ARTÍCULO Nº 468 (CVE: BOME-A-2024-468) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6180 - viernes, 7 de junio de 2024 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR - CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR


Convenio de colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Asociación Socio-Cultural "Mem Guimel" para el año 2024.

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Esta Consejería, por acuerdo del órgano competente, ha procedido a la aprobación del CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CAM Y LA ASOCIACION MEM GUIMEL PARA EL AÑO 2024, habiendo sido inscrito en el Registro de Convenios de la Ciudad Autónoma de Melilla con número CON2400100 y los siguientes datos:

Consejería:    CONSEJERIA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR

Datos de Aprobación:

Órgano

Número

Fecha

Entidad:

Consejo de Gobierno

2024000380

03/06/2024

 ES-G5201807-4 (ASOCIACION MEM GUIMEL)

Fecha de formalización:           04/06/2024

De acuerdo con la normativa vigente de aplicación se procede a su publicación para su general conocimiento.

 

Melilla 5 de junio de 2024,

El Secretario Técnico de Cultura, Patrimonio y del Mayor,

Juan León Jaén Lara

BOME-P-2024-1489 Descargar página

ANEXO

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN SOCIO-CULTURAL “MEM GUIMEL” PARA EL AÑO 2024.

En Melilla, a 04 de junio de 2024

REUNIDOS

De una parte la Excma. Sra. Dña. Fadela Mohatar Maanan, en su calidad de Consejera de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor de la Ciudad Autónoma de Melilla, con domicilio social en el Palacio de la Asamblea de Melilla, Plaza de España s/n C.P. 52001 y C.I.F. S-7900010-E en representación de la Ciudad Autónoma de Melilla.

Y de otra, D. Mordejay Guahnich Bitan, en calidad de Presidente de la Asociación SocioCultural "MEM GUIMEL" y en representación del mismo, con CIF G52018074, y con domicilio en Melilla, C/ Marqués de Montemar, nº8, Esc C, 1º B.

Reconociéndose ambas partes la capacidad legal necesaria para firmar el presente convenio de colaboración, que viene a regular las relaciones existentes entre la Ciudad Autónoma de Melilla y ambas partes.

EXPONEN

PRIMERO.- Que la Ciudad Autónoma de Melilla ejercerá competencia en la promoción y fomento de la cultura en todas sus manifestaciones y expresiones, según lo establecido en el artículo 21.1.15ª de la Ley Orgánica 2/1995 de 13 de marzo, del Estatuto de Autonomía de Melilla (BOE nº 62 de 14 de marzo de 1995).

Entre las competencias que le son encomendadas a la Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor tras Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 28 de julio de 2023, relativo a la aprobación del Decreto de Distribución de Competencias entre las Consejerías de la Ciudad de Melilla (Acuerdo de Consejo de Gobierno núm. 538, publicado en BOME extraordinario núm. 54 de lunes 31 de julio de 2023) se encuentra la siguientes:

“5.2.4. En materia de Relaciones Interculturales

a) El fomento de las actividades que conlleven y fomenten el conocimiento, por todos los melillenses, de las culturas de cada comunidad, a modo de interrelación más profunda de todas ellas.

c) Favorecer las actividades, jornadas e intercambios culturales.”

SEGUNDO.- Que la asociación “Mem Guímel”, según lo establecido en el artículo 2 de sus Estatutos, tiene como fines:

-       Difusión de la cultura Hebrea de forma general y en particular la Sefardí.

-       Desarrollo, promoción y realización de actividades culturales en forma general y en forma particular de la Cultura Hebrea y Sefardí, en el entorno social del patrimonio artístico, organización de exposiciones, coloquios, debates, conciertos musicales, proyección de películas, documentales y diapositivas.

-       Fomentar la investigación en todos sus campos, de la presencia de los judíos en Melilla, su relación con las comunidades y entes de las que proceden, así como la proyección que ha dado lugar hasta la historia más contemporánea.

-       Organización de actividades que tengan como fin el fomento de la convivencia entre las diferentes culturas que se dan en nuestro entorno.

-       Organización de aulas y escuelas-taller para los ciudadanos de nuestro entorno en sus distintas edades, que fomenten la cultura hebrea y sefardí y la convivencia con otras culturas, así como las actividades al aire libre.

-       Promoción del respeto entre los ciudadanos de nuestro entorno de forma particular, basado en el conocimiento de la cultura hebrea y sefardí.

-       Atender e impulsar el principio de Igualdad de Oportunidades compensando las carencias necesidades culturales y formativas de los miembros de nuestro entorno social.

-       Colaborar y participar de proyectos comunes con otras entidades culturales del entorno próximo y lejano.

