ARTÍCULO Nº 622 (CVE: BOME-A-2024-622) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6192 - viernes, 19 de julio de 2024 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA


Orden nº 2308, de fecha 17 de julio de 2024, relativa a listas de entidades admitidas y excluidas de la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva de la Consejería de Economía y Políticas Sociales de la Ciudad Autónoma de Melilla, destinadas a entidades sin ánimo de lucro, año 2024.

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“La titular de la Consejería, mediante Orden de fecha 17 de julio de 2024, registrada al número 2024002308 del Libro Oficial de Resoluciones No Colegiadas de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

Vistos los expedientes de solicitud presentados por las entidades y asociaciones que participan en la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a entidades sin ánimo de lucro para el año 2024, resulta:

I.              Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Ciudad de Melilla de fecha 6 de septiembre de 2017, se aprueban las Bases reguladoras de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva de la Consejería de Bienestar Social (actualmente, Consejería de Políticas Sociales y Salud Pública) de la Ciudad Autónoma de Melilla, destinadas a entidades sin ánimo de lucro, disponiéndose su publicación mediante Decreto de Presidencia n.º 133 de fecha 20 de octubre de 2017 (BOMe núm 5490 de 27 de octubre de 2017).

II.             Con fecha 14 de mayo de 2024, por la Consejería de Políticas Sociales y Salud Pública se efectúa mediante Orden nº 1663 la convocatoria de estas subvenciones para el año 2024 (BOMe núm. 6174 de 17 de mayo de 2024).

III.            Finalizado el plazo de presentación de solicitudes al que se refiere el punto quinto, apartado 3 de la Convocatoria, el órgano instructor del expediente dispone la publicación de la lista provisional de solicitudes admitidas y excluidas, así como a notificar a las entidades que no aportan la documentación completa que se exige en la Convocatoria para que subsanen o mejoren la solicitud en los términos que establece el punto quinto, apartado 5 de la Convocatoria (BOMe núm. 6186 de 28 de junio de 2024).

IV.           Transcurrido el plazo de diez días concedido para la subsanación y mejora de las solicitudes el día 12 de julio de 2024, la instructora emite informe comprensivo de la relación de solicitantes que reúnen todos los requisitos y han aportado la documentación exigida en la Convocatoria (ANEXO I), así como de aquellas otras solicitudes que, por las razones que se motivan, quedan excluidas de la misma (ANEXO II).

V.            La inclusión de una asociación en la lista de entidades admitidas (ANEXO I) en ningún caso implica que automáticamente resulte beneficiaria de subvención; para ello habrá de superar la consiguiente fase de valoración. Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24.6 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, las propuestas de resolución provisional y definitiva que se formulen no crearán derecho alguno a favor del beneficiario propuesto frente a la Ciudad Autónoma de Melilla, mientras no se le haya notificado la resolución definitiva de la concesión.

VI.           De acuerdo con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los actos integrantes de un procedimiento de concurrencia competitiva serán objeto de publicación, surtiendo ésta los efectos de la notificación.

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 7319/2024, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER:

Admitir a trámite las solicitudes de las entidades relacionadas en el ANEXO I de esta resolución y excluir de la convocatoria las solicitudes de las entidades relacionadas en el ANEXO II por los motivos que se especifican en el mismo.

Dar publicidad de la resolución de las listas de entidades admitidas y excluidas de la presente convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a entidades sin ánimo de lucro, año 2023, en el Boletín Oficial de la Ciudad, en el Tablón Digital de Edictos y en la web oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla.

ANEXO I

LISTA DEFINITIVA DE ENTIDADES ADMITIDAS EN LA CONVOCATORIA

 

C.I.F.

NOMBRE DE LA ENTIDAD

G28838001

MOVIMIENTO POR LA PAZ, EL DESARME Y LA LIBERTAD (MPDL)

G52021706

ASOCIACION MARE NOSTRUM

G29962412

ASOC. FAMILIARES DE ALZHEIMER

G52019189

ASOCIACION AUTISMO MELILLA

G52006871

ASOCIACION FEAFES MELILLA

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G79408852

MÉDICOS DEL MUNDO

G29963824

ASOCIACION DIABETICOS DE MELILLA (ADIMEL )

G72959489

ASOCIACION CONSTRUYENDO FUTURO MELILLA

G73038457

FUNDACION DIAGRAMA INTERVENCION PSICOSOCIAL

G29960036

ASOCIACIÓN MELILLA PARA LA UNESCO

G52030327

ASOCIACIÓN TRASTORNO DE ESPECTRO AUTISTA MELILLA AVANZA (TEAMA)

