ARTÍCULO Nº 559 (CVE: BOME-A-2024-559) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6187 - martes, 2 de julio de 2024 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - PATRONATO DE TURISMO DE MELILLA - PATRONATO DE TURISMO DE MELILLA
Adenda de prórroga al convenio de colaboración entre la Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y de Fomento, y África Travel S.L.
Esta Consejería, por acuerdo del órgano competente,
ha procedido a la aprobación de la ADENDA DE PRÓRROGA AL CONVENIO DE
COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACIÓN TECNOLÓGICA,
TURISMO Y DE FOMENTO Y ÁFRICA TRAVEL S.L, habiendo sido inscrito en el Registro
de Convenios de la Ciudad Autónoma de Melilla con número CON2400125 y firmada
el día 14 de junio de 2024
El CONVENIO AFRICA TRAVEL PARA EJECUCION DECRETO
REGULADOR DE LA BONIFICACIÓN DE PAQUETES TURÍSTICOS CON DESTINO MELILLA 2021, fue
inscrito en el Registro de Convenios de la Ciudad Autónoma de Melilla con
número CON2100119 y con los siguientes datos:
Consejería:
CONSEJERIA DE ECONOMIA, COMERCIO,INNO,TUR Y FOMENT
Datos de Aprobación:
Órgano Número Fecha Entidad: |
Consejo de Gobierno 2021000627 26/08/2021 ES-B5201044-4 (AFRICA TRAVEL S.L) |
Fecha de formalización: 31/08/2021
De acuerdo con la normativa vigente de aplicación
se procede a la publicación de la adenda para su general conocimiento.
Melilla 27 de junio de 2024,
El Secretario Técnico del Patronato de
Turismo,
Arturo Jiménez Cano
ANEXO
ADENDA DE PRÓRROGA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE
ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACIÓN TECNOLÓGICA, TURISMO Y DE FOMENTO Y ÁFRICA
TRAVEL S.L.
En Melilla a 14 de junio de 2024
REUNIDOS
De una parte, D. Ildefonso Jesús
Menéndez Sáez, en representación de la siguiente Entidad Colaboradora: ÁFRICA
TRAVEL S.L. con C.I.F. B52010444 y, otra parte, la Ciudad Autónoma de Melilla,
representada por el Consejero de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica,
Turismo y de Fomento y Presidente del Patronato de Turismo con CIF S7900010E, en virtud de las atribuciones que
tiene conferidas según Decreto de nombramiento del Presidente de la Ciudad
Autónoma de Melilla, de fecha 10 de julio de 2023 (BOME núm. 45 extraord. de 10
de julio) y al amparo del Decreto de Distribución de Competencias entre Consejerías
y del artículo 33.5 letra j) del Reglamento del Gobierno y de la Administración
de la Ciudad (BOME extraord. núm. 2 de 30 de enero de 2017).
Ambas partes se reconocen mutuamente
la capacidad necesaria para obligar a las entidades respectivas.
EXPONEN
1.
Que ÁFRICA TRAVEL S.L. y la Ciudad
Autónoma de Melilla suscribieron en el 2021 un CONVENIO DE ADHESIÓN AL PROGRAMA
DE BONIFICACIÓN DE PAQUETES TURÍSTICOS CON DESTINO MELILLA con fecha de
aprobación 26/08/2021
2.
Que la cláusula Décima del Convenio
de Colaboración citado señalaba la posibilidad de prórroga del mismo hasta un
máximo de 6 años
3.
Que el artículo 4 letra b) del
Decreto Regulador de la Bonificación de Paquetes Turísticos con Destino Melilla
, Decreto núm. 1043 de 23 de agosto de 2021, dispone que “Las cuantías
señaladas podrán ser modificadas mediante Orden del Consejero competente en
materia de Turismo, atendiendo a las circunstancias de prestación del servicio,
volumen de la demanda de ayudas, evolución de los datos turísticos, u otros
factores debidamente motivados, publicándose en el Boletín Oficial de la Ciudad
y fijándose en el convenio con la entidad colaboradora, en su caso”
ACUERDAN
PRIMERO. OBJETO
1.
Prorrogar el Convenio por dos años,
en los términos señalados en el mismo.
2.
Fijar las nuevas cuantías de la
siguiente manera (conforme Orden de fecha 3/06/2024 registrada al número
2024001281 relativa a la Convocatoria extraordinaria de subvenciones para la
bonificación de paquetes turísticos con destino Melilla año 2024, publicada en
el BOME N º 6182 de fecha 14/06/2024)
Cuantía y condiciones de las ayudas:
a) Para el transporte marítimo:
consistirá en la aplicación de un descuento por persona de un 75% sobre el
importe neto del precio del billete del trayecto de ida y vuelta desde Málaga, Almería o Motril, con el
siguiente límite:
a.
Butaca: 50 euros
b.
Camarote individual: 125 euros
c.
Camarote doble: 100 euros
d.
Camarote triple: 90 euros
e.
Camarote Cuádruple: 80 euros
b) Para el transporte aéreo:
Consistirá en la aplicación de un
descuento del 75% sobre el importe neto del billete por persona para los vuelos
de ida y vuelta desde:
-
Madrid, Barcelona
y otros de origen distinto, con exclusión de Baleares,
Canarias y Ceuta, al disfrutar ya de la bonificación por residente, con un límite de 360 euros sobre
el importe neto del billete por persona para los vuelos de ida y vuelta.
-
Málaga, con 200 euros de límite sobre el importe neto del billete por
persona para los vuelos de ida y vuelta y
-Sevilla, Granada y Almería, declaradas de Obligación de Servicio
Público por Acuerdo de Consejo de Ministros, de 5
de octubre de 2018, con un límite de 120
euros sobre el importe neto del billete por persona para los vuelos de ida y vuelta.
c) Para la estancia: en el caso de que durante la estancia Melilla el
beneficiario se aloje en alguna de las modalidades de
alojamiento turístico previstas reglamentariamente, se aplicará un descuento de
20 euros por habitación y día sobre
el importe neto del precio de la estancia en
hoteles de 4 estrellas; 15 euros en hoteles de 3 estrellas; 10 euros por
habitación y día sobre el importe neto del precio de la estancia en el resto de los alojamientos turísticos
Con este objeto, las partes firmantes
suscriben esta Adenda de prórroga en la fecha indicada en la cabecera del
presente documento.
Por AFRICA TRAVEL S.L Por
El Consejero de Economía, Comercio,
Innovación Tecnológica, Turismo y de Fomento