ARTÍCULO Nº 491 (CVE: BOME-A-2024-491) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6182 - viernes, 14 de junio de 2024 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD


Orden nº 2134, de fecha 7 de junio de 2024, relativa a constitución del tribunal de selección para la provisión de una plaza de Psicólogo, Personal Laboral, por el procedimiento de concurso-oposición libre.

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La titular de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, mediante Orden/Resolución de 07/06/2024, registrada al número 2024002134, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

De conformidad con lo dispuesto en la Base Octava de las “Bases que rigen los procesos selectivos para la estabilización de empleo temporal de larga duración prevista en el Artículo 2 de la Ley 20/2021, de fecha 28 de diciembre” (BOME extr. número 78 , de 15 de diciembre de 2023),

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 326/2023, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

Que el Tribunal de Selección para la provisión de una plaza de Psicólogo, personal laboral, por el procedimiento de concurso-oposición libre, quede constituido por las siguientes personas:

TRIBUNAL TITULAR

 

PRESIDENTE:

Dª. Elena Mengual Pintos

VOCALES:

D. José M. López Jiménez

D. Antonio Carmona Saavedra

Dª. Lubna Abselam El Uarty

D. José A. Torres Aranda

D. Gonzalo M. Mata Bendito

D. Mohamed Mohamed Salah

SECRETARIA:

Dª. Pilar Cabo León

 

TRIBUNAL SUPLENTE

 

PRESIDENTE:

D. Juan Ignacio Rodríguez Salcedo

VOCALES:

D. Pedro Márquez Díaz

D. Francisco J. Platero Lázaro

D. Victoriano Santamaría Martínez

Dª. Rosa Casabona López

Dª. Paula Calzado Liarte

D. Francisco J. Cordero Miguel

SECRETARIA:

Dª. Mª. Carmen Barranquero Aguilar

El Tribunal de Selección se reunirá previamente para su constitución y desarrollo del proceso selectivo.

Publíquese esta Orden en el Boletín Oficial de la Ciudad y en la web de la CAM, advirtiendo a los aspirantes que podrán recusar a los componentes de los Tribunales por causa legal y procedentes prevista en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Contra esta ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo 
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establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que se publica para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla 10 de junio de 2024,

El Secretario Técnico de Administración Pública,

Francisco José Rubio Soler