium Carvajal) de 09:00-13:00h de lunes a viernes, o bien presentarla a través de SEDE ELECTRÓNICA, pudiendo acceder desde www.melilla.es, necesitando para su utilización un certificado digital válido o cl@ve firma (https://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html).

Para su presentación vía Sede Electrónica pueden utilizar el trámite online “INSCRIPCIONES CONCURSOS” Debiendo indicar que se presenta al CONCURSO DE CRUCES DE MAYO 2024 e indicar a qué CATEGORÍA y la UBICACIÓN de la instalación de la Cruz de Mayo. El plazo de inscripción finalizará el día 22/04/2024 a las 23:59 horas.

5.- Los concursantes deberán mantener instalada y en perfecto estado la Cruz de Mayo, como mínimo, hasta el día 5 de mayo inclusive, para facilitar la visita del jurado oficial y de todas aquellas personas que lo deseen. El jurado podrá visitar las Cruces de Mayo participantes en las diferentes categorías entre los días 30 de abril y 3 de mayo, según el volumen de participantes y de la categoría. La organización podrá avisar previamente a los participantes cuando vayan a realizar las visitas.

6.- El Órgano Colegiado competente para efectuar la propuesta de concesión de los premios estará constituido por un Jurado integrado por la Consejera de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor o persona en quien delegue, que actuará como Presidente, y por un número impar de profesionales o expertos de prestigio.

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Actuará como Secretario del Jurado, con voz y sin voto, el Secretario Técnico de la Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor, u otro funcionario habilitado para dar fe de las actuaciones.

La designación del Jurado se efectuará mediante Orden de la Consejera de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor y su composición podrá hacerse pública en el momento de la emisión del fallo.

7.- El fallo del Jurado, nombrado al efecto, será inapelable y se dará a conocer a través de las Redes Sociales de la Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor. El mismo, de conformidad con la Base 30ª del apartado II de las Bases Reguladoras de las Subvenciones para el Desarrollo de Proyectos de Interés General y de Certámenes o Concursos en el ámbito de actuación de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes (BOME 4460 de 14/12/07), se publicará en el Boletín Oficial de Melilla.

8.- La Ciudad Autónoma y el Jurado se reservan el derecho de adoptar cualquier iniciativa que, sin estar regulada en las presentes bases, contribuya al mayor éxito del Concurso sin que contra sus decisiones pueda formularse reclamación alguna.

9.- La convocatoria del presente concurso se regirá por las BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE INTERÉS GENERAL Y DE

CERTÁMENCES O CONCURSOS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN U COLECTIVOS SOCIALES (BOME núm. 4460, de 14 de diciembre de 2007). La participación en esta edición del Concurso de Cruces supone la plena aceptación de las bases, la convocatoria y el fallo del Jurado.

10.- Para cualquier aclaración, dirigirse al teléfono 952699193 o por correo electrónico a la dirección: festejos@melilla.es.

Estando la presente convocatoria destinada a una pluralidad indeterminada de personas que pudieran estar interesadas en concurrir a la misma, se ordena su publicación, en aplicación del art. 45, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativos Común de las Administraciones Públicas.

La presente Orden no agota la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recursos de alzada en el plazo de un mes, a computar al día siguiente de su publicación, ante el Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, como Órgano Competente para resolverlos o ante esta Consejera, que deberá elevarlo con su informe a la Presidencia, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativos Común de las Administraciones Públicas y artículo 92 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla. (BOME extraordinario nº 2 de 30 de enero de 2017).

 

Melilla 12 de abril de 2024,

El Secretario Técnico de Cultura, Patrimonio y del Mayor,

Juan León Jaén Lara