ARTÍCULO Nº 622 (CVE: BOME-A-2024-622) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6192 - viernes, 19 de julio de 2024 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA
Orden nº 2308, de fecha 17 de julio de 2024, relativa a listas de entidades admitidas y excluidas de la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva de la Consejería de Economía y Políticas Sociales de la Ciudad Autónoma de Melilla, destinadas a entidades sin ánimo de lucro, año 2024.
“La titular de la Consejería, mediante Orden de fecha 17 de julio de
2024, registrada al número 2024002308 del Libro Oficial de Resoluciones No
Colegiadas de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:
Vistos los expedientes de solicitud presentados por las entidades y
asociaciones que participan en la convocatoria de subvenciones en régimen de
concurrencia competitiva destinadas a entidades sin ánimo de lucro para el año
2024, resulta:
I.
Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Ciudad de Melilla de
fecha 6 de septiembre de 2017, se aprueban las Bases reguladoras de
subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva de la Consejería de
Bienestar Social (actualmente, Consejería de Políticas Sociales y Salud
Pública) de la Ciudad Autónoma de Melilla, destinadas a entidades sin ánimo de
lucro, disponiéndose su publicación mediante Decreto de Presidencia n.º 133 de
fecha 20 de octubre de 2017 (BOMe núm 5490 de 27 de octubre de 2017).
II.
Con fecha 14 de mayo de 2024, por la Consejería de Políticas Sociales y
Salud Pública se efectúa mediante Orden nº 1663 la convocatoria de estas
subvenciones para el año 2024 (BOMe núm. 6174 de 17 de mayo de 2024).
III.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes al que se refiere el
punto quinto, apartado 3 de la Convocatoria, el órgano instructor del
expediente dispone la publicación de la lista provisional de solicitudes
admitidas y excluidas, así como a notificar a las entidades que no aportan la
documentación completa que se exige en la Convocatoria para que subsanen o
mejoren la solicitud en los términos que establece el punto quinto, apartado 5
de la Convocatoria (BOMe núm. 6186 de 28 de junio de 2024).
IV.
Transcurrido el plazo de diez días concedido para la subsanación y
mejora de las solicitudes el día 12 de julio de 2024, la instructora emite
informe comprensivo de la relación de solicitantes que reúnen todos los
requisitos y han aportado la documentación exigida en la Convocatoria (ANEXO
I), así como de aquellas otras solicitudes que, por las razones que se motivan,
quedan excluidas de la misma (ANEXO II).
V.
La
inclusión de una asociación en la lista de entidades admitidas (ANEXO I) en
ningún caso implica que automáticamente resulte beneficiaria de subvención;
para ello habrá de superar la consiguiente fase de valoración. Asimismo, y de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 24.6 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, las propuestas de resolución provisional y definitiva
que se formulen no crearán derecho alguno a favor del beneficiario propuesto
frente a la Ciudad Autónoma de Melilla, mientras no se le haya notificado la
resolución definitiva de la concesión.
VI.
De acuerdo con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los actos
integrantes de un procedimiento de concurrencia competitiva serán objeto de
publicación, surtiendo ésta los efectos de la notificación.
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 7319/2024, en virtud
de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER:
Admitir a trámite las solicitudes de las entidades relacionadas en el
ANEXO I de esta resolución y excluir de la convocatoria las solicitudes de las
entidades relacionadas en el ANEXO II por los motivos que se especifican en el
mismo.
Dar publicidad de la resolución de las listas de entidades admitidas y
excluidas de la presente convocatoria de subvenciones en régimen de
concurrencia competitiva destinadas a entidades sin ánimo de lucro, año 2023,
en el Boletín Oficial de la Ciudad, en el Tablón Digital de Edictos y en la web
oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla.
