ARTÍCULO Nº 652 (CVE: BOME-A-2024-652) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6195 - martes, 30 de julio de 2024 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACION TECNOLÓGICA, TURISMO Y DE FOMENTO - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACION TECNOLÓGICA, TURISMO Y DE FOMENTO


Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 12 de julio de 2024, relativo a aprobación firma de protocolo general de intenciones entre polo nacional de contenidos digitales y la Ciudad Autónoma de Melilla.

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El Consejo de Gobierno, en sesión resolutiva Extraordinaria de urgencia, celebrada el día 12 de julio de 2024, con número de registro 2024000472, adoptó entre otros acordar aprobar la siguiente Propuesta de la Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y de Fomento:

APROBACIÓN FIRMA DE PROTOCOLO GENERAL DE INTENCIONES ENTRE POLO NACIONAL DE CONTENIDOS DIGITALES Y LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA.

Primero.- Que Polo Nacional de Contenidos Digitales (en adelante, POLO) es una iniciativa del  Área de Innovación, Digitalización Urbana, Promoción de la Inversión Tecnológica y Empresarial y Captación de Inversiones del Ayuntamiento de Málaga, gestionado por la Empresa Municipal de Iniciativas y Actividades Empresariales de Málaga S.A., como instrumento para el impulso empresarial, el fomento del emprendedor, la innovación tecnológica y la promoción de la inversión internacional.

Que además, el Ayuntamiento de Málaga, a través de POLO, tiene interés en potenciar el desarrollo del municipio, y tiene entre sus competencias la apuesta por la innovación, las nuevas tecnologías como vía para alcanzar un nuevo modelo productivo, la creación de oportunidades, de generación de empleo y de actividad económica; la participación en proyectos innovadores; la definición de unas líneas de trabajo de colaboración que permitan impulsar los proyectos de modernización actuales y fomentar su sostenibilidad; la colaboración con entidades con experiencia técnica y medios en el ámbito de la innovación.

Segundo.- Que la Ciudad Autónoma de Melilla pretende estimular y fomentar la innovación y el desarrollo tecnológico mediante, entre otras, las siguientes medidas:

·         Facilitar la transferencia de tecnologías desarrolladas en los organismos de investigación y en los centros tecnológicos de Melilla para la explotación industrial de las mismas.

·         Estimular la presentación de propuestas tecnológicas innovadoras a los programas existentes de ayudas públicas, tanto en el ámbito de Melilla como en el nacional, por parte de las empresas de Melilla.

·         Facilitar la participación de las empresas y demás entidades de Melilla en los programas internacionales de Innovación y Tecnología.

·         Promover la difusión, valoración y transferencia de tecnologías desarrolladas por las empresas de Melilla a través de proyectos financiados por ambas entidades.

Tercero.- Que la Ciudad Autónoma de Melilla, entendiendo la necesidad de comprometerse con el desarrollo, implantación y estimulo de actuaciones relacionadas con la innovación tecnológica, con el objetivo de asentar en la ciudad una estructura para favorecer a empresas de carácter tecnológico y así fomentar el emprendimiento y el empleo, para ello quiere el soporte del Polo Nacional de Contenidos Digitales para que aporte, asistencia y apoyo a esta Administración en las actuaciones de promoción de la investigación, desarrollo e innovación tecnológica.

Cuarto.- Que la Ciudad Autónoma de Melilla tiene entre sus objetivos en el ámbito de la innovación tecnológica, entre otros, los siguientes:

·         Organización y ejecución de actividades comunes relacionadas con la promoción de la investigación, desarrollo e innovación tecnológica en Melilla, así como de los instrumentos financieros y programas de ayudas existentes, tanto nacionales como internacionales.

·         Prestación de un servicio de asesoramiento a las empresas sobre propuestas de proyectos de I+D, tanto nacionales como internacionales.

Quinto.- Que la Dirección General de Innovación Tecnológica tiene atribuidas las siguientes competencias:

a)            Impulsar, dinamizar y acompañar a las empresas de Melilla en el proceso de transformación hacia la innovación. Fomentar la Cultura emprendedora e innovadora en toda la sociedad melillense.

b)            El impulso y gestión de iniciativas de investigación, desarrollo e innovación en tecnologías de la información y las comunicaciones en la Ciudad de Melilla en colaboración con la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas e Igualdad y la empresa pública Proyecto Melilla S.A.

c)             Creación de un núcleo de dinamización tecnológica de la industria y los servicios de Melilla, con “mentorización” personalizada por expertos en desarrollo de negocio, comunicación, legal y otras materias imprescindibles para el desarrollo de proyectos. Creación de ecosistema de emprendimiento y aceleración tecnológica, donde conectar con otros profesionales y emprendedores.

