ARTÍCULO Nº 473 (CVE: BOME-A-2024-473) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6180 - viernes, 7 de junio de 2024 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA
Addenda al convenio de colaboración entre la CAM y la Asociación Sociocultural y Recreativa "ASYRE", para la realización de un proyecto de inclusión socioeducativa.
Esta Consejería, por acuerdo del órgano competente,
ha procedido a la formalización de una ADDENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN
ENTRE LA CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA
DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN SOCIOCULTURAL Y RECREATIVA “ASYRE” PARA LA
REALIZACIÓN DE UN PROYECTO DE INCLUSIÓN SOCIOEDUCATIVA, habiendo sido
inscrita en el Registro de Convenios de la Ciudad Autónoma de Melilla con
número CON2400105, y los siguientes datos:
Consejería: CONSEJERIA DE
POLITICAS SOCIALES Y SALUD PUBLICA
Datos de Aprobación:
Órgano Número Fecha Entidad: |
Consejo de Gobierno 2024000376 04/06/2024 ES-G5679178-3 (ASOC
SOCIOCULTURAL "ASYRE") |
Fecha de formalización: 05/06/2024
De acuerdo con la normativa vigente de aplicación
se procede a su publicación para su general conocimiento.
Melilla
5 de junio de 2024,
El
Secretario Técnico de Políticas Sociales y Salud Pública,
Victoriano
Juan Santamaría Martínez
ANEXO
ADDENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA
CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
MELILLA Y LA ASOCIACIÓN SOCIOCULTURAL Y RECREATIVA “ASYRE” PARA LA REALIZACIÓN
DE UN PROYECTO DE INCLUSIÓN SOCIOEDUCATIVA
Con fecha 21 de mayo de 2024 y en el BOME núm.
6175, fue publicado el convenio suscrito entre la Ciudad Autónoma de Melilla y
la Asociación ASYRE para la realización del programa “Proyecto de inclusión
socioeducativa”.
Como quiera que en la cláusula cuarta de dicho
convenio relacionada con el plazo y forma de pago del mismo, se refleja una
forma no acorde con la Base 32.6 de ejecución del presupuesto de la Ciudad
Autónoma como consecuencia de haber sido aprobado en Consejo de Gobierno en
fecha posterior a la finalización del primer cuatrimestre del año, se propone
la modificación de la redacción de dicha cláusula al objeto de que se adecue la
financiación del convenio a la citada Base.
Por tanto,
queda redactada la cláusula cuarta de la manera siguiente:
“CUARTA. PLAZO Y FORMA DE PAGO
Formalizado el
presente convenio, la Ciudad Autónoma de Melilla (en adelante, CAM) procederá a
transferir a la Asociación ASYRE, CIF G56791783, la cantidad prevista en la
cláusula quinta siguiendo el siguiente procedimiento:
1º.- Previa
justificación de aquellos gastos realizados por la entidad hasta el momento de
la publicación de la presente addenda del convenio, la Dirección General del
Menor y la Familia certificará, en su caso, la adecuada justificación de la
actividad ya ejecutada procediéndose a continuación a un primer pago por
cuantía equivalente a la justificación presentada.
2º.- Con
respecto al resto del periodo de vigencia del convenio, la CAM procederá a
realizar el pago con CARÁCTER ANTICIPADO del importe restante de la cuantía
conveniada.
El carácter
excepcional que justifica el pago anticipado de esta subvención se evidencia en
la circunstancia de que se trata de un proyecto que abarca programas de acción
relativos a la infancia y a su entorno familiar en situación de especial
vulnerabilidad. La entidad conveniada carece de otra fuente de ingresos que los
que recibe a través de la subvención anual. La falta de liquidez de esta
entidad puede suponer dejar a los menores en una situación de vulnerabilidad y
desprotección, que es justo lo contrario de lo que se pretende conseguir con el
programa a desarrollar.
Dada la
naturaleza de la entidad a subvencionar, no se establece régimen alguno de
garantía.
Los intereses
devengados por la subvención recibida hasta el momento del gasto deberán
imputarse al objeto de la subvención previsto en el presente convenio.”