ARTÍCULO Nº 609 (CVE: BOME-A-2024-609) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6191 - martes, 16 de julio de 2024 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y NATURALEZA - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y NATURALEZA


Rectificación de errores del decreto, de fecha 14 de junio de 2024, referente a la estructura orgánica de la consejería.

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CORRECCIÓN DE ERRORES DEL DECRETO DE 14 DE JUNIO DE 2024 POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA CONSEJERÍA

Primero.- El pasado 14 de junio de 2024, se publicó en el BOME nº 6182 Acuerdo del Consejo de Gobierno Relativo al Decreto de la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza.

Segundo.- Habiéndose detectado errores materiales en la publicación del anterior acuerdo y en base a lo establecido en la Ley 39/2015. de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en su artículo 109.2, que establece: “Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

Es por lo que se procede a la siguiente,

RECTIFICACIÓN DE ERRORES:

COMPETENCIAS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SOSTENIBILIDAD

 

DONDE DICE:

      En materia de Protección del Medio Ambiente: b) Contaminación atmosférica.

DEBE DECIR:

      En materia de Protección del Medio Ambiente:

b) Contaminación atmosférica. (Oficina de Cambio Climático)

DONDE DICE:

En materia de Protección del Medio Ambiente:

g) Campañas de desinsectación y desratización (Control de Gaviotas).

DEBE DECIR:

Se suprime el anteriormente mencionado punto g)

En materia de Protección del Medio Ambiente:

Se añade el punto k) Autorizaciones medioambientales.

B) COMPETENCIAS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS URBANOS:

En materia de Protección del Medio Ambiente:

DEBE AÑADIRSE:

a)            Campañas de desinsectación y desratización (Control de Gaviotas).

En materia de Protección del Medio Ambiente:

Se elimina el punto d) Autorizaciones medioambientales.

 

POR TANTO LA DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS DE LOS DIRECTORES GENERALES DE ACUERDO CON LA PRESENTE CORRECCIÓN DE ERRORES, QUEDARÍA DE LA SIGUIENTE MANERA:

DIRECCIÓN GENERAL DE SOSTENIBILIDAD

      En materia de Protección del Medio Ambiente

a)     Vertidos

b)     Contaminación atmosférica (Oficina Cambio Climático)

c)     Residuos tóxicos y peligrosos (Plan de Gestión Integral de Residuos)

d)     Evaluación de impacto ambiental

e)     Investigación, biodiversidad y medio natural

f)      Vigilancia y control

g)     Conservación y protección del medio natural

h)     Sistema Comunitario de Gestión y Auditorias Ambientales (EMAS)

i)      Etiqueta Ecológica de la Unión Europea.

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a)     Sensibilización y conciencia ambiental.

b)            Autorizaciones medioambientales.

      En materia de costas

a)            Vertidos.

      En materia de talleres y vehículos

a)             Gestión y control

b)             Parque Movil de la Ciudad Autónoma.

c)             Autorizaciones y revisiones de autobuses urbanos y taxis.

d)             Gestión y control de talleres municipales de carpintería, mecánica, pintura.

e)             Albañilería y fontanería.

      En materia de transporte público de viajeros

a)            Las competencias previstas en la normativa para Entidades Locales, así como las reguladas en la Ley Orgánica 5/1987, de delegación de facultades del Estado en las Comunidades Autónomas en relación con los transportes por carretera y por cable, incluso el fomento del transporte público de viajeros y los aspectos económicos de su ejercicio, incluida la revisión de tarifas.

      En materia de transportes terrestres

a) Las funciones atribuidas por el Estado mediante el traspaso de funciones y servicios que se contienen en el Real Decreto 1337/2006, de 21 de noviembre.

      En materia de instalaciones

a)            Gestión y mantenimiento de la plaza de toros.

b)            Gestión y mantenimiento del Almacén General.

              Coordinación con las Consejerías de Fomento y de Presidencia en la Gestión de licencias emisoras de radios y televisiones.

DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS Y RECURSOS HÍDRICOS

      En materia de aguas

a) Aguas potables

-          Gestión

-          Mantenimiento de la red

-          Captaciones e instalaciones, mejoras

-          Proyectos, construcción y explotación de aprovechamientos hidráulicos

b)     Aguas residuales

-          Gestión

-          Mantenimiento de red de colectores

-          Estación depuradora de aguas residuales

-          Proyectos y obras

      En materia de costas

b)     Ordenación, limpieza y equipamiento de playas

c)     Autorizaciones de carácter municipal.

      En materia de vías públicas

a)   Gestión del Plan de Movilidad

      En materia de agricultura

a) Proyectos de construcción de granjas escuelas y viveros de plantas

      En materia de proyectos y obras

a)     Edificios cuyo destino principal sea uso industrial o el medio ambiente

b)     Ornamentación urbana

      En materia de instalaciones

-        Mantenimiento del Palacio de la Asamblea.

-              Servicios operativos

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      Además tendrá la competencia en las siguientes materias

a)            Temas Presupuestarios.

b)            Gabinete de Proyectos.

DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS URBANOS

      En materia de protección del medio ambiente

a)            Conservación y mantenimiento de Parques, Jardines y Zonas Verdes.

b)            Proyectos y obras nuevas zonas ajardinadas

c)            Tramitación de expedientes e imposición de sanciones en esta materia.

d)            Fitosanitarios

e)            Campañas de desinsectación y desratización (Control de gaviotas) (Trasladar a Servicios Urbanos)

f)             Campañas de desinsectación y desratización (Control de gaviotas)

      En materia de costas

a)     Concesiones y autorizaciones de actividades pesqueras recreativas

b)     Acuicultura y marisqueo

      En materia de residuos

a)     Recogida

b)     Tratamiento y eliminación

c)     Plantas de valorización

d)     Gestión y control administrativo

e)     Control de vertederos

      En materia de vías públicas

a)            Equipamiento y mobiliario urbano (salvo en lo que afecte a la regulación del tráfico viario en calzadas y aceras).

b)            Limpieza viaria, gestión y control administrativo de la ocupación de las vías públicas.

      En materia de agricultura

a)     Producción vegetal

b)     Industrias agrarias

c)     Semillas y plantas de vivero

d)     Investigaciones agrarias

e)     Sociedad agraria de transformación

f)      Gestión y control técnico de las instalaciones

      En materia de instalaciones

a) Gestión y mantenimiento de Cementerios y Servicios Funerarios

      REMESA (sociedad pública)

a) Ejercerá las competencias que vengan en sus Estatutos

      Además coordinará en el ámbito de la Consejería las siguientes actividades:

a)            Procedimientos Sancionadores.

b)            Procedimientos de Responsabilidad Patrimonial.

c)             Seguimiento de Expedientes.

d)            Línea Verde.

Lo que se comunica para su general conocimiento y efectos.

 

Melilla 10 de julio de 2024,

El Secretario Técnico de Medio Ambiente y Naturaleza,

Juan Luis Villaseca Villanueva