ARTÍCULO Nº 563 (CVE: BOME-A-2024-563) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6187 - martes, 2 de julio de 2024 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - PATRONATO DE TURISMO DE MELILLA - PATRONATO DE TURISMO DE MELILLA
Adenda de prórroga al convenio de colaboración entre la Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y de Fomento, y Viajes Melilla S.L.
Esta Consejería, por acuerdo del órgano competente,
ha procedido a la aprobación de la ADENDA DE PRÓRROGA AL CONVENIO DE
COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACIÓN TECNOLÓGICA,
TURISMO Y DE FOMENTO Y VIAJES MELILLA S.L, habiendo sido inscrito en el
Registro de Convenios de la Ciudad Autónoma de Melilla con número CON2400129 y
firmada el 14 de junio de 2024
El CONVENIO ADHESIÓN PAQUETES TURÍSTICOS DESTINO
MELILLA. VIAJES MELILLA fue inscrito en el Registro de Convenios de la Ciudad
Autónoma de Melilla con número CON2300158 y los siguientes datos:
Consejería: Órgano Número Fecha Entidad: |
CONSEJERIA DE
ECONOMIA, COMERCIO,INNO,TUR Y FOMENT Datos de Aprobación: Consejo de Gobierno 2023000704 17/10/2023 ES-B2995849-3 (VIAJES MELILLA S.L.) |
Fecha de formalización: 18/10/2023
De acuerdo con la normativa vigente de aplicación
se procede a la publicación de la adenda para su general conocimiento.
Melilla 28 de junio de 2024,
El Secretario Técnico del Patronato de
Turismo,
Arturo Jiménez Cano
ANEXO
ADENDA
DE PRÓRROGA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA,
COMERCIO, INNOVACIÓN TECNOLÓGICA, TURISMO Y DE FOMENTO Y VIAJES MELILLA S.L.
En
Melilla a 14 de junio de 2024
REUNIDOS
De una parte, D. Gonzalo Luis León Asensio, en representación de la agencia de viajes
Melilla S.L con C.I.F. B-29958493 y, otra parte, la Ciudad Autónoma de
Melilla, representada por el Consejero
de economía, comercio, innovación tecnológica, turismo y de fomento y
Presidente del Patronato de Turismo con CIF S7900010E, en virtud de las
atribuciones que tiene conferidas según Decreto de nombramiento del Presidente
de la Ciudad Autónoma de Melilla, de fecha 10 de julio de 2023 (BOME núm. 45
extraord. de 10 de julio) y al amparo del Decreto de Distribución de
Competencias entre Consejerías y del artículo 33.5 letra j) del Reglamento del
Gobierno y de la Administración de la Ciudad (BOME extraord. núm. 2 de 30 de
enero de 2017).
Ambas partes se reconocen mutuamente la
capacidad necesaria para obligar a las entidades respectivas.
EXPONEN
1.
Que
VIAJES MELILLA S.L y la Ciudad Autónoma de Melilla suscribieron en 2023 un CONVENIO
DE ADHESIÓN AL PROGRAMA DE BONIFICACIÓN DE PAQUETES TURÍSTICOS DESTINO MELILLA con fecha de aprobación 18/10/2023
2.
Que la cláusula Décima del Convenio de
Colaboración citado señalaba la posibilidad de prórroga del mismo hasta un
máximo de 6 años
3.
Que el artículo 4 letra b) del Decreto
Regulador de la Bonificación de Paquetes Turísticos con Destino Melilla ,
Decreto núm. 1043 de 23 de agosto de 2021, dispone que “Las cuantías señaladas
podrán ser modificadas mediante Orden del Consejero competente en materia de
Turismo, atendiendo a las circunstancias de prestación del servicio, volumen de
la demanda de ayudas, evolución de los datos turísticos, u otros factores
debidamente motivados, publicándose en el Boletín Oficial de la Ciudad y
fijándose en el convenio con la entidad colaboradora, en su caso”
ACUERDAN
PRIMERO.
OBJETO
1.
Prorrogar el Convenio por dos años, en los
términos señalados en el mismo.
2.
Fijar las nuevas cuantías de la siguiente
manera (conforme Orden de fecha 3/06/2024 registrada al número 2024001281
relativa a la Convocatoria extraordinaria de subvenciones para la bonificación
de paquetes turísticos con destino Melilla año 2024, publicada en el BOME N º 6182 de fecha 14/06/2024).
Cuantía y condiciones de las ayudas:
a) Para el transporte marítimo: consistirá en la aplicación de un descuento
por persona de un 75% sobre el importe neto del precio del billete del trayecto
de ida y vuelta desde Málaga, Almería o
Motril, con el siguiente límite:
a.
Butaca: 50 euros
b.
Camarote individual: 125 euros
c.
Camarote doble: 100 euros
d.
Camarote triple: 90 euros
e.
Camarote Cuádruple: 80 euros
b) Para el transporte aéreo:
Consistirá en la aplicación de un descuento
del 75% sobre el importe neto del billete por persona para los vuelos de ida y
vuelta desde:
-
Madrid, Barcelona y otros de origen
distinto, con
exclusión de Baleares,
Canarias
y Ceuta, al disfrutar ya de la bonificación por residente, con
un límite de 360 euros sobre el importe
neto del billete por persona para los vuelos de ida y vuelta.
-
Málaga, con 200 euros de límite sobre el importe neto del billete por persona
para los vuelos de ida y vuelta y
-Sevilla, Granada y Almería, declaradas
de Obligación de Servicio Público por Acuerdo de Consejo de
Ministros, de 5 de octubre de 2018, con
un límite de 120 euros sobre el importe neto del billete por persona para los vuelos de ida y vuelta.
c)
Para la estancia: en el caso de que durante la estancia Melilla el beneficiario
se aloje en alguna de las modalidades de alojamiento
turístico previstas reglamentariamente, se aplicará un descuento de 20 euros por habitación y día sobre el
importe neto del precio de la estancia en
hoteles de 4 estrellas; 15 euros en hoteles de 3 estrellas; 10 euros por
habitación y día sobre el importe neto del precio de la estancia en el resto de los alojamientos turísticos
Con este objeto, las partes firmantes
suscriben esta Adenda de prórroga en la fecha indicada en la cabecera del
presente documento.
Por VIAJES MELILLA S.L Por El Consejero de Economía, Comercio,
Innovación
Tecnológica, Turismo y de Fomento