ARTÍCULO Nº 483 (CVE: BOME-A-2024-483) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6181 - martes, 11 de junio de 2024 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE
Orden nº 0655, de fecha 5 de junio de 2024, relativa a convocatoria del proceso para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones destinadas a la implementación de un programa de Escuelas Infantiles, para los próximos cursos escolares 2024/2025, 2025/2026, 2026/2027 y 2027/2028.
El Excmo. Sr. Consejero de Educación, Juventud y Deporte, mediante Orden
núm. 20240000655, del día 05 de junio de 2024, ha dispuesto lo siguiente:
“Resultando preciso tener conocimiento de la disponibilidad de plazas
escolares concertadas en educación infantil de primer ciclo educativo por esta
Consejería de Educación, Juventud y Deporte para los próximos cursos escolares,
con el fin ser ofertadas por la misma en sus convocatorias de admisión de
alumnado de nuevo ingreso para las Escuelas de Educación Infantil dependientes
de esta
Administración, por su alto interés general y para el normal
funcionamiento básico de los servicios socioeducativos que las Escuelas de
Educación Infantil prestan, con sujeción a las Bases Reguladoras de aplicación
al PROCESO PARA LA CONCESIÓN, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DE
SUBVENCIONES DESTINADAS A LA IMPLEMENTACIÓN DE UN PROGRAMA DE ESCUELAS
INFANTILES PARA LOS PRÓXIMOS CURSOS ESCOLARES 2024/2025, 2025/2026, 2026/2027 y
2027/2028 aprobadas por el Consejo de Gobierno en su sesión resolutiva ordinaria
del día 03 de junio de 2024, en el ejercicio de las atribuciones que le
confiere el artículo treinta y tres del vigente Reglamento de Gobierno y
Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla,
VENGO
EN ORDENAR
la aprobación de la CONVOCATORIA
DEL PROCESO PARA LA CONCESIÓN, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DE
SUBVENCIONES DESTINADAS A LA IMPLEMENTCIÓN DE UN PROGRAMA DE ESCUELAS
INFANTILES PARA LOS PRÓXIMOS CURSOS
ESCOLARES 2024/2025, 2025/2026, 2026/2027 y 2027/2028 , a la que serán de
aplicación inexcusable las referidas bases, con las siguientes determinaciones:
Primero.- El objeto de la presente
convocatoria es el desarrollo de un programa concreto de educación infantil, en
cuya virtud la Ciudad Autónoma de Melilla apoyara financieramente el
funcionamiento de las escuelas de educación infantil que soliciten acogerse al mismo.
El coste inicial del programa asciende a 770.000 euros por cada uno de
los cuatros cursos escolares previstos, total 3.080.000,00 euros, y se financiará con cargo a la aplicación
presupuestaria 14/32101/47002 “Conciertos directos plazas Escuelas Infantiles”,
existiendo crédito suficiente a tenor de RC núm. 120240000012674 y RCFUT núm.
12024000012673, ambos de fecha 23 de abril de 2024.
La eficacia de la resolución de la convocatoria para los cursos
2025-2026, 20262027 y 2027-2028 está sujeta a la existencia de crédito
suficiente en los presupuestos de esta Ciudad Autónoma en las respectivas
anualidades a las que afecta.
Con dicho coste, del programa se beneficiarán 256 alumnos/as durante
cada curso, 2024-2025, 2025-2026,
2026-2027 y 2027-2028.
Pueden solicitar subvención las Escuelas de Educación Infantil
autorizadas por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deporte
para impartir el primer ciclo de educación infantil en la ciudad de Melilla.
Será requisito imprescindible para percibir la subvención encontrarse al
corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la
Seguridad Social, así como haber justificado, en plazo y forma, anteriores subvenciones de las que hubieran
sido beneficiarias.
Para la acreditación de tales requisitos las entidades participantes
deberán aportar la correspondiente documentación, o bien autorizar a la
Consejería de Educación, Juventud y Deporte para que recabe de las
Administraciones Públicas competentes la pertinente información.
Segundo.- La solicitud se formulará
en el modelo oficial que se facilitará por la Dirección General de Educación de
la Consejería de Educación, Juventud y
Deporte y que se podrá obtener en la web melilla.es ( se anexa modelo de
solicitud) y
deberá ser acompañada de Memoria de las actividades para las que se solicita la
subvención durante los cuatro cursos escolares con presupuesto detallado por
actividades y partidas.
Junto con la solicitud se presentará la documentación que acredite estar
autorizado por el Ministerio de Educación,
Formación Profesional y Deportes a impartir el primer ciclo de educación
infantil en la ciudad de Melilla.