Dinamización cualitativa con soporte en funciones tales como la generación de conocimientos científicos y tecnológicos, la implantación de actividades industriales y de servicios de alta calidad, que 
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   permitan la aplicación y experimentación de las nuevas tecnologías y, finalmente, el establecimiento de unas estructuras de servicios tecnológicos y de formación orientados hacia las empresas e instituciones.

e)            Concesión subvenciones a proyectos de I+D e innovación, mediante ayudas a la innovación, a través de la implementación de la innovación y la transferencia de conocimiento científico y tecnológico como valor añadido y como instrumento para el incremento de la productividad.

f)             Promoción nacional e internacional de Melilla como destino privilegiado para el establecimiento de empresas de base tecnológica, poniendo de manifiesto el privilegiado régimen fiscal vigente en Melilla. Especial énfasis en la implantación en Melilla de empresas dedicadas al sector del juego online con residencia fiscal en nuestra ciudad, de manera tal, que permita un crecimiento económico sostenible mediante la creación de nuevos puestos de trabajo generados por este sector.

g)            Con sujeción a la dirección del Consejo de Gobierno, las actuaciones de gestión y coordinación en materias relacionadas con la formación en materias de Innovación Tecnológica y la adquisición de capacidades profesionales de Tecnologías de la Información y Comunicación relacionadas con esta.

h)            La planificación, ejecución y evaluación de las políticas de la Ciudad Autónoma de Melilla de fomento de la investigación científica y tecnológica, el fomento de la innovación tecnológica dirigida a empresas, entre ellas las de base tecnológica, y el emprendimiento científico y tecnológico, en coordinación con las restantes Consejerías y Dirección Generales responsables de otras políticas sectoriales.

i)              Las relaciones institucionales en materia de investigación e innovación con las administraciones públicas y entidades y organizaciones nacionales e internacionales, en el ámbito competencial de la Ciudad Autónoma de Melilla. Colaboración en formación tecnológica con el centro asociado de la UNED en Melilla, así como con el campus de la Universidad de Granada en nuestra ciudad.

j)            La coordinación con los planes y programas de la Administración General del Estado y de la Unión Europea u otras administraciones o instituciones nacionales o internacionales en materia de investigación científica y tecnológica, así como, en materia de innovación tecnológica. En el caso de los planes y programas de la Unión Europea, todo ello sin perjuicio de las atribuidas a la Dirección General competente en materia de cooperación con la Unión Europea.

k)            La promoción de la cultura científica, y de la ciencia en la ciudadanía, así como de las vocaciones en ciencia, tecnología, matemáticas e ingeniería, especialmente en el ámbito de las mujeres y en colaboración con los órganos responsables de educación no universitaria.

l)              El estímulo y desarrollo de la compra pública innovadora y otras medidas de colaboración público- privada en materia de innovación y tecnología. Estrategias para implementación de la inteligencia artificial en la contratación pública.

m)              La planificación e impulso de programas de investigación, así como de formación, en materia de machine learning, NFTs, criptomonedas, inteligencia artificial, Metaverso, Web 3.0, Blockchain….

n)             El impulso de un ecosistema de talento a través de la colaboración entre empresas tecnológicas, emprendedores, instituciones financieras, y centros públicos, que propicie la creación de redes nacionales e internacionales, y permita acercar modelos de éxito en otras ciudades o regiones del mundo a la Ciudad Autónoma de Melilla.

o)              Actuaciones tendentes a la creación de un parque tecnológico en Melilla, como modelo para capitalizar el conocimiento y la innovación e instrumento eficaz en la transferencia de tecnología, creación y atracción de empresas con alto valor agregado, con el fin de albergar a las pequeñas y medianas empresas desarrolladoras de tecnologías y de fomentar la innovación y el desarrollo tecnológico de las PyME.

p)           Cualquier otra que se le atribuya, desconcentre, delegue o encomiende en el ámbito de la Innovación Tecnológica.

Sexto.-  Que de entre las competencias citadas en el punto quinto, atribuidas a las Dirección General de Innovación Tecnológica, el objeto del Convenio a suscribir se incardina de manera clara con las recogidas en los puntos:

a) Impulsar, dinamizar y acompañar a las empresas de Melilla en el proceso de transformación hacia la innovación. Fomentar la Cultura emprendedora e innovadora en toda la sociedad melillense.

d) Dinamización cualitativa con soporte en funciones tales como la generación de conocimientos científicos y tecnológicos, la implantación de actividades industriales y de servicios de alta calidad, que permitan la aplicación y experimentación de las nuevas tecnologías y, finalmente, el establecimiento de unas estructuras de servicios tecnológicos y de formación orientados hacia las empresas e instituciones.

m) La planificación e impulso de programas de investigación, así como de formación, en materia de machine learning, NFTs, criptomonedas, inteligencia artificial, Metaverso, Web 3.0, Blockchain.”