G52039658

ASOCIACIÓN TUTELAR Y ACCIÓN SOCIAL MELILLA (CAPACES)

G28256667

SOCIEDAD SAN VICENTE DE PAUL

G52021227

ASOCIACIÓN MILVER

F29953296

COOPERATIVA MAESTROS MELILLA (COMAMEL)

G44672160

FUTURE WORLD

G52022258

ASOCIACION CUENTA CON NOSOTROS MELILLA

G29957495

ASOCIACION MELILLA ACOGE

G16840019

ASOCIACION SOCIOEDUCATIVA MERAKI

G52034238

OXIGENO LABORATORIO CULTURAL

G01981232

ASOCIACION DE CARIDAD VIRGEN DE LA LUZ

G16692972

TERAPI GUAUS

G16692881

ANIMAL RESCUE MELILLA

G52014347

AMLEGA

G29901907

CENTRO ASISTENCIAL DE MELILLA

R5200026B

ASOCIACIÓN EVANGÉLICA REGENERACIÓN

G52035367

ASOCIACION MELILLA INTEGRA

G54618517

FUNDACION MARCELINO CHAMPAGNAT

G52023231

ASOCIACION PROYECTO ALFA

G29964038

ASOCIACION DE MELILLA INSERCIÓN

G52033784

ASOCIACION MELILLENSE PARA LA INTERVENCION SOCIAL

G52026432

ASOCIACION EVOLUTIO

G16921371

PLATAFORMA TECHO ES UN DERECHO

G52006210

VOLUNTARIADO DE ATENCION AL MAYOR

Q2866001G

CRUZ ROJA ESPAÑOLA

G70918750

ASOCIACION PROACTIVOS POR EL DESARROLLO SOSTENIBLE

G52015302

ASOCIACIÓN ARTÍSTICO CULTURAL ENRIQUE SOLER

G52020187

FUND. SOCIOCULTURAL Y DEPORTIVA DE LA FED. MELILLENSE DE FÚTBOL

G29956778

UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES

G02934149

ASOCIACIÓN AVANCE Y PROGRESO

G52039492

ASOCIACIÓN COMENZAMOS

G56638489

MELILLA INCLUYE

G05388673

ASOCIACIÓN DEPORTE Y SALUD TERCERA JUVENTUD

G72431505

ASOCIACIÓN NEES MELILLA

G09947946

ASOCIACIÓN SOCIO CULTURAL MUNDO AMAZIGH

G56553233

ASOCIACIÓN SOCIO CULTURAL VÍA LACTEA

G56799935

ASOCIACION SOCIOEDUCATIVA SEMPITERNO

G19809334

ASOCIACIÓN MOVIMIENTO DE JUVENTUD

 

ANEXO II

LISTA DEFINITIVA DE ENTIDADES EXCLUIDAS DE LA CONVOCATORIA

 

C.I.F.

NOMBRE DE LA ENTIDAD

MOTIVO DE EXCLUSIÓN (Código)

G52021946

ASOCIACIÓN CELIACA DE MELILLA (ACEME)

L

G52020476

ASOCIACIÓN MELILLA ACTIVA

A-B-C-D-E-F-G-H-I-J-K

G29951258

ASOCIACION DE VECINOS LA BOLA "CABRERIZAS"

C-H

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G10644797

ASOCIACION VECINOS SOLIDARIOS MELILLA

B-C-E-F-G-H-J

 

CÓDIGO

MOTIVO DE EXCLUSIÓN

A

No presenta la solicitud mediante el formulario normalizado de la CAM

B

No presenta la memoria del proyecto mediante el formulario normalizado de la CAM

C

No presenta el presupuesto detallado por conceptos de gastos

D

No presenta la declaración responsable mediante formulario normalizado de la CAM

E

No presenta los estatutos de la entidad

F

No presenta la Tarjeta de Identificación Fiscal (TIF)

G

No presenta el documento acreditativo de la personalidad del solicitante, o poder bastante en derecho para actuar en nombre y representación de la persona jurídica solicitante

H

No presenta certificación de identificación de los directivos e inscripción en el Registro administrativo correspondiente.

I

No presenta declaración responsable protección jurídica del menor (solo si el programa incluye a menores de edad

J

Número de cuenta bancaria (IBAN) no especificada y/o incorrecta

K

Solicitud de subvención de más de un proyecto de actividades por entidad (1) 

L

Solicitud presentada fuera de plazo (extemporánea)

.”

Contra esta ORDEN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

 

Melilla 17 de julio de 2024,

El Secretario Técnico de Políticas Sociales y Salud Pública,

Victoriano Juan Santamaría Martínez