-       Colaborar con entidades educativas para promocionar el respeto de la convivencia a ciudadanos de todas las edades e ideologías culturales.

-       Promoción de la cultura hebrea, sefardí a través de la red de Internet, así como a través de publicaciones periódicas.

-       Fomentar entre los menores, previa expresa autorización de padres o tutores, las actividades culturales, sociales, lúdicas-recreativas y al aire libre.

-       Concienciar de la necesidad de voluntariado y su labor trascendental en la sociedad actual.

-       Colaborar con los medios disponibles a la mejora de los sectores más desfavorecidos, en su educación, calidad de vida y acercamiento a la cultura. Ayudándoles a la igualdad de oportunidad en la vida social, cultural y económica.

TERCERO.- Que la Ciudad Autónoma de Melilla, a través de la Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor, contempla en sus presupuestos anuales partida presupuestaria para atender a esta asociación.

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Asimismo, el presente convenio se encuentra incluido en el PLAN ESTRATÉGICO GENERAL DE SUBVENCIONES DE LA CAM PARA EL PERIODO 2024-2026 (publicado en BOME Extraordinario número de lunes 29 de abril de 2024).

CUARTO.- Que la asociación "Mem Guímel” tiene programado llevar a término las siguientes actividades:

-       Dar a conocer a través de estas actividades la presencia en Melilla de una sociedad multicultural, donde la judía tiene una gran presencia y arraigo. Lo conocido como Inmersión Intercultural.

-       Aprovechar todas las posibilidades que nos aportan las plataformas digitales para dar mayor visibilidad a Melilla y su interculturalidad, y como parte de ello Mem Guímel - Facilitar a la sociedad melillense el conocimiento de la cultura Judía-Sefardí.

-       Origen de la sociedad Judía-Sefardita en Melilla, su localización, costumbres y tradiciones, patrimonio material e inmaterial.

-       La recuperación del legado y patrimonio tangible e intangible, para llegar a comprender mejor la aportación Judía en Melilla.

-       La vida entre los Judíos Sefarditas, idiosincrasia, sentido, liturgia y conservación.

-       Dar a conocer la cultura Sefardita como parte integrante de lo hispano.

-       A través del proyecto REENKONTRO SEFARAD-MELILLA, promover la cultura, patrimonio y turismo. Llevar a cabo trabajos encaminados que Melilla forme parte de la red de juderías y otros contactos con instituciones.

-       Conectar Melilla la diáspora judía melillenses, como parte de un proyecto integral y trasversal de la ciudad.

-       Con la asistencia a eventos y actos nacional e internacional, tener representación en el mapa internacional de la cultura Sefardí y ser un observatorio de esta en España, buscando la promoción de Melilla desde el plano cultura y turístico.

-       Con el calendario intercultural dar a conocer las festividades de los diversos colectivos de la Ciudad Autónoma de Melilla (Cristiano, Musulmán, Hebreo, Hindú, Gitana, Chino y otras de interés).

-       A través del proyecto SEFAMEL dar a conocer la historia, legado, folklore, música y patrimonio tangible como intangible, gastronomía, música, tradiciones y costumbres. Todo ello a través de la documental, fotográfico, bibliográfico, publicaciones, seminarios y testimonios recopilados de la sociedad judía en Melilla comunidades de las que procede y la diáspora judíamelillense.

-       Publicaciones para dar conocer el patrimonio, costumbres y tradiciones judías, música, gastronomía, en particular en la ciudad de Melilla como heredera de Sefarad, por todos los medios: papel, digital, redes sociales, etc.

-       Publicación de la 3ª edición del libro Cultura y tradición Judía en Melilla.

Que sobre las bases o antecedentes que proceden, las partes otorgan convenio de colaboración, con base a las siguientes

CLÁUSULAS

PRIMERA.- OBJETO.

El objeto del convenio consiste en la colaboración con la Asociación Socio-Cultural “MEM GUIMEL” para la realización de acciones dirigidas al desarrollo y promoción de la Cultura Hebrea y Sefardí en todas sus manifestaciones, así como al establecimiento de mecanismos y estrategias que contribuyan a la preservación y desarrollo del acervo cultural de las comunidades que integran la población melillense, como patrimonio común tanto en territorio nacional e internacional.

Se desarrollará una colaboración constante y estrecha entre ambas organizaciones para lo cual se articulará una red amplia y continua de intercambio de información, publicaciones y cualquier tipo de material que sean de interés para dichas entidades. Del mismo modo, se podrán efectuar estrategias conjuntas de comunicación respecto a actividades, proyectos y causas que competan a ambas partes.