ANEXO I
LISTA DEFINITIVA DE
ENTIDADES ADMITIDAS EN LA CONVOCATORIA
C.I.F. |
NOMBRE DE LA ENTIDAD |
G28838001 |
MOVIMIENTO POR LA PAZ, EL DESARME Y LA LIBERTAD (MPDL) |
G52021706 |
ASOCIACION MARE
NOSTRUM |
G29962412 |
ASOC. FAMILIARES DE ALZHEIMER |
G52019189 |
ASOCIACION AUTISMO
MELILLA |
G52006871 |
ASOCIACION FEAFES MELILLA |
G79408852 |
MÉDICOS DEL MUNDO |
G29963824 |
ASOCIACION DIABETICOS DE MELILLA (ADIMEL ) |
G72959489 |
ASOCIACION
CONSTRUYENDO FUTURO MELILLA |
G73038457 |
FUNDACION DIAGRAMA INTERVENCION PSICOSOCIAL |
G29960036 |
ASOCIACIÓN MELILLA
PARA LA UNESCO |
G52030327 |
ASOCIACIÓN TRASTORNO DE ESPECTRO AUTISTA MELILLA AVANZA (TEAMA) |
G52039658 |
ASOCIACIÓN TUTELAR Y
ACCIÓN SOCIAL MELILLA (CAPACES) |
G28256667 |
SOCIEDAD SAN VICENTE DE PAUL |
G52021227 |
ASOCIACIÓN MILVER |
F29953296 |
COOPERATIVA MAESTROS MELILLA (COMAMEL) |
G44672160 |
FUTURE WORLD |
G52022258 |
ASOCIACION CUENTA CON NOSOTROS MELILLA |
G29957495 |
ASOCIACION MELILLA
ACOGE |
G16840019 |
ASOCIACION SOCIOEDUCATIVA MERAKI |
G52034238 |
OXIGENO LABORATORIO
CULTURAL |
G01981232 |
ASOCIACION DE CARIDAD VIRGEN DE LA LUZ |
G16692972 |
TERAPI GUAUS |
G16692881 |
ANIMAL RESCUE MELILLA |
G52014347 |
AMLEGA |
G29901907 |
CENTRO ASISTENCIAL DE MELILLA |
R5200026B |
ASOCIACIÓN
EVANGÉLICA REGENERACIÓN |
G52035367 |
ASOCIACION MELILLA INTEGRA |
G54618517 |
FUNDACION MARCELINO
CHAMPAGNAT |
G52023231 |
ASOCIACION PROYECTO ALFA |
G29964038 |
ASOCIACION DE
MELILLA INSERCIÓN |
G52033784 |
ASOCIACION MELILLENSE PARA LA INTERVENCION SOCIAL |
G52026432 |
ASOCIACION EVOLUTIO |
G16921371 |
PLATAFORMA TECHO ES UN DERECHO |
G52006210 |
VOLUNTARIADO DE
ATENCION AL MAYOR |
Q2866001G |
CRUZ ROJA ESPAÑOLA |
G70918750 |
ASOCIACION
PROACTIVOS POR EL DESARROLLO SOSTENIBLE |
G52015302 |
ASOCIACIÓN ARTÍSTICO CULTURAL ENRIQUE SOLER |
G52020187 |
FUND. SOCIOCULTURAL
Y DEPORTIVA DE LA FED. MELILLENSE DE FÚTBOL |
G29956778 |
UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES |
G02934149 |
ASOCIACIÓN AVANCE Y
PROGRESO |
G52039492 |
ASOCIACIÓN COMENZAMOS |
G56638489 |
MELILLA INCLUYE |
G05388673 |
ASOCIACIÓN DEPORTE Y SALUD TERCERA JUVENTUD |
G72431505 |
ASOCIACIÓN NEES
MELILLA |
G09947946 |
ASOCIACIÓN SOCIO CULTURAL MUNDO AMAZIGH |
G56553233 |
ASOCIACIÓN SOCIO
CULTURAL VÍA LACTEA |
G56799935 |
ASOCIACION SOCIOEDUCATIVA SEMPITERNO |
G19809334 |
ASOCIACIÓN
MOVIMIENTO DE JUVENTUD |
ANEXO II
LISTA DEFINITIVA DE
ENTIDADES EXCLUIDAS DE LA CONVOCATORIA
C.I.F. |
NOMBRE DE LA ENTIDAD |
MOTIVO DE EXCLUSIÓN (Código) |
G52021946 |
ASOCIACIÓN CELIACA DE MELILLA (ACEME) |
L |
G52020476 |
ASOCIACIÓN MELILLA
ACTIVA |
A-B-C-D-E-F-G-H-I-J-K |
G29951258 |
ASOCIACION DE VECINOS LA BOLA "CABRERIZAS" |
C-H |
G10644797 |
ASOCIACION VECINOS SOLIDARIOS MELILLA |
B-C-E-F-G-H-J |
CÓDIGO |
MOTIVO DE EXCLUSIÓN |
A |
No presenta la solicitud mediante el formulario normalizado de la CAM |
B |
No presenta la
memoria del proyecto mediante el formulario normalizado de la CAM |
C |
No presenta el presupuesto detallado por conceptos de gastos |
D |
No presenta la
declaración responsable mediante formulario normalizado de la CAM |
E |
No presenta los estatutos de la entidad |
F |
No presenta la
Tarjeta de Identificación Fiscal (TIF) |
G |
No presenta el documento acreditativo de la personalidad del
solicitante, o poder bastante en derecho para actuar en nombre y
representación de la persona jurídica solicitante |
H |
No presenta
certificación de identificación de los directivos e inscripción en el
Registro administrativo correspondiente. |
I |
No presenta declaración responsable protección jurídica del menor (solo
si el programa incluye a menores de edad |
J |
Número de cuenta
bancaria (IBAN) no especificada y/o incorrecta |
K |
Solicitud de subvención de más de un proyecto de actividades por entidad
(1) |
L |
Solicitud presentada
fuera de plazo (extemporánea) |
.”
Contra esta ORDEN, que no agota la vía
administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a
partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.
Dicho recurso podrá presentarse ante esta
Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior
jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo
establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la
Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2
de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE
número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar y notificar la
resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga
resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro
recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Melilla 17 de julio de 2024,
El Secretario Técnico de Políticas Sociales y Salud
Pública,
Victoriano Juan Santamaría Martínez