ARTÍCULO Nº 491 (CVE: BOME-A-2024-491) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6182 - viernes, 14 de junio de 2024 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD
Orden nº 2134, de fecha 7 de junio de 2024, relativa a constitución del tribunal de selección para la provisión de una plaza de Psicólogo, Personal Laboral, por el procedimiento de concurso-oposición libre.
La titular de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e
Igualdad, mediante Orden/Resolución
de
07/06/2024, registrada al número 2024002134, en el Libro Oficial de
Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:
De conformidad con lo dispuesto en la Base Octava de las “Bases que
rigen los procesos selectivos para la estabilización de empleo temporal de
larga duración prevista en el Artículo 2 de la Ley 20/2021, de fecha 28 de
diciembre” (BOME extr. número 78 , de 15 de diciembre de 2023),
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 326/2023, en virtud de
las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
Que el Tribunal de Selección para la provisión de una plaza de
Psicólogo, personal laboral, por el procedimiento de concurso-oposición libre,
quede constituido por las siguientes personas:
TRIBUNAL TITULAR
PRESIDENTE:
Dª. Elena Mengual Pintos
VOCALES:
D. José M. López Jiménez
D. Antonio Carmona Saavedra
Dª. Lubna Abselam El Uarty
D. José A. Torres Aranda
D. Gonzalo M. Mata Bendito
D. Mohamed Mohamed Salah
SECRETARIA:
Dª. Pilar Cabo León
TRIBUNAL SUPLENTE
PRESIDENTE:
D. Juan Ignacio Rodríguez Salcedo
VOCALES:
D. Pedro Márquez Díaz
D. Francisco J. Platero Lázaro
D. Victoriano Santamaría Martínez
Dª. Rosa Casabona López
Dª. Paula Calzado Liarte
D. Francisco J. Cordero Miguel
SECRETARIA:
Dª. Mª. Carmen Barranquero Aguilar
El Tribunal de Selección se reunirá previamente para su constitución y
desarrollo del proceso selectivo.
Publíquese esta Orden en el Boletín Oficial de la Ciudad y en la web de
la CAM, advirtiendo a los aspirantes que podrán recusar a los componentes de
los Tribunales por causa legal y procedentes prevista en el artículo 24 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Contra esta ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá
interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente
al de la notificación o publicación de la presente.
establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la
Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2
de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE
número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres
meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender
desestimado el recurso de alzada interpuesto.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree
conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se publica para su conocimiento y efectos oportunos.
Melilla 10 de junio de 2024,
El Secretario Técnico de Administración Pública,
Francisco José Rubio Soler