Colaborando, de esta forma, activamente en la difusión de las actividades que se pongan en marcha como consecuencia del cumplimiento de este Convenio.

Entre los gastos justificables se encuentran:

1.- PROYECTO: XIII PREMIOS MEM GUÍMEL

Gastos de viaje, gestión legal y asesoría, material protocolo, carteles, saludas, Placa Premio Mem Guímel, enmarcado de pergamino, streaming, degustación variada de comida Sefardí.

2.- PROYECTO: REENKONTRO SERFARAD-MELILLA

Gastos derivados de participación en foros, seminarios, cursos, para dar difusión del legado judío melillense, sinagogas, barrio hebreo etc. Y su difusión en redes sociales e internet, de actividades, gestión legal y asesoría, promoción específica en eventos de esta índole, etc.

3.-           PROYECTO: CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVO Y COMPRA MATERIAL INFORMÁTICO.

Gastos de contracción de personal, gastos de seguridad social, otros gastos derivados de la relación laboral, asesoría.

Gastos derivados de la gestión, teléfonos, correos, etc.

Compra de material informático

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4.- PROYECTO: SEMINARIOS ONLINE DE CULTURA, TRADICIONES Y PATRIMONIO JUDÍO EN MELILLA.

Gastos materiales, profesores, streaming, plataforma digital, difusión en redes y Asesoría.

5.- PROYECTO: CONFERENCIAS Y ACTOS VARIOS

Material Protocolo, carteles, saludas, billetes, minuta y manutención, gastos varios, gestión legal y asesoría.

6.- PROYECTO: PROYECTO SEFAMEL (SEFARDÍES EN MELILLA)

Labor de investigación en diferentes archivos institucionales y privados, grabaciones de experiencias de vida, digitalización de documentación, crear una base de datos con el patrimonio que se ha investigado, honorarios, material fungible, traducciones, gestión legal y asesoría, etc.

7.- PROYECTO: MATERIAL DIFUSIÓN

Recopilación de información, maquetación, impresión y encuadernación, distribución físicamente y por medios digitales, gastos de correos, etc.

8.- PROYECTO: CONFERENCIAS Y EVENTOS FUERA DE LA CIUDAD

Material protocolo, fotografías, saludas, dosier de Mem Guímel, billetes, hoteles, manutención, información sobre nuestros proyectos y Melilla, gastos legales de asesoría, etc.

9.- PROYECTO: PÁGINA WEB, RRSS Y PLATAFORMAS DIGITALES

Mantenimiento página web y RRSS, generador de contenidos, maquetación de post, gastos dominio y alojamiento, promociones puntuales, posicionamiento, grabaciones y volcado en plataformas digitales, gastos legales gestoría.

10.- COSTES PERSONAL Y ASESORÍA

Costes de la gestión legal y asesoría, otros gastos derivados de contratación.

11.- PROMOCIÓN DEL MUSEO SEFARDÍ DE MELILLA

Costes de personas, materiales expositivos, realización de talleres, asesoramiento, montaje de exposiciones, gestión legal y asesoría, otros gastos.

12.- RUTAS LA MELILLA SEFARDÍ

Costes de personas (guías), medio de transporte, materiales de difusión, material propio para los guías como uniformes, gestión legal y asesoría, otros gastos

SEGUNDA.- OBLIGACIONES DE LA ASOCIACIÓN.

Se establece como obligación de la Asociación Socio-Cultural “Mem Guímel” la realización y desarrollo de:

XIII Premios Mem Guímel

Proyecto SEFARAD-MELILLA

Contratación administrativo y material informático.

Seminarios online de cultura, tradiciones y patrimonio judío en Melilla.

Conferencias y actos varios

Proyecto SEFAMEL

Material difusión cultura y tradición

Asistencia a eventos y actos fuera de la ciudad

Mantenimiento página WEB, promoción en redes sociales y transmisión en directo de eventos Costes de servicio de personal y asesoría

Promoción del Museo sefardí con eventos y exposiciones temporales (proyecto individualizado)

Rutas la Melilla Sefardí, con gastos de guías y otros derivados de la promoción y publicaciones (proyecto individualizado)

Además, se establece como obligación que en todo material publicitario figure el Escudo de Melilla y se reseñe la colaboración de la Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor.

TERCERA.- OBLIGACIONES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA.

Se establece como obligación de la Ciudad Autónoma de Melilla la de conceder una cantidad económica de SESENTA MIL EUROS (60.000 €) a la Asociación, con cargo a la partida presupuestaria 04-33403-48903, denominada CONVENIO MEM GUÍMEL.

CUARTA.- DURACIÓN DEL CONVENIO.

La duración del presente convenio será la del año natural 2024.

