ARTÍCULO Nº 473 (CVE: BOME-A-2024-473) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6180 - viernes, 7 de junio de 2024 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA


Addenda al convenio de colaboración entre la CAM y la Asociación Sociocultural y Recreativa "ASYRE", para la realización de un proyecto de inclusión socioeducativa.

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Esta Consejería, por acuerdo del órgano competente, ha procedido a la formalización de una ADDENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN SOCIOCULTURAL Y RECREATIVA “ASYRE” PARA LA REALIZACIÓN DE UN PROYECTO DE INCLUSIÓN SOCIOEDUCATIVA, habiendo sido inscrita en el Registro de Convenios de la Ciudad Autónoma de Melilla con número CON2400105, y los siguientes datos:

Consejería:            CONSEJERIA DE POLITICAS SOCIALES Y SALUD PUBLICA

Datos de Aprobación:

Órgano

Número

Fecha

Entidad:

Consejo de Gobierno

2024000376

04/06/2024

ES-G5679178-3 (ASOC SOCIOCULTURAL "ASYRE")

Fecha de formalización:           05/06/2024

De acuerdo con la normativa vigente de aplicación se procede a su publicación para su general conocimiento.

 

Melilla 5 de junio de 2024,

El Secretario Técnico de Políticas Sociales y Salud Pública,

Victoriano Juan Santamaría Martínez

 


 

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ANEXO

ADDENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA ASOCIACIÓN SOCIOCULTURAL Y RECREATIVA “ASYRE” PARA LA REALIZACIÓN DE UN PROYECTO DE INCLUSIÓN SOCIOEDUCATIVA

Con fecha 21 de mayo de 2024 y en el BOME núm. 6175, fue publicado el convenio suscrito entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Asociación ASYRE para la realización del programa “Proyecto de inclusión socioeducativa”.

Como quiera que en la cláusula cuarta de dicho convenio relacionada con el plazo y forma de pago del mismo, se refleja una forma no acorde con la Base 32.6 de ejecución del presupuesto de la Ciudad Autónoma como consecuencia de haber sido aprobado en Consejo de Gobierno en fecha posterior a la finalización del primer cuatrimestre del año, se propone la modificación de la redacción de dicha cláusula al objeto de que se adecue la financiación del convenio a la citada Base.

Por tanto, queda redactada la cláusula cuarta de la manera siguiente:

“CUARTA. PLAZO Y FORMA DE PAGO

Formalizado el presente convenio, la Ciudad Autónoma de Melilla (en adelante, CAM) procederá a transferir a la Asociación ASYRE, CIF G56791783, la cantidad prevista en la cláusula quinta siguiendo el siguiente procedimiento:

1º.- Previa justificación de aquellos gastos realizados por la entidad hasta el momento de la publicación de la presente addenda del convenio, la Dirección General del Menor y la Familia certificará, en su caso, la adecuada justificación de la actividad ya ejecutada procediéndose a continuación a un primer pago por cuantía equivalente a la justificación presentada.

2º.- Con respecto al resto del periodo de vigencia del convenio, la CAM procederá a realizar el pago con CARÁCTER ANTICIPADO del importe restante de la cuantía conveniada.

El carácter excepcional que justifica el pago anticipado de esta subvención se evidencia en la circunstancia de que se trata de un proyecto que abarca programas de acción relativos a la infancia y a su entorno familiar en situación de especial vulnerabilidad. La entidad conveniada carece de otra fuente de ingresos que los que recibe a través de la subvención anual. La falta de liquidez de esta entidad puede suponer dejar a los menores en una situación de vulnerabilidad y desprotección, que es justo lo contrario de lo que se pretende conseguir con el programa a desarrollar.

Dada la naturaleza de la entidad a subvencionar, no se establece régimen alguno de garantía.

Los intereses devengados por la subvención recibida hasta el momento del gasto deberán imputarse al objeto de la subvención previsto en el presente convenio.”