Séptimo.- Que con el Protocolo General de Intenciones con el POLO se pretende la realización de un Plan de Actuación conjunto, en el que al menos se realicen las siguientes actividades:

1.             Configurar espacios comunes que continúen favoreciendo la integración del conocimiento, la investigación, la innovación, así como la cooperación del sector empresarial y productivo bajo el ecosistema POLO-CAM.

2.             Identificación de Fortalezas: Evaluar las fortalezas y recursos únicos de la ciudad autónoma, en la que se busca replicar el modelo vinculado al desarrollo de unidades de innovación de las compañías del PTA con interés en la ubicación estratégica, infraestructuras y colaboración con la universidad.

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3.             Definición de incentivos para empresas innovadoras, que permitan desarrollar programas para unidades de innovación de compañías ya instaladas en el POLO.

4.             Desarrollo del talento fortaleciendo la formación en los perfiles demandados por las compañías y startup instaladas a través de su vinculación con la universidad.

5.             Organización de eventos y conferencias y actividades de “networking” entre ambos ecosistemas que reúna a profesionales, emprendedores e inversores para el intercambio de conocimiento mutuo.

6.             Facilitar el acceso a financiación para startup y proyectos innovadores y que permita promover entre las empresas, universidades y otros agentes del POLO generando un crecimiento económico mutuo.

7.             Permitir a todas las empresas e instituciones ubicadas en dichos espacios, entre otros acceder a los siguientes servicios:

·         Compartir servicios de I+D+i.

·         Realizar actividades conjuntas de promoción y atracción de inversiones.

·         Participar en programas de internacionalización.

·         Publicación de sus actividades más destacadas a través de los programas de difusión y comunicación de las noticias generadas por las empresas.

8.             Establecer acciones de promoción de los beneficios que el territorio de la CAM ofrece para todas las empresas del POLO en el ánimo de ofrecer posibilidades de expansión a las entidades ya establecidas.

Octavo.-  El Protocolo General de Intenciones comenzará su vigencia en la fecha de la firma, teniendo validez hasta cuatro años despues de la misma.

Noveno.- Que la ratificación del Protocolo General de Intenciones,  objeto de la presente Memoria Justificativa no conlleva gasto alguno para la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla.

Décimo.- Las necesidades que se pretenden cubrir con la firma del PROTOCOLO GENERAL DE INTENCIONES ENTRE POLO NACIONAL DE CONTENIDOS DIGITALES Y LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA son:

-       Favorecer el Impulso y la promoción de actividades públicas y privadas relacionadas con la investigación, la innovación, el desarrollo tecnológico y la transferencia del conocimiento en el ámbito de la inteligencia artificial y las tecnologías digitales.

-       Impulsar el cambio económico y social de la Ciudad.

-       El apoyo en la generación de nuevas actividades empresariales y la internacionalización del tejido empresarial

Por todo lo anterior y de conformidad con los documentos aportados al expediente, vengo en proponer al Consejo de Gobierno lo siguiente:

Único: Proponer al Consejo de Gobierno, la firma por la Ciudad Autónoma de Melilla del PROPUESTA PROTOCOLO GENERAL DE INTENCIONES ENTRE POLO NACIONAL DE CONTENIDOS DIGITALES Y LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, facultando al Consejero de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y de Fomento, para la formalización de los documentos de adhesión correspondientes y de las actuaciones precisas para llevarla a cabo, de acuerdo con la competencia atribuida en el artículo 33.5.j) del REGLAMENTO DEL GOBIERNO Y DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA CIUDAD AUTONÓMA DE MELILLA:

“Suscribir, en materia de su competencia, los Convenios de colaboración y Acuerdos de cooperación con el Estado y otras Administraciones Públicas, aprobados y autorizados por el Consejo de Gobierno, con sujeción a las normas que en su caso les afecten, salvo que por su relevancia institucional se atribuya al Presidente.”

Lo que se hace público para general conocimiento.

De acuerdo con la normativa vigente de aplicación se procede a su publicación para su general conocimiento.

De conformidad con los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm 236, de 2 de octubre), 93 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extra. núm. 2, de 30 de enero de 2017) y demás concordantes, contra el presente acuerdo del Consejo de Gobierno, que agota la vía administrativa, cabe recurso potestativo de reposición a interponer ante el propio Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla en el plazo de un mes a partir de su publicación o notificación, o bien, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción contenciosa administrativa competente, en el plazo de dos meses desde la publicación o notificación.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo considera conveniente bajo su responsabilidad.

 

Melilla 26 de julio de 2024,

El Secretario Acctal. del Consejo de Gobierno,

Antonio Jesús García Alemany