Aquellas Escuelas de Educación Infantil que tengan, por anteriores
convocatorias, presentada ante la Consejería de Educación, Juventud y Deporte
la requerida autorización del citado Ministerio podrán abstenerse de
acompañarla a la solicitud.
Tercero.-
El plazo de presentación de solicitudes será
de DIEZ
DÍAS HABILES a partir de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín
Oficial de Melilla.
Cuarto.
Las
solicitudes se presentarán a través de Sede Electrónica de la Ciudad Autónoma
de Melilla con certificado digital, registros de las Oficinas de Proximidad, en
la Oficina de Información y Atención al Ciudadano de la Ciudad, en el Registro de la sede de la Dirección General de
Educación de la Consejería de Educación,
Juventud y Deporte, sita en Calle Querol nº 7,
sin perjuicio de la posible presentación en los registros que a tal
efecto establece el artículo 16 la Ley 39/2015 de 01 de Octubre, del
Procedimiento Administrativo Común.
Quinto.- Corresponde a la Dirección
General de Educación de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte la
instrucción del procedimiento, la cual realizará de oficio cuantas actuaciones
estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los
datos en virtud de los cuales debe pronunciarse la resolución.
El expediente de concesión contendrá el pronunciamiento del órgano
instructor en el que deberá constar que de la información que obra en su poder
se desprende que los beneficiarios cumplen los requisitos que se establecen en
la presente convocatoria.
El importe de la subvención y el número de plazas subvencionadas, a
razón de 3.000 euros, para cada uno de los cuatro cursos escolares 2024/2025,
2025/2026, 2026/2027 y 2027/2027 se determinará del siguiente modo:
Se asignará una cuantía lineal de
15.000 euros a cada escuela participante, por la cesión de 5 plazas para
alumnos/as del tramo 2-3 años, cifrándose el resto de la subvención y de las
plazas a ceder en proporción al número de éstas, referidas a los tramos de 1-2
años y de 2-3 años, que las Escuelas Infantiles oferten para ser cedidas
durante los cuatro próximos cursos escolares 2024-2025, 2025/2026, 2026/2027 y
2027/2028 teniéndose en consideración el
número total de aulas destinadas por la escuela infantil a dichos tramos de edad, con un máximo de
3.000,00 euros por plaza escolar.
La Escuelas de educación infantil deberán dar continuidad en el
siguiente curso escolar al alumnado que ocupe plaza en el tramo de 1-2 años,
hecho que deberán tener en consideración a la hora de formular el número de
plazas a solicitar en cada uno de los dos tramos de edad previstos 1-2 años y
2-3 años. Atendiendo a ello, cada Escuela Infantil concretará con la Dirección
General de Educación, antes del inicio de cada curso el número de plazas
disponibles del tramo 2-3 años para ser ofertadas en el pertinente proceso de
admisión de alumnado de nuevo ingreso que se convoque.
Se constituirá un órgano
colegiado competente para efectuar la propuesta de concesión que estará
compuesto como mínimo por el Director General de Educación, quien lo preside, y
dos empleados públicos además del
Secretario Técnico de la Consejería de
Educación, Juventud y Deporte, que actuará como secretario del mismo.
Se formulará propuesta de resolución provisional por el órgano
instructor, a la vista del expediente y del informe del órgano colegiado,
debidamente motivada, que de acuerdo con el artículo 45.b) de la Ley 39/2015, de 01 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se
notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de
Melilla, concediéndoles un plazo de diez días hábiles para presentar las
alegaciones que estimasen pertinentes. De existir éstas, el órgano colegiado
deberá pronunciarse sobre las mismas antes de formular la propuesta definitiva.
La propuesta de concesión definitiva se formulará por el Director
General de Educación al Sr. Consejero de Educación, Juventud y Deporte, que
será el competente para resolver la convocatoria.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del
procedimiento no podrá exceder de seis meses. El vencimiento del plazo máximo sin haberse
notificado la resolución, legitima a los interesados para entender desestimada
por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.
La resolución de la convocatoria se notificará a los interesados
mediante su publicación en el Boletín Oficial de Melilla.
Contra dicha resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabrá
interposición de recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad
Autónoma de Melilla, a interponer en el plazo de un mes contado a partir del
día siguiente al de la notificación de la misma, pudiendo presentarse el
recurso ante esta Consejería de Educación, Juventud y Deporte o bien
directamente ante el órgano competente para resolverlo, sin perjuicio de que
pueda el interesado ejercitar cualquier otro recurso que estime oportuno
Sexto.- La presente convocatoria se regirá por la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, su Reglamento de
desarrollo, el Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad de Melilla
publicado en BOME 4224, de 09 de septiembre de 2005, El Real Decreto 130/2019,
de 08 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones,
sujetándose a las bases reguladoras de concesión que rigen aprobadas por el
Consejo de Gobierno de esta Ciudad Autónoma mediante acuerdo adoptado en sesión
del día 03 de junio de 2024.
