ARTÍCULO Nº 435 (CVE: BOME-A-2024-435) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6177 - martes, 28 de mayo de 2024 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y NATURALEZA - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y NATURALEZA
Acuerdo de la Excma. Asamblea de Melilla, de fecha 10 de mayo de 2024, relativo a la aprobación del Plan de Acción y Mitigación para el Clima y la Energía Sostenible (PACES).
La
Excma. Asamblea de Melilla en sesión resolutiva Ordinaria del 10 de mayo de
2024 adoptó el siguiente acuerdo:
PUNTO SEXTO.- APROBACIÓN DEL PLAN DE
ACCION Y MITIGACIÓN PARA EL CLIMA Y LA ENERGÍA SOSTENIBLE (PACES).- La Comisión Permanente de Medio Ambiente y
Naturaleza en sesión ordinaria celebrada el pasado 29 de abril conoció el
asunto citado y una vez sometida a votación tras las deliberaciones que constan
en el acta de la sesión, se dictaminó favorablemente por mayoría absoluta de 11
votos a favor (7 de los representantes del Grupo Político Partido Popular, 2
del Grupo Político CpM, 1 del Grupo Político Partido Socialista y 1 del Grupo
Mixto), y 1 voto en contra del Grupo Político Vox
En virtud de lo anterior se eleva propuesta al Pleno de la Asamblea de
aprobación del PLAN DE ACCIÓN Y MITICAGIÓN PARA EL CLIMA Y LA ENERGÍA
SOSTENIBLE, cuyo texto es el que sigue:
La Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza de la Ciudad Autónoma de
Melilla adjudicó el 3 de febrero de 2023 una asistencia técnica para la
elaboración del Plan de Acción y Mitigación para el Clima y la Energía
Sostenible (PACES), herramienta clave para la preparación de la ciudad ante los
retos que exige el cambio climático a las ciudades de Europa. Entre los
objetivos, se encuentra la reducción de las emisiones en un 40% hasta 2030.
Esta iniciativa forma parte del Pacto de las Alcaldías para el Clima y
la Energía, un movimiento mundial al que pertenecen gobiernos locales de la
Unión Europea, que busca disminuir el consumo energético y la dependencia de
combustibles fósiles, fomentando y aumentando el uso de energías renovables
alternativas.
Además de los objetivos mencionados, se contempla un estudio de
proyecciones climáticas que evalúe la vulnerabilidad y los riesgos del
municipio frente a diferentes impactos climáticos; y un plan de adaptación a
los cambios climáticos futuros, que ya estamos viviendo en la actualidad
(periodos de sequía más prolongados, menor volumen de precipitaciones, etc.).
Con este proyecto, la Ciudad de Melilla ha dado un paso más en la lucha
contra el cambio climático, que se inició con la Declaración de Emergencia
Climática en 2020, y se posiciona entre los municipios europeos comprometidos
con el futuro de los ciudadanos.
Los gobiernos locales desempeñan una función clave en la mitigación del
cambio climático y la adaptación a él. La participación en el Pacto de las
Alcaldías por el Clima y la Energía en Europa sirve para apoyarles en este
empeño proporcionándoles el reconocimiento, los recursos y las oportunidades de
establecimiento de redes necesarias para impulsar los compromisos en materia de
clima y energía a un nivel superior.
La aprobación de este Plan de acción, es el requisito indispensable para
formar parte del Pacto de las Alcaldías.
El Pacto Global de las Alcaldías, lanzado en 2015,
aprovecha la experiencia obtenida en Europa y en las regiones circundantes, y
se basa en los factores clave del éxito de la iniciativa: su gobierno desde las
bases, su modelo de cooperación a varios niveles y su patrón de actuación directamente
impulsado por el contexto.
Los tres pilares de los compromisos de los firmantes:
·
Reducción de las emisiones de GEI en un 55 % para 2030
·
Refuerzo de la resiliencia
·
Alivio de la pobreza energética
LEGISLACIÓN
APLICABLE
·
Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la
atmósfera.
·
Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética.
·
Real Decreto 342/1996, de 23 de febrero, sobre traspaso de funciones y
servicios de la Administración del Estado a la Ciudad de Melilla
Pacto de las
alcaldías.
CONSIDERACIONES
TÉCNICAS Y JURÍDICAS
Primera.-
Según el
Real Decreto 342/1996, de 23 de febrero, sobre traspaso de funciones y
servicios de la Administración del Estado a la Ciudad de Melilla:
“Se traspasan a la Ciudad de Melilla, dentro
de su ámbito territorial, las siguientes funciones:
f)
Tramitación y resolución de expedientes en materias de gestión medioambiental.
