ARTÍCULO Nº 483 (CVE: BOME-A-2024-483) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6181 - martes, 11 de junio de 2024 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE


Orden nº 0655, de fecha 5 de junio de 2024, relativa a convocatoria del proceso para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones destinadas a la implementación de un programa de Escuelas Infantiles, para los próximos cursos escolares 2024/2025, 2025/2026, 2026/2027 y 2027/2028.

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El Excmo. Sr. Consejero de Educación, Juventud y Deporte, mediante Orden núm. 20240000655, del día 05 de junio de 2024, ha dispuesto lo siguiente:

“Resultando preciso tener conocimiento de la disponibilidad de plazas escolares concertadas en educación infantil de primer ciclo educativo por esta Consejería de Educación, Juventud y Deporte para los próximos cursos escolares, con el fin ser ofertadas por la misma en sus convocatorias de admisión de alumnado de nuevo ingreso para las Escuelas de Educación Infantil dependientes de esta

Administración, por su alto interés general y para el normal funcionamiento básico de los servicios socioeducativos que las Escuelas de Educación Infantil prestan, con sujeción a las Bases Reguladoras de aplicación al PROCESO PARA LA CONCESIÓN, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LA IMPLEMENTACIÓN DE UN PROGRAMA DE ESCUELAS INFANTILES PARA LOS PRÓXIMOS CURSOS ESCOLARES 2024/2025, 2025/2026, 2026/2027 y 2027/2028 aprobadas por el Consejo de Gobierno en su sesión resolutiva ordinaria del día 03 de junio  de 2024,  en el ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo treinta y tres del vigente Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla,

VENGO EN ORDENAR la aprobación de la CONVOCATORIA DEL PROCESO PARA LA CONCESIÓN, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LA IMPLEMENTCIÓN DE UN PROGRAMA DE ESCUELAS INFANTILES PARA  LOS PRÓXIMOS CURSOS ESCOLARES 2024/2025, 2025/2026, 2026/2027 y 2027/2028 , a la que serán de aplicación inexcusable las referidas bases, con las siguientes determinaciones:

Primero.- El objeto de la presente convocatoria es el desarrollo de un programa concreto de educación infantil, en cuya virtud la Ciudad Autónoma de Melilla apoyara financieramente el funcionamiento de las escuelas de educación infantil que soliciten acogerse al mismo.

El coste inicial del programa asciende a 770.000 euros por cada uno de los cuatros cursos escolares previstos, total 3.080.000,00 euros,  y se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 14/32101/47002 “Conciertos directos plazas Escuelas Infantiles”, existiendo crédito suficiente a tenor de RC núm. 120240000012674 y RCFUT núm. 12024000012673, ambos de fecha 23 de abril de 2024.

La eficacia de la resolución de la convocatoria para los cursos 2025-2026, 20262027 y 2027-2028 está sujeta a la existencia de crédito suficiente en los presupuestos de esta Ciudad Autónoma en las respectivas anualidades a las que afecta.

Con dicho coste, del programa se beneficiarán 256 alumnos/as durante cada curso,  2024-2025, 2025-2026, 2026-2027 y 2027-2028.

Pueden solicitar subvención las Escuelas de Educación Infantil autorizadas por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deporte para impartir el primer ciclo de educación infantil en la ciudad de Melilla.

Será requisito imprescindible para percibir la subvención encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como haber justificado, en plazo y forma,  anteriores subvenciones de las que hubieran sido beneficiarias.

Para la acreditación de tales requisitos las entidades participantes deberán aportar la correspondiente documentación, o bien autorizar a la Consejería de Educación, Juventud y Deporte para que recabe de las Administraciones Públicas competentes la pertinente información.

Segundo.- La solicitud se formulará en el modelo oficial que se facilitará por la Dirección General de Educación de la  Consejería de Educación, Juventud y Deporte y que se podrá obtener en la web melilla.es ( se anexa modelo de solicitud) y deberá ser acompañada de Memoria de las actividades para las que se solicita la subvención durante los cuatro cursos escolares con presupuesto detallado por actividades y partidas.