QUINTA.- COMPATIBILIDAD DE LA AYUDA.

La cantidad referida en la cláusula Tercera, es compatible con la percepción de otras ayudas, siempre que, conjunta o asiladamente éstas no superen el coste de la actividad subvencionada, de acuerdo con el artículo 19 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

SEXTA.- OBLIGACIONES IMPUESTAS AL BENEFICIARIO.

Se establecen como obligaciones impuestas al beneficiario las descritas en el artículo 14 de la Ley, 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones:

“Obligaciones de los beneficiarios:

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1.                Son obligaciones del beneficiario:

a)            Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de las subvenciones.

b)            Justificar ante el órgano concedente o la entidad colaboradora, en su caso, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.

c)             Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente o la entidad colaboradora, en su caso, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.

d)            Comunicar al órgano concedente o la entidad colaboradora la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas.

Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.

e)            Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en la forma que se determine reglamentariamente, y sin perjuicio de lo establecido en la disposición adicional decimoctava de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

f)              Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos por las bases reguladoras de las subvenciones, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.

g)            Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control. h) Adoptar las medidas de difusión contenidas en el apartado 4 del artículo 18 de esta ley.

i) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 37 de esta ley.

2. La rendición de cuentas de los perceptores de subvenciones, a que se refiere el artículo 34.3 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de funcionamiento del Tribunal de Cuentas, se instrumentará a través del cumplimiento de la obligación de justificación al órgano concedente o entidad colaboradora, en su caso, de la subvención, regulada en el párrafo b) del apartado 1 de este artículo.”

SÉPTIMA.- PLAZO Y MODO DE PAGO DE LA SUBVENCIÓN.

El pago de la subvención se realizará con arreglo a la Base 32.6 de Ejecución del Presupuesto de la Ciudad Autónoma de Melilla y sus Organismos Autónomos y atendiendo al artículo 34.4 de la Ley General de Subvenciones.

Se realizarán pagos a cuenta, siempre que la Dirección General competente certifique la adecuada justificación de la actividad ya ejecutada. Así mismo, con respecto al resto de periodo de vigencia del Convenio, o periodo al que se extienda la subvención, se podrá realizar pagos anticipados como financiación necesaria para el desarrollo del resto de la actividad no ejecutada.

Dada la naturaleza de la entidad a subvencionar, no se establece régimen alguno de garantía.

OCTAVA.- PLAZO Y FORMA DE JUSTIFICACIÓN POR PARTE DEL BENEFICIARIO.

De conformidad con el artículo 23 del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME nº 4213, de 02 de agosto  de 2005), pasados tres meses tras la finalización del plazo del presente convenio, la entidad está obligada a justificar el cumplimiento de las condiciones impuestas y la consecución de los objetivos previstos a través de la rendición de la cuenta justificativa, en la que se deberá incluir, bajo responsabilidad del declarante, los justificantes de los gastos mediante factura o cualquier otro documento de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa. No obstante, la entidad está obligada a someterse a cuantas actuaciones de control financiero realice la Intervención de la Ciudad, siendo causas de reintegro de la cantidad tanto el incumplimiento del deber de justificación como la resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación y control financiero.

Del mismo modo, de conformidad con la Base núm. 32.10 de Ejecución del Presupuesto de la Ciudad de Melilla para el año 2024, “las entidades beneficiarias, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, que a lo largo del ejercicio inmediatamente anterior hayan percibido en concepto de aportaciones y subvenciones una cuantía igual o superior a CIENTO VEINTE MIL EUROS (120.000 €), presentarán los estados contables aprobados por el órgano competente en su gestión confeccionados de acuerdo con el Plan General Contable vigente”.

Asimismo, le será notificada a la entidad solicitante una guía/manual donde se especifique la forma y requisitos en la que presentar la documentación justificativa de la subvención. No se entenderá como correcta la recepción de la documentación que no cumpla con estos requisitos.

Incumplimiento de alguna de las obligaciones de la cláusula segunda dará además lugar a la devolución de las cantidades devengadas.

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NOVENA.- PUBLICIDAD DEL CONVENIO.

Se dará publicidad del presente convenio de colaboración en el Boletín Oficial de la Ciudad tal y como indica el artículo 18 del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad (BOME nº 4213, de 02 de agosto de 2005) y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) como estipulan los artículos 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Tras la lectura del presente convenio, los otorgantes se ratifican en su contenido, firmándolo en duplicado ejemplar.

 

Por la Ciudad Autónoma de Melilla

Fadela Mohatar Maanan

 

Por la Asociación Socio-Cultural “Mem Guímel”

Mordejay Guahnich Bitán