Segundo.-
El PACES es
el documento principal del Pacto de las Alcaldías para el Clima y la Energía,
dentro del cual se establecerán las líneas de trabajo del municipio mediante
acciones de mitigación y adaptación al cambio climático para conseguir sus
objetivos.
En el desarrollo del documento del PACES, se han seguido estrictamente
los puntos establecidos en la Metodología para el desarrollo de los documentos
del Pacto de las Alcaldías para el Clima y la Energía Sostenible. Esta
metodología se genera sobre la base del documento de la Comisión Europea “Guía
para la presentación de informes del Pacto de las Alcaldías para el Clima y la
Energía”, con el fin de facilitar la elaboración de los documentos y
estandarizar los cálculos para permitir comparar posteriormente los resultados.
El PACES está compuesto en primer lugar por el Inventario de Emisiones
de Referencia (en adelante, IER). En este apartado se determina la cantidad de
emisiones de CO2 del Ayuntamiento dependiendo de los diferentes ámbitos de
procedencia, correspondientes a los años 2012 y 2022, tomando como referencia
el año 2012, por ser el año con disponibilidad de datos contrastados más
cercano a 2005.
Tercero.-
El Plan de
Acción y Mitigación para el Clima y la Energía Sostenible (PACES) será objeto
de revisión a los 2 años desde la fecha de adhesión, cuando se emitirá un
informe de seguimiento para analizar la evolución de todos los trabajos
realizados durante este periodo. Se tiene en cuenta que la emisión bianual de
informes puede suponer un esfuerzo para los ayuntamientos, por lo que se ofrece
la opción de presentar cada dos años un informe sobre acciones (modelo de
seguimiento que no incluya el inventario de emisiones pero que describa el
grado de ejecución de las acciones) y cada cuatro años elaborar un informe
completo (modelo de seguimiento que incluya al menos un Inventario de
Seguimiento de Emisiones (ISE).
Cuarto.-
Dentro de
la documentación incluida en dicho Plan de Acción y Mitigación para el Clima y
la Energía Sostenible (PACES) se encuentra:
·
Una estrategia con una visión a largo plazo en la que se incluyan los
objetivos en mitigación y adaptación al clima (dentro de los 2 años siguientes
a su incorporación oficial al Pacto de las Alcaldías – Europa).
·
Un Inventario de Emisiones de Referencia (IER) en el que se cuantifique
la energía consumida y, por consiguiente, las emisiones que se emiten en el
territorio del firmante (en el plazo de 2 años).
·
Una Evaluación de los Riesgos y Vulnerabilidades (ERV) en la que se
identifiquen y evalúen los riesgos climáticos y los sectores vulnerables (antes
del transcurso de 2 años).
·
Las acciones que se han emprendido en mitigación, adaptación y pobreza
energética.
Tal y como recoge el Pacto de las Alcaldías.
Por todo lo expuesto, y de acuerdo con los informes aportados al
expediente se PROPONE
al Pleno de
la Asamblea, previo Dictamen de la Comisión Permanente de Medio Ambiente y
Naturaleza, la adopción del siguiente ACUERDO:
A través de la Consejería de Medio Ambiente y la Naturaleza, competente
en materia de protección del medio ambiente, a fin de comprometerse con los
líneas de actuación y objetivos a nivel europeo para reducir las emisiones de
GEI y adaptarse a los cambios producidos por el cambio climático, propone la APROBACION DEL PLAN DE ACCIÓN Y
MITIGACIÓN PARA EL CLIMA Y LA ENERGÍA SOSTENIBLE (PACES), que deberá ser firmado por
el Presidente de la Ciudad.
Sometida
a votación el expediente del PLAN DE ACCIÓN Y MITICAGIÓN PARA EL CLIMA Y LA
ENERGÍA SOSTENIBLE, es
aprobado por 19 votos a favor (13 Grupo Político Partido Popular, 3 Grupo
Político Coalición por Melilla, 2 Grupo Político Partido Socialista y 1 Grupo
Mixto) y 2 votos en contra del Grupo Político Vox, por lo tanto mayoría
absoluta de conformidad con el artículo 58.3 del Reglamento de la Asamblea.
Melilla 23 de mayo de 2024,
El Secretario Técnico de Medio Ambiente y Naturaleza,
Juan Luis Villaseca Villanueva