Junto con la solicitud se presentará la documentación que acredite estar autorizado por el Ministerio de Educación,  Formación Profesional y Deportes a impartir el primer ciclo de educación infantil en la ciudad de Melilla.

Aquellas Escuelas de Educación Infantil que tengan, por anteriores convocatorias, presentada ante la Consejería de Educación, Juventud y Deporte la requerida autorización del citado Ministerio podrán abstenerse de acompañarla a la solicitud.

Tercero.-  El plazo de presentación de solicitudes será de DIEZ DÍAS HABILES a partir de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Melilla.

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Cuarto. Las solicitudes se presentarán a través de Sede Electrónica de la Ciudad Autónoma de Melilla con certificado digital, registros de las Oficinas de Proximidad, en la Oficina de Información y Atención al Ciudadano de la Ciudad, en el Registro  de la sede de la Dirección General de Educación  de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, sita en Calle Querol nº 7,  sin perjuicio de la posible presentación en los registros que a tal efecto establece el artículo 16 la Ley 39/2015 de 01 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común.

Quinto.- Corresponde a la Dirección General de Educación de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte la instrucción del procedimiento, la cual realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe pronunciarse la resolución.

El expediente de concesión contendrá el pronunciamiento del órgano instructor en el que deberá constar que de la información que obra en su poder se desprende que los beneficiarios cumplen los requisitos que se establecen en la presente convocatoria.

El importe de la subvención y el número de plazas subvencionadas, a razón de 3.000 euros, para cada uno de los cuatro cursos escolares 2024/2025, 2025/2026, 2026/2027 y 2027/2027 se determinará del siguiente modo:

Se asignará  una cuantía lineal de 15.000 euros a cada escuela participante, por la cesión de 5 plazas para alumnos/as del tramo 2-3 años, cifrándose el resto de la subvención y de las plazas a ceder en proporción al número de éstas, referidas a los tramos de 1-2 años y de 2-3 años, que las Escuelas Infantiles oferten para ser cedidas durante los cuatro próximos cursos escolares 2024-2025, 2025/2026, 2026/2027 y 2027/2028  teniéndose en consideración el número total de aulas destinadas por la escuela infantil  a dichos tramos de edad, con un máximo de 3.000,00 euros por plaza escolar.

La Escuelas de educación infantil deberán dar continuidad en el siguiente curso escolar al alumnado que ocupe plaza en el tramo de 1-2 años, hecho que deberán tener en consideración a la hora de formular el número de plazas a solicitar en cada uno de los dos tramos de edad previstos 1-2 años y 2-3 años. Atendiendo a ello, cada Escuela Infantil concretará con la Dirección General de Educación, antes del inicio de cada curso el número de plazas disponibles del tramo 2-3 años para ser ofertadas en el pertinente proceso de admisión de alumnado de nuevo ingreso que se convoque.

Se constituirá un  órgano colegiado competente para efectuar la propuesta de concesión que estará compuesto como mínimo por el Director General de Educación, quien lo preside, y dos empleados públicos  además del Secretario Técnico de la  Consejería de Educación, Juventud y Deporte, que actuará como secretario del mismo.

Se formulará propuesta de resolución provisional por el órgano instructor, a la vista del expediente y del informe del órgano colegiado, debidamente motivada, que de acuerdo con el artículo   45.b) de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de Melilla, concediéndoles un plazo de diez días hábiles para presentar las alegaciones que estimasen pertinentes. De existir éstas, el órgano colegiado deberá pronunciarse sobre las mismas antes de formular la propuesta definitiva.

La propuesta de concesión definitiva se formulará por el Director General de Educación al Sr. Consejero de Educación, Juventud y Deporte, que será el competente para resolver la convocatoria.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses. El  vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución, legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.

La resolución de la convocatoria se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de Melilla.

Contra dicha resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabrá interposición de recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, a interponer en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de la misma, pudiendo presentarse el recurso ante esta Consejería de Educación, Juventud y Deporte o bien directamente ante el órgano competente para resolverlo, sin perjuicio de que pueda el interesado ejercitar cualquier otro recurso que estime oportuno

Sexto.- La presente convocatoria se regirá por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, su Reglamento de desarrollo, el Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad de Melilla publicado en BOME 4224, de 09 de septiembre de 2005, El Real Decreto 130/2019, de 08 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones, sujetándose a las bases reguladoras de concesión que rigen aprobadas por el Consejo de Gobierno de esta Ciudad Autónoma mediante acuerdo adoptado en sesión del día 03 de junio de 2024.


