ARTÍCULO Nº 475 (CVE: BOME-A-2024-475) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6180 - viernes, 7 de junio de 2024 Ir al BOME

MINISTERIO DE JUSTICIA - JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCION Nº 1 - juzgado de 1ª instancia e intrucción Nº 1


Notificación de sentencia a Dª. Samira Marghih Sahaim, en juicio por delito leve nº 50/2023.

BOME-P-2024-1524 Descargar página

LEV JUICIO SOBRE DELITOS LEVES 0000050 /2023

N.I.G: 52001 41 2 2023 0001621 

Delito/Delito Leve: HURTO (CONDUCTAS VARIAS)

Denunciante/Querellante: H&M ESTABLECIMIENTO COMERCIAL, MINISTERIO FISCAL, INSTRUCTOR CUERPO NACIONAL DE POLICIA , DINA OUARDANI MIMUN 

Contra: SAMIRA MARGHICH SAHAIM

EDICTO

DÑA. ENCARNACION OJEDA SALMERON DOY FE Y TESTIMONIO

Que en el LEV nº 50/2023 se ha dictado la presente sentencia con nº 26/2024 de fecha 22/04/2024, que en su encabezamiento a dice:

Vistos por mí, D ª Alicia Ruiz Ortiz Ilma. Magistrada-Juez Titular del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Número 1 de esta Ciudad y su partido judicial, vistos los presentes

Autos de Juicio por Delito Leve seguidos en este Juzgado con el número 50/2023 sobre HURTO, apareciendo como  denunciante,  “H&M” y como denunciada, SAMIRA MARGHIH SAHAIM cuyas demás circunstancias constan suficientemente en las actuaciones,  habiendo intervenido el Ministerio Fiscal, dicta, en virtud de la potestad conferida por la Constitución y en nombre de S.M. el Rey, la siguiente sentencia

Que debo CONDENAR Y CONDENO a  SAMIRA MARGHIH SAHAIM como autor de un delito leve hurto del artículo 234.2º del CP,  a la pena de 3 MESES DE MULTA (90 DÍAS) a razón de 6 euros diarios, que deberá satisfacer en un solo plazo, una vez firme esta resolución, apercibiéndosele de que si no satisface dicho importe voluntariamente o por vía de apremio, le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 53.1º del Código Penal, quedando sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, que se cumplirá en régimen de localización permanente o Trabajos en Beneficio de la Comunidad, previa conformidad   del penado, debiendo indemnizar  a “H&M” en la cantidad de 54´02 euros, en concepto de responsabilidad civil derivada de delito, cantidad que devengará el interés legal del dinero incrementado en dos puntos porcentuales desde la fecha de la presente sentencia (artículo 576 de la LEC)  con imposición de las costas procesales causadas al condenado.

Contra la presente sentencia podrá formalizarse recurso de apelación dentro del plazo de los cinco días siguientes a su notificación tal y como preceptúa el artículo 976 de la LECRIM y de conformidad con los artículos 795 y 796 del mismo Cuerpo Legal  por escrito en el que se expondrán razonadamente las alegaciones sobre quebrantamiento de las normas y garantías procesales, error en la apreciación de las pruebas o infracción de precepto constitucional o legal en las que se basa la impugnación, pudiendo pedirse en el citado escrito la práctica de las diligencias de prueba que no se pudieran proponer en primera instancia, de las propuestas que le fueron indebidamente denegadas siempre que formulare en su momento la oportuna reserva, y de las admitidas que no hubieran sido practicadas por causas que no les fueran aplicables, exponiendo las razones por las que la falta de aquellas diligencias de prueba ha producido indefensión, debiendo asimismo designar domicilio a efectos de notificaciones.

Así lo acuerdo, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de NOTIFICACION a SAMIRA MARGHIH SAHAIM actualmente en paradero desconocido, y su publicación  en el Boletín oficial de esta ciudad, expido el presente en Melilla a veintiocho de mayo de  dos mil veinticuatro.

 

EL/LA LETRADA DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA