ARTÍCULO Nº 560 (CVE: BOME-A-2024-560) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6187 - martes, 2 de julio de 2024 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - PATRONATO DE TURISMO DE MELILLA - PATRONATO DE TURISMO DE MELILLA
Adenda de prórroga al convenio de colaboración entre la Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y de Fomento, y Melitour COOP. de Trabajo Asociado.
Esta Consejería, por acuerdo del órgano competente,
ha procedido a la aprobación de la ADENDA DE PRÓRROGA AL CONVENIO DE
COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACIÓN TECNOLÓGICA,
TURISMO Y DE FOMENTO Y MELITOUR COOP. DE TRABAJO ASOCIADO, habiendo sido
inscrito en el Registro de Convenios de la Ciudad Autónoma de Melilla con
número CON2400126 y firmado el 14 de junio de 2024
El Convenio de adhesión al programa de bonificación
de paquetes turísticos con destino en Melilla. MELITOUR, fue inscrito en el
Registro de Convenios de la Ciudad Autónoma de Melilla con número CON2200132 y
los siguientes datos:
Consejería:
CONSEJERIA DE ECONOMIA, COMERCIO, INNO, TUR Y FOMENT
Datos de Aprobación:
Órgano Número Fecha Entidad: |
Consejo de Gobierno 2022000497 21/09/2022 ES-F5200831-5
(MELITOUR COOP DE TRABAJO) |
Fecha de formalización: 04/10/2022
De acuerdo con la normativa vigente de aplicación
se procede a la publicación de la adenda para su general conocimiento.
Melilla 27 de junio de 2024,
El Secretario Técnico del Patronato de
Turismo,
ANEXO
ADENDA DE PRÓRROGA AL CONVENIO DE
COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACIÓN TECNOLÓGICA,
TURISMO Y DE FOMENTO Y MELITOUR COOP. DE TRABAJO ASOCIADO
En
Melilla a 14 de junio de 2024
REUNIDOS
De una parte, D. Juan Manuel Hernández Sánchez, en representación de la agencia de
viajes Melitour Coop. de Trabajo Asociado con C.I.F. F-52.008.315 y, otra
parte, la Ciudad Autónoma de Melilla, representada por el Consejero de economía, comercio, innovación tecnológica, turismo y
de fomento y Presidente del Patronato de Turismo con CIF S7900010E, en virtud de las atribuciones que
tiene conferidas según Decreto de nombramiento del Presidente de la Ciudad
Autónoma de Melilla, de fecha 10 de julio de 2023 (BOME núm. 45 extraord. de 10
de julio) y al amparo del Decreto de Distribución de Competencias entre
Consejerías y del artículo 33.5 letra j) del Reglamento del Gobierno y de la
Administración de la Ciudad (BOME extraord. núm. 2 de 30 de enero de 2017).
Ambas partes se reconocen mutuamente la
capacidad necesaria para obligar a las entidades respectivas.
EXPONEN
1.
Que
MELITOUR COOP. DE TRABAJO ASOCIADO y la Ciudad Autónoma de Melilla
suscribieron en el 2022 un CONVENIO DE
ADHESIÓN AL PROGRAMA DE BONIFICACIÓN DE PAQUETES TURÍSTICOS DESTINO MELILLA con
fecha de aprobación 21/09/2022
2.
Que la cláusula Décima del Convenio de
Colaboración citado señalaba la posibilidad de prórroga del mismo hasta un
máximo de 6 años
3.
Que el artículo 4 letra b) del Decreto
Regulador de la Bonificación de Paquetes Turísticos con Destino Melilla ,
Decreto núm. 1043 de 23 de agosto de 2021, dispone que “Las cuantías señaladas
podrán ser modificadas mediante Orden del Consejero competente en materia de
Turismo, atendiendo a las circunstancias de prestación del servicio, volumen de
la demanda de ayudas, evolución de los datos turísticos, u otros factores
debidamente motivados, publicándose en el Boletín Oficial de la Ciudad y
fijándose en el convenio con la entidad colaboradora, en su caso”
ACUERDAN
PRIMERO.
OBJETO
1.
Prorrogar el Convenio por dos años, en los
términos señalados en el mismo.
2.
Fijar las nuevas cuantías de la siguiente
manera (conforme Orden de fecha 3/06/2024 registrada al número 2024001281
relativa a la Convocatoria extraordinaria de subvenciones para la bonificación
de paquetes turísticos con destino Melilla año 2024, publicada en el BOME N º 6182 de fecha 14/06/2024).
Cuantía y condiciones
de las ayudas:
a) Para el transporte marítimo: consistirá en la aplicación de un descuento
por persona de un 75% sobre el importe neto del precio del billete del trayecto
de ida y vuelta desde Málaga, Almería o
Motril, con el siguiente límite:
a.
Butaca: 50 euros
b.
Camarote individual: 125 euros
c.
Camarote doble: 100 euros
d.
Camarote triple: 90 euros
e.
Camarote Cuádruple: 80 euros
b) Para el transporte aéreo:
Consistirá en la aplicación de un descuento
del 75% sobre el importe neto del billete por persona para los vuelos de ida y
vuelta desde:
-
Madrid, Barcelona y otros de origen
distinto, con
exclusión de Baleares, Canarias y Ceuta, al disfrutar ya de la bonificación por
residente, con un límite de 360 euros sobre el importe neto del billete por persona para los
vuelos de ida y vuelta.
-
Málaga, con 200 euros de límite sobre el importe neto del billete por persona
para los vuelos de ida y vuelta y
-Sevilla, Granada y Almería, declaradas
de Obligación de Servicio Público por Acuerdo de Consejo de
Ministros, de 5 de octubre de 2018, con
un límite de 120 euros sobre el importe neto del billete por persona para los vuelos de ida y vuelta.
c)
Para la estancia: en el caso de que durante la estancia Melilla el beneficiario
se aloje en alguna de las modalidades de alojamiento
turístico previstas reglamentariamente, se aplicará un descuento de 20 euros por habitación y día sobre el
importe neto del precio de la estancia en
hoteles de 4 estrellas; 15 euros en hoteles de 3 estrellas; 10 euros por
habitación y día sobre el importe neto del precio de la estancia en el resto de los alojamientos turísticos
Con este objeto, las partes firmantes
suscriben esta Adenda de prórroga en la fecha indicada en la cabecera del
presente documento.
Por MELITOUR COOP. DE TRABAJO
ASOCIADO Por
El Consejero de Economía, Comercio,
Innovación Tecnológica,
Turismo y de Fomento