ARTÍCULO Nº 700 (CVE: BOME-A-2024-700) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6199 - martes, 13 de agosto de 2024 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA


2ª addenda al convenio de colaboración con D. Aaron Cohen Chocron, con licencia municipal de auto-taxi nº 5. Convenio de colaboración entre la Consejería de Política Sociales y Salud Pública, y la entidad colaboradora seleccionada encargada de la gestión de las ayudas económicas para la implementación del uso del Bono-Taxis para personas con movilidad reducida.

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Esta Consejería, por acuerdo del órgano competente, ha procedido a la formalización de “2ª ADDENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN CON D AARON COHEN CHOCRON, CON LICENCIA MUNICIPAL DE AUTO-TAXI Nