ARTÍCULO Nº 512 (CVE: BOME-A-2024-512) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6183 - martes, 18 de junio de 2024 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE


Orden nº 679, de fecha 11 de junio de 2024, relativa a convocatoria del curso escolar 2024-2025 de la Escuela de Enseñanzas Artísticas “Tierno Galván”.

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El Excmo. Sr. Consejero de Educación, Juventud y Deporte, mediante Orden número 202400000679 del día 11 de junio  de 2024, ha dispuesto lo siguiente:

“Al objeto de preparar el inicio del curso 2024-2025 de la ESCUELA DE ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS “TIERNO GALVÁN” DE LA CIUDAD AUTÓNOMA

DE MELILLA, de conformidad con las atribuciones que me confieren el artículo 33 del Reglamento del Gobierno y la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario nº 2 de 30 de Enero de 2017) en concordancia con  el Decreto de Distribución de Competencias entre las Consejerías de la Ciudad (BOME Extraord. 54 del día 31 de julio de 2024), VENGO EN ORDENAR:

La Convocatoria del Curso Escolar 2024-2025 de la Escuela de Enseñanzas Artísticas “Tierno Galván” de la Ciudad Autónoma de Melilla, con sujeción a las siguientes determinaciones:

1º.- Las asignaturas que se podrán cursar durante el curso 2024-2025 son las siguientes: Dibujo, Pintura, Cerámica,  Iniciación al Dibujo, Iniciación a la Pintura e Iniciación a la Cerámica.

2º.- El plazo de solicitudes y matriculación para alumnado de nuevo ingreso y continuidad quedará abierto desde el día 20 de junio de 2024 hasta cubrir vacantes. Por ello, las personas  interesadas deberán, previamente a la tramitación de la matricula, informarse en el propio centro acerca de la existencia de plazas vacantes.

3º- Las plazas vacantes existentes para los/as alumnos/as de nuevo ingreso, se adjudicaran, en el caso de que el número de solicitudes exceda al de plazas vacantes en la asignatura correspondiente, por orden de presentación de las solicitudes.

4º.- La edad mínima de los/as alumnos/as de todas las especialidades será de ocho años cumplidos dentro del año de inicio del curso .

5º.- De acuerdo con la vigente Ordenanza Fiscal de aplicación, (BOME extraordinario nº 21 (II) de  30 de Diciembre de 2009), el  importe de las matrículas a satisfacer será el siguiente: 45,00 euros por asignatura curso completo.             

Los titulares del Carné Joven, expedido por la Ciudad Autónoma de Melilla y restantes Comunidades Autónomas y países firmantes del Protocolo de Lisboa del día 1 de Junio de 1987 gozarán de una bonificación del 25% de las tarifas.

Las familias numerosas de primera clase (General) disfrutarán de una reducción del 50 % y las de segunda clase o de honor (Especial) del 100% del importe de la matrícula.

La condición de familia numerosa se acreditará mediante fotocopia del título que acredite tal condición.

Los sujetos pasivos mayores de 65 años gozarán de una bonificación de 50% del importe de la tasa correspondiente.

6º.-  Solicitudes  se formulará en modelo oficial que se podrá obtener a través de la web oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla ( www.melilla.es) y podrán presentarse en el Registro de la Dirección General de Educación  de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, sin perjuicio de la posible presentación en los registros habilitados de esta Administración y aquellos  que a tal efecto establece el artículo  16 de la Ley 39/2015 de 01 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

7º.-  Las matrículas se formalizarán en la Dirección General de Educación,  los días laborales de lunes a viernes  de 09,00 a 13.30 horas. Debiéndose aportar copia del DNI o Tarjeta de Residencia en vigor, acompañando todos los/as alumnos/as una fotografía de tamaño carné del alumno ( para alumnado de nueva incorporación) , así como el resguardo del ingreso bancario de la cantidad correspondiente a la matrícula, en el número de cuenta ES68 0049 2506 14 2814180049 del Banco de Santander.

8.-  La Dirección General de Educción es la responsable del tratamiento de los datos personales incluidos en las solicitudes. La finalidad de la obtención de dichos datos  es la tramitación de las 
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solicitudes de inscripción en la especialidad docente al que hará referencia la solicitud. Los datos sólo podrán ser cedidos a terceros cuando ello resulte necesario por motivos de control o gestión de sus competencias y al amparo de una norma que lo legitime. Los derechos de los interesados relacionados en los artículos 15 a 21 del  Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 podrán ejercerse utilizando los medios recogidos en la Política de Privacidad de la Ciudad Autónoma de Melilla. Puede consultar la información adicional y detallada sobre Protección de Datos en el Registro de Actividades de Tratamiento de la Sede Electrónica de la Ciudad Autónoma de Melilla. https://sede.melilla.es

Lo que se publica en el Boletín Oficial de Melilla,  en aplicación del artículo 45.1.a) de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública, advirtiendo que contra  la presente orden, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de Alzada en el plazo de un mes ante el Excmo. Sr. Presiente de la Ciudad Autónoma de Melilla, en los términos previstos en los artículos 121 y 122 de la mencionada Ley 39/2015, de 01 de Octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, pudiendo, no obstante, los interesados, bajo su responsabilidad, interponer cualquier otro recurso que estimen procedente .

 

Melilla, 11 de junio de 2024,

El Secretario Técnico Acctal. de Educación, Juventud y Deporte,

Joaquín M. Ledo Caballero