ARTÍCULO Nº 504 (CVE: BOME-A-2024-504) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6182 - viernes, 14 de junio de 2024 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - DELEGACIÓN DE GOBIERNO EN MELILLA - Área de Trabajo e Inmigración


Resolución y acta del acuerdo de la comisión negociadora del convenio colectivo de la construcción de la Ciudad Autónoma de Melilla.

BOME-P-2024-1606 Descargar página

Visto el texto del Acta del Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de la Construcción   de la Ciudad Autónoma de Melilla, que fue suscrito con fecha 11 de marzo de 2024, de una parte por La Asociación  Empresarial  Constructores Asociados de Melilla (COADEME), en representación de las empresas del sector, y de otra por los sindicatos UGT y CC.OO, en representación de los trabajadores, por el que se acuerda y aprueba  el plan de pensiones para el año 2024; y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo,

La Delegada del Gobierno en Melilla, es competente para resolver el presente expediente a tenor de lo dispuesto en el  REAL DECRETO 2725/1998, de 18 de diciembre, artículo 4 apartado 2: “Los Delegados del Gobierno en la ciudades de Ceuta y Melilla asumirán las competencias resolutorias o de emisión de propuestas de resolución de los respectivos Directores de Trabajo e Inmigración de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno”.

Por Resolución del Delegado del Gobierno en Melilla, de fecha 11 de mayo de 2000, BOME 15 de abril, se delegó en el Director del Área de Trabajo y Asuntos Sociales, hoy Área de Trabajo e Inmigración de esta Delegación del Gobierno en su ámbito territorial de actuación, la competencia de resolver: Expedientes de Regulación de Empleo, Registro y Depósito de Convenios Colectivos y Registro e Inscripción de Cooperativas.

ACUERDA

Primero.-

Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.-    

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla».

 

Melilla, 7 de junio de 2024

La Directora del Área de Trabajo e Inmigración,

Elena Nieto Delgado
BOME-P-2024-1607 Descargar página

ACTA FINAL DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA  CONSTRUCCIÓN DE LA CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA

REUNIÓN CELEBRADA EL 11 DE MARZO DE 2024

En Melilla, a las 19,00 horas del día 11 de marzo de 2024, en los locales de la CEME, se reúnen las siguientes personas:

Por la Asociación de Empresarial: Constructores Asociados de Melilla (COADEME).

Guillermo Remartínez Burkhalter (Presidente de COADEME)

Francisco García Sánchez (Vicepresidente de COADEME)

Por los Sindicatos:

Jalid Driss Boujamma (UGT) 

Asesor: Samir Elghadef Mohamed (UGT)

Francisco López Fernández (CC.OO.)

ACUERDAN:

Incorporar al actual Convenio Provincial, las Contribuciones al Plan de pensiones para el año 2024, las cuales se incorporan en las columnas de la derecha de las Tablas Salariales que fueron publicadas en el BOME de 16 de diciembre del 2022 y que se adjunta a continuación, según lo pactado en el artículo 56 apartado 2.c) del VII Convenio Colectivo General del Sector de la Construcción (CGSC), publicado en el Boletín Oficial del Estado el 23 de septiembre del 2023.

La cuantía será:

En 2024, de un 1,00 por ciento del importe de los conceptos salariales de las tablas de 2021 del convenio colectivo que resulte de aplicación, más un 0,25 por ciento del importe de los conceptos salariales de las tablas de 2023 del convenio colectivo que resulte de aplicación, si la persona trabajadora prestase servicios durante todo el año 2024 a tiempo completo o, en su defecto, de la parte proporcional correspondiente.

En 2025 se renegociarán las contribuciones al plan de pensiones.

 
BOME-P-2024-1608 Descargar página

 

TABLA SALARIAL 2024 PARA OPERARIOS (incremento 2,75% sobre 2023)

 

Nivel Prof.

