ARTÍCULO Nº 527 (CVE: BOME-A-2024-527) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6184 - viernes, 21 de junio de 2024 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD
Orden nº 2208, de fecha 14 de junio de 2024, relativa a comisión de baremación para la valoración de méritos para la constitución de Bosa de Trabajo para contrataciones temporales y nombramientos de funcionarios interinos, en la categoría de Ingeniero Técnico de Obras Públicas.
La titular de
la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, mediante
Orden/Resolución
de 14/06/2024, registrada al número
2024002208, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto
lo siguiente:
De
conformidad con lo dispuesto en las “Bases de la convocatoria para la
constitución de Bolsas de Trabajo para contrataciones temporales y nombramiento
de funcionarios interinos de la Ciudad Autónoma de Melilla” (artículo 4), en la
categoría de Ingeniero Técnico de Obras Públicas, publicadas en el BOME extr.
número 81, de 8 de noviembre de 2023,
De acuerdo
con lo anterior, y visto el expediente 40556/2023, en virtud de las
competencias que tengo atribuidas, VENGO
EN DISPONER
La Comisión
de Baremación para la valoración de los méritos de los aspirantes a la
mencionada Bolsa de Trabajo estará formado por las siguientes personas:
COMISIÓN TITULAR
PRESIDENTE:
D.
Ernesto Rodríguez Gimeno
VOCALES:
D.
Francisco Álvarez Ramos
Dª.
Noelia Jodar García
Dª. Paula
Calzado Liarte
D. José
C. Medero Ramírez
SECRETARIO:
D. Juan
L. Villaseca Villanueva
COMISIÓN SUPLENTE
PRESIDENTE:
D. Luis
Mayor Olea
VOCALES:
D. Diego
Giner Gutiérrez
D.
Antonio Carmona Saavedra
Dª.
Francisca Torres Belmonte
Dª. Pilar
Cabo León
SECRETARIA:
Dª. Gema
Viñas del Castillo
Publíquese
esta Orden en el Boletín Oficial de la Ciudad y Tablón de Anuncios, advirtiendo
a los aspirantes que podrán recusar a los componentes de las comisiones por
causa legal y procedentes prevista en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Contra esta
ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la
notificación o publicación de la presente.
Dicho recurso
podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la
Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución
recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento
del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME
Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo
máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido
este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso
de alzada interpuesto.
No obstante,
podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su
responsabilidad.
Lo que se
notifica para su publicación.
Melilla
18 de junio de 2024,
El
Secretario Técnico de Administración Pública,
Francisco
José Rubio Soler