ARTÍCULO Nº 548 (CVE: BOME-A-2024-548) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6186 - viernes, 28 de junio de 2024 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA


Orden nº 2042, de fecha 21 de junio de 2024, relativa a modificación calendario de vacunación (Prevenar 13 a Prevenar 20).

BOME-P-2024-1789 Descargar página

El/La titular de la Consejería/Viceconsejería, mediante Orden/Resolución de 21/06/2024, registrada al número 2024002042, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

MODIFICACIÓN CALENDARIO DE VACUNACIÓN (PREVENAR 13 A PREVENAR 20)

PRIMERO.- Conforme a lo dispuesto en el Decreto de Consejo de Gobierno de fecha 28 de julio de 2023 (BOME extraordinario núm. 54, de 31 de julio de 2023 ), por el que se atribuyen competencias a las Consejerías de la Ciudad Autónoma de Melilla y dentro de la programación de las actuaciones en materia de Salud Pública se encuentran las actuaciones relativas a la PREVENCIÓN DE ENFERMEDADES Y VACUNACIONES.

SEGUNDO.- Con fecha de 18 de junio de 2024 el médico de Salud Pública emite informe técnico favorable para intercambio de la Vacuna frente al neumococo Prevenar 13 por otra de mayor número de serotipos, Prevenar 20, el calendario de vacunación de esa vacuna debe ser modificado de acuerdo con las indicaciones que se detallan a continuación.

Con motivo del intercambio de la vacuna frente al neumococo, Prevenar 13, por otra de mayor número de serotipos, Prevenar 20, el calendario de esta vacuna debe ser modificado de la manera que se indica a continuación.

VACUNACIÓN INFANTIL FRENTE AL NEUMOCOCO

A partir del 1 de julio de 2024, se procederá al cambio en la vacunación infantil frente al neumococo, de Prevenar 13 a Prevenar 20.

La pauta, hasta ahora seguida, de Prevenar 13 ha sido la de 2, 4 y 11 meses (2+1).

La pauta que se seguirá con la implantación de Prevenar 20 será de 2, 4, 6 y 11 meses (3+1).

Todos los lactantes que comiencen la vacunación a los 2 meses, lo harán con Prevenar 20 y lo harán con la pauta (3+1): a los 2, 4, 6 y 11 meses.

Los lactantes que ya hayan sido vacunados con una dosis de Prevenar 13, a los 2 meses, deberán continuar con la pauta de 3 dosis adicionales (a los 4, 6 y 11 meses) con Prevenar 20.

Los lactantes que ya hayan sido vacunados con dos dosis de Prevenar 13, a los 2 y 4 meses, deberán continuar con la pauta de 2 dosis adicionales (a los 6 y 11 meses) con Prevenar 20 (Si tuvieran los 7 meses cumplidos  o más, sólo recibirán una dosis a los 11 meses).

Los lactantes que hayan sido vacunados con las tres dosis de Prevenar 13, a los 2, 4 y 11 meses, no deberán recibir ninguna otra dosis de vacunación.

 

FECHA DE NACIMIENTO

VACUNAS RECIBIDAS

PAUTA PREVENAR 20

EDAD ADMINISTRACIÓN

< 2 meses

Ninguna dosis

4 dosis

2, 4, 6 Y 11 meses

< 4 meses

1 dosis Prevenar 13

3 dosis

4, 6 y 11 meses

< 7 meses

2 dosis Prevenar 13

2 dosis*

6 y 11 meses

7-11 meses

3 dosis Prevenar 13

0 dosis

-

 

*Si tuvieran los 7 meses cumplidos o más, sólo recibirán una dosis a los 11 meses.

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 20093/2024, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER:

PRIMERO: AUTORIZAR el intercambio de la vacuna frente al neumococo Prevenar 13 por otra de mayor número de serotipos, Prevenar 20, atendiendo al calendario de vacunación indicado.

SEGUNDO: Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME).

Contra esta ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

BOME-P-2024-1790 Descargar página

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla 24 de junio de 2024,

El Secretario Técnico de Políticas Sociales y Salud Pública,

Victoriano Juan Santamaría Martínez