S. Base día

Plus Resid. día

Plus Asist. día

Herramient. día

Transporte día

Vacaciones año

Paga Extra semestral

RETRIBUCION ANUAL (*)

Dieta día

1/2 Dieta día

H. Extra

Plan Pensiones año

Plan Pensiones día

Peón ordinario

XII

31,44 €

7,86 €

2,94 €

0,00 €

3,07 €

1.495,82 €

1.495,82 €

18.957,13 €

47,17 €

10,10 €

14,49 €

181,74 €

0,498 €

Peón especialista

XI

31,90 €

7,98 €

2,92 €

0,00 €

3,07 €

1.526,91 €

1.526,91 €

19.240,36 €

47,17 €

10,10 €

15,12 €

184,58 €

0,506 €

Ayudante de oficio

X

31,98 €

7,99 €

3,03 €

1,04 €

3,07 €

1.528,99 €

1.528,96 €

19.526,24 €

47,17 €

10,10 €

15,76 €

185,19 €

0,507 €

Oficial 2ª

IX

32,42 €

8,11 €

3,08 €

1,04 €

3,07 €

1.601,18 €

1.601,18 €

19.941,32 €

47,17 €

10,10 €

16,35 €

189,57 €

0,519 €

Oficial 1ª

VIII

33,23 €

8,31 €

4,19 €

1,04 €

3,07 €

1.705,55 €

1.705,58 €

20.833,71 €

47,17 €

10,10 €

17,01 €

199,16 €

0,546 €

Capataz

VII

34,30 €

8,58 €

3,96 €

0,00 €

3,07 €

1.741,94 €

1.741,94 €

21.116,13 €

46,08 €

10,10 €

17,65 €

204,00 €

0,559 €

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

TABLA SALARIAL 2024 PARA DIRECTIVOS, ADMINISTRATIVOS Y TECNICOS  (incremento 2,75% sobre 2023)

 

Nivel Prof.

S. Base mes

Plus Resid.Mes

Plus Asist.Mes

Herramient. Mes

Transporte mes

Vacaciones año

Paga Extra semestral

RETRIBUCION ANUAL (*)

Dieta día

1/2 Dieta día

H. Extra

Plan Pensiones año

Plan Pensiones día

Aux.Adtvo.

IX

959,75 €

239,92 €

93,55 €

0,00 €

63,98 €

1.633,78 €

1.633,78 €

19.830,54 €

47,18 €

10,10 €

16,78 €

203,59 €

0,558 €

Adtvo de 1ª

VIII

978,34 €

244,59 €

72,96 €

0,00 €

63,98 €

1.723,24 €

1.723,24 €

20.128,29 €

47,18 €

10,10 €

17,18 €

206,43 €

0,566 €

Adtvo de 2ª

VII

1.000,82 €

250,22 €

62,26 €

0,00 €

63,98 €

1.760,03 €

1.760,03 €

20.430,17 €

47,18 €

10,10 €

17,83 €

209,35 €

0,574 €

Encargado Obra / Jefe sección

VI

1.050,02 €

262,51 €

62,26 €

0,00 €

63,98 €

1.847,16 €

1.847,16 €

21.367,95 €

47,18 €

10,10 €

18,70 €

219,24 €

0,601 €

Jefe Adtvo

V

1.122,09 €

280,52 €

62,26 €

0,00 €

63,98 €

1.969,13 €

1.969,13 €

22.724,74 €

47,18 €

10,10 €

19,91 €

233,52 €

0,640 €

Jefe de fabricación

IV

1.173,64 €

293,39 €

62,26 €

0,00 €

63,98 €

2.056,26 €

2.056,26 €

23.694,75 €

47,18 €

10,10 €

20,84 €

243,74 €

0,668 €

Titulado Medio

III

1.194,20 €

298,55 €

62,26 €

0,00 €

63,98 €

2.091,10 €

2.091,10 €

24.082,19 €

47,18 €

10,10 €

21,17 €

247,81 €

0,679 €

Titulado Superior

II

1.297,20 €

324,28 €

62,26 €

0,00 €

63,98 €

2.265,32 €

2.265,32 €

26.020,88 €

47,18 €

10,10 €

22,94 €

268,23 €

0,735 €

 

Y sin otros asuntos que tratar se levanta la sesión, en el lugar y fecha al principio citados, firmando los presentes en prueba de conformidad.