ARTÍCULO Nº 425 (CVE: BOME-A-2024-425) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6176 - viernes, 24 de mayo de 2024 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE


Orden nº 0559, de fecha 16 de mayo de 2024, relativa a la concesión de una subvención directa a la Asociación Melillense Forum Filosófico Melilla para el pensamiento y la educación.

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El Excmo. Sr. Consejero de Educación, Juventud y Deporte, mediante Orden número 2024000559, del día 16 de mayo de 2024, ha dispuesto lo siguiente:

“Instruido el expediente administrativo pertinente, con sujeción a las bases reguladoras de la concesión de ayudas y subvenciones publicas por el procedimiento de concesión directa en el ámbito de actuación de la Consejería de Educación, publicadas en el BOME nº 5202, de 23 de enero de 2015, VENGO EN ORDENAR la concesión de una subvención directa a la Asociación  melillense Forum Filosófico Melilla para el Pensamiento y la Educación con CIF G-52023629 , por importe de 2.498,65 euros, al objeto de la promoción y organización de la fase local de la olimpiada de Filosofía y organización de la participación melillense, mediante el ganador de la fase local, en la fase nacional  durante este año 2024, con cargo a la aplicación 2024 14/32321/48001,  RC nº 12024000006321 del 28/02/2024, debiendo destinarse a sufragar los siguientes gastos, sin perjuicio de que tratándose de estimaciones determinados apartados requieran una mayor aportación que se atendería detrayendo cantidades previstas para los otros, previa autorización de la  Consejería de Educación, Juventud y Deporte:

-       Gastos premios alumnado finalista : 600 euros.

-       Cena para alumnado finalista y tribunal: 360 euros.

-       Diseño e impresión de cartel, diplomas y fotografías filosóficas : 220 euros.

-       Inscripción de participación en la Olimpiada fase nacional: 115 euros.

-       Desplazamientos de alumnos y profesor acompañante ( delegados) a fase nacional: 1061,65 euros.

-       Alojamiento hotel fase nacional: 162 euros.

-       Traslados transporte ( taxi, autobús, comidas) en fase nacional: 260 euros.

Total gastos: 2.498,65 euros.

Se dispensa a la entidad beneficiaria de  la constitución de garantía en atención al objeto de la subvención, Olimpiada de Filosofía con alumnado melillense.

Al adoptarse la orden de concesión una vez iniciada la  presente anualidad 2024 en el mes de mayo,  parte de las  actuaciones objeto de la subvención  han podido haberse realizado ya,  por lo que el pago a realizar tras la concesión tendrá un único carácter,  pago a cuenta de las actividades ya realizadas,  siendo la vigencia la totalidad del año 2024.

La percepción de la subvención es compatible con los ingresos que para el mismo objeto pueda percibir la entidad beneficiaria, procedentes de cualesquiera personas o entidades tanto públicas como privadas, si bien su importe no podrá superar el coste total de la actividad subvencionada, en cuyo caso se minorará la subvención en la cantidad correspondiente.

Se deberá aportar declaración de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación de su importe y procedencia.

El beneficiario podrá subcontratar totalmente la actividad subvencionada, en los términos y condiciones establecidos en la Ley General de Subvenciones.

De conformidad con el artículo 18 de la Ley 38/2003 y  31 del Real Decreto 887/2006, la entidad beneficiaria  dará la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de actuaciones de cualquier tipo que sean objeto de subvención.

La justificación se realizará mediante rendición de cuenta justificativa que comprenderá el coste total anual  2024 de la actividad subvencionada y la totalidad de ingresos y los justificantes de gastos imputados a sufragar dicha actividad.

La memoria económica justificativa deberá aportar relación clasificada de los gastos con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión, y fecha de pago.

Las facturas que se aporten deberán reunir los requisitos mínimos conforme al Real Decreto 1619/2012 que regula las obligaciones de facturación y deberán acompañarse de las acreditaciones de pago mediante transferencia bancaria en su caso.

De conformidad con el artículo 7 de la Ley 7/2012, de 29 de octubre, no podrán pagarse en efectivo las operaciones en las que algunas de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional, con un importe igual o superior a 2.500 euros o su contravalor en moneda extranjera.

La cuenta justificativa se presentará en el plazo máximo de tres meses desde la conclusión de la actividad subvencionada, ante la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, Dirección General de Educación, 
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que una vez conformada la remitirá, si así se le requiriese, a la Intervención General de la Ciudad para el ejercicio de la función fiscalizadora que tiene encomendada.”

De conformidad con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, a interponer en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de la presente Orden, pudiendo presentarse el recurso ante esta Consejería o bien directamente ante el órgano competente para resolverlo, sin perjuicio de que pueda el interesado ejercitar cualquier otro recurso que estime oportuno.

Lo que se publica en el Boletín Oficial de Melilla para general conocimiento.

 

Melilla 16 de mayo de 2024,

El Secretario Técnico Acctal. de Educación, Juventud y Deporte,

Joaquín M. Ledo Caballero