 

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ANEXO. MODELO DE SOLICITUD.-

CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LA IMPLEMENTACIÓN DE UN PROGRAMA DE ESCUELAS INFANTILES, CURSOS 2024/2025, 2025/2026, 2026/2027 y 2027/2028.

( Se debe acompañar de Memoria de las actividades para las que se solicita la subvención durante los cuatro cursos escolares con presupuesto detallado por actividades y partidas)

 

Detalles de la entidad solicitante

Nombre

 

CIF/NIF

 

Número total de aulas destinadas a alumnos/as del tramo 1-2 años  =

Número total de aulas destinadas a alumnos/as del tramo 2-3 años  =

Información a cumplimentar  para los cursos 24-25,25-26, 26-27 y 27-28

 

Número plazas  ofertadas

 

Número de plazas escolares disponibles a subvencionar que se ofertan para alumnado del tramo 1-2 años

 

Número de plazas escolares disponibles a subvencionar que se ofertan para alumnado del tramo 2-3 años

Se debe tener en consideración que las Escuelas Infantiles deberán dar continuidad en el siguiente curso escolar al alumnado que ocupe plaza en el tramo de 1-2 años. Por lo que el número de plazas en este tramo debe ser mayor al anterior.

 

Persona responsable de la solicitud

 

Nombre y apellidos

 

 

Cargo o función

 

 

 

Con el percibo de la subvención LA ENTIDAD BENEFICIARIA SE COMPROMETE a poner a disposición de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, para el curso académico 2024-2025, las plazas que se determinen en la resolución de la convocatoria, en iguales condiciones que las del resto de su alumnado, para su oferta y adjudicación por la Consejería de Educación, Juventud y Deporte de acuerdo con lo establecido en las Bases y Convocatoria que rigen.

 

Fecha y firma del solicitante

La persona firmante:

AUTORIZA expresamente a la Ciudad Autónoma de Melilla la realización de consultas sobre los datos consignados en la presente solicitud, la cesión de los mismos a otras Administraciones Públicas a los efectos de control de la gestión, así como recabar de las Administraciones Públicas, en particular de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y las entidades gestoras de la Seguridad Social, información o documentación acreditativa respecto del cumplimiento de los requisitos establecidos para la concesión de la subvención.

DECLARA que la entidad solicitante se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como que carece de deudas con la Ciudad Autónoma de Melilla y cumple los demás requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

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La Consejería de Educación, Juventud y Deporte es la responsable del tratamiento de los datos personales incluidos en este formulario que serán incorporados al tratamiento de “ Convocatoria pública para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones destinadas a la implementación de un programa de Escuelas Infantiles curso escolar 2024/2025”. La finalidad del mismo es la tramitación de su solicitud de subvención en la convocatoria a  que hace referencia este formulario. Los datos sólo podrán ser cedidos a terceros cuando ello resulte necesario por motivos de control o gestión de sus competencias y al amparo de una norma que lo legitime. Los derechos de los interesados relacionados en los artículos 15 a 21 del  Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 podrán ejercerse utilizando los medios recogidos en la Política de Privacidad de la Ciudad Autónoma de Melilla. Puede consultar la información adicional y detallada sobre Protección de Datos en la Sede Electrónica de la Ciudad Autónoma de Melilla ( https//sede,melilla.es) y en el Registro de Actividades de Tratamiento.

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE.-

DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN.-“

De conformidad con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, a interponer en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de la presente Orden, pudiendo presentarse el recurso ante esta Consejería o bien directamente ante el órgano competente para resolverlo, sin perjuicio de que pueda el interesado ejercitar cualquier otro recurso que estime oportuno.

Lo que se publica en el Boletín Oficial de Melilla para general conocimiento

 

Melilla 6 de junio de 2024,

El Secretario Técnico Acctal. de Educación, Juventud y Deporte,

Joaquín M. Ledo Caballero