ANEXO. MODELO DE SOLICITUD.-
CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DE
SUBVENCIONES DESTINADAS A LA IMPLEMENTACIÓN DE UN PROGRAMA DE ESCUELAS
INFANTILES, CURSOS 2024/2025, 2025/2026, 2026/2027 y 2027/2028.
(
Se debe acompañar de Memoria de las actividades para las que se solicita la
subvención
durante los cuatro cursos escolares con
presupuesto detallado por actividades y partidas)
Detalles
de la entidad solicitante |
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Nombre |
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CIF/NIF |
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Número total de aulas destinadas a alumnos/as del tramo 1-2 años
=
Número total de aulas destinadas a alumnos/as del tramo 2-3 años
=
Información
a cumplimentar para los cursos
24-25,25-26, 26-27 y 27-28 |
Número
plazas ofertadas |
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Número de plazas
escolares disponibles a subvencionar que se ofertan para alumnado del tramo
1-2 años |
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Número de plazas
escolares disponibles a subvencionar que se ofertan para alumnado del tramo
2-3 años Se debe tener en consideración que las
Escuelas Infantiles deberán dar continuidad en el siguiente curso escolar al
alumnado que ocupe plaza en el tramo de 1-2 años. Por lo que el número de
plazas en este tramo debe ser mayor al anterior. |
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Persona
responsable de la solicitud |
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Nombre y apellidos |
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Cargo o función |
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Con
el percibo de la subvención LA ENTIDAD BENEFICIARIA SE COMPROMETE a poner a
disposición de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, para el curso
académico 2024-2025, las plazas que se determinen en la resolución de la
convocatoria, en iguales condiciones que las del resto de su alumnado, para su
oferta y adjudicación por la Consejería de Educación, Juventud y Deporte de
acuerdo con lo establecido en las Bases y Convocatoria que rigen.
Fecha y firma del solicitante |
La persona firmante: AUTORIZA expresamente a la Ciudad Autónoma de
Melilla la realización de consultas sobre los datos consignados en la
presente solicitud, la cesión de los mismos a otras Administraciones Públicas
a los efectos de control de la gestión, así como recabar de las
Administraciones Públicas, en particular de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria (AEAT) y las entidades gestoras de la Seguridad
Social, información o documentación acreditativa respecto del cumplimiento de
los requisitos establecidos para la concesión de la subvención. DECLARA que la entidad solicitante se
encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y
con la Seguridad Social, así como que carece de deudas con la Ciudad Autónoma
de Melilla y cumple los demás requisitos establecidos en el artículo 13 de la
Ley General de Subvenciones. |
La Consejería de Educación, Juventud y Deporte es la responsable del
tratamiento de los datos personales incluidos en este formulario que serán
incorporados al tratamiento de “ Convocatoria pública para la concesión, en
régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones destinadas a la
implementación de un programa de Escuelas Infantiles curso escolar 2024/2025”.
La finalidad del mismo es la tramitación de su solicitud de subvención en la
convocatoria a que hace referencia este
formulario. Los datos sólo podrán ser cedidos a terceros cuando ello resulte
necesario por motivos de control o gestión de sus competencias y al amparo de
una norma que lo legitime. Los derechos de los interesados relacionados en los
artículos 15 a 21 del Reglamento (UE)
2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 podrán
ejercerse utilizando los medios recogidos en la Política de Privacidad de la
Ciudad Autónoma de Melilla. Puede consultar la información adicional y
detallada sobre Protección de Datos en la Sede Electrónica de la Ciudad
Autónoma de Melilla ( https//sede,melilla.es) y en el Registro de Actividades
de Tratamiento.
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE.-
DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN.-“
De conformidad con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del procedimiento administrativo común, contra la presente resolución, que no
agota la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante el Excmo. Sr.
Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, a interponer en el plazo de un mes
contado a partir del día siguiente al de la notificación de la presente Orden,
pudiendo presentarse el recurso ante esta Consejería o bien directamente ante
el órgano competente para resolverlo, sin perjuicio de que pueda el interesado
ejercitar cualquier otro recurso que estime oportuno.
Lo que se publica en el Boletín Oficial de Melilla para general
conocimiento
Melilla 6 de junio de 2024,
El Secretario Técnico Acctal. de Educación,
Juventud y Deporte,
Joaquín M. Ledo Caballero