ARTÍCULO Nº 472 (CVE: BOME-A-2024-472) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6180 - viernes, 7 de junio de 2024 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA
Addenda al convenio suscrito entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Asociación Melilla Activa, para la realización del programa " Transición a la vida adulta de jóvenes extutelados".
Esta Consejería, por acuerdo del órgano competente,
ha procedido a la formalización de una ADDENDA AL CONVENIO SUSCRITO ENTRE LA
CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN MELILLA ACTIVA PARA LA REALIZACIÓN
DEL PROGRAMA “TRANSICIÓN A LA VIDA ADULTA DE JÓVENES EXTUTELADOS”, habiendo sido
inscrita en el Registro de Convenios de la Ciudad Autónoma de Melilla con
número CON2400103 y los siguientes datos:
Consejería: CONSEJERIA DE POLITICAS SOCIALES Y SALUD
PUBLICA
Datos de Aprobación:
Órgano Número Fecha Entidad: |
Consejo de Gobierno 2024000377 04/06/2024 ES-G5202047-6 (ASOCIACION MELILLA ACTIVA) |
Fecha de formalización: 05/06/2024
De acuerdo con la normativa vigente de aplicación
se procede a su publicación para su general conocimiento.
Melilla
5 de junio de 2024,
El
Secretario Técnico de Políticas Sociales y Salud Pública,
Victoriano
Juan Santamaría Martínez
ANEXO
ADDENDA
AL CONVENIO SUSCRITO ENTRE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN
MELILLA ACTIVA PARA LA REALIZACIÓN DEL PROGRAMA “TRANSICIÓN A LA VIDA ADULTA DE
JÓVENES EXTUTELADOS”.
Con fecha 21 de mayo de 2024 y en el BOME núm.
6175, fue publicado el convenio suscrito entre la Ciudad Autónoma de Melilla y
la Asociación Melilla Activa para la realización del programa “Transición a la
vida adulta de jóvenes extutelados”.
Como quiera que en la cláusula cuarta de dicho
convenio relacionada con el plazo y forma de pago del mismo, se refleja una
forma no acorde con la Base 32.6 de ejecución del presupuesto de la Ciudad
Autónoma como consecuencia de haber sido aprobado en Consejo de Gobierno en
fecha posterior a la finalización del primer cuatrimestre del año, se propone
la modificación de la redacción de dicha cláusula al objeto de que se adecue la
financiación del convenio a la citada Base.
Por tanto,
queda redactada la cláusula cuarta de la manera siguiente:
“CUARTA.
PLAZO Y FORMA DE PAGO
Formalizado el
presente convenio, la Ciudad Autónoma de Melilla (en adelante, CAM) procederá a
transferir a la Asociación MELILLA ACTIVA, CIF G52020476, la cantidad prevista
en la cláusula quinta siguiendo el siguiente procedimiento:
1º.- Previa
justificación de aquellos gastos realizados por la entidad hasta el momento de
la publicación de la presente addenda del convenio, la Dirección General del
Menor y la Familia certificará, en su caso, la adecuada justificación de la
actividad ya ejecutada procediéndose a continuación a un primer pago por
cuantía equivalente a la justificación presentada.
2º.- Con
respecto al resto del periodo de vigencia del convenio, la CAM procederá a
realizar el pago con CARÁCTER ANTICIPADO del importe restante de la cuantía
conveniada.
El carácter
excepcional que justifica el pago anticipado de esta subvención se evidencia en
la circunstancia de que se trata de un programa que pone a disposición del
colectivo de jóvenes extutelados, los recursos necesarios para que estos puedan
adquirir habilidades sociales y facilitar así su inserción tanto a nivel
personal como social y laboral. La entidad conveniada carece de otra fuente de
ingresos que los que recibe a través de la subvención anual. La falta de
liquidez de esta entidad puede suponer dejar a los jóvenes extutelados en una
situación de vulnerabilidad y desprotección, que es justo lo contrario de lo
que se pretende conseguir con el programa a desarrollar.
Dada la
naturaleza de la entidad a subvencionar, no se establece régimen alguno de
garantía.
Los intereses
devengados por la subvención recibida hasta el momento del gasto deberán
imputarse al objeto de la subvención previsto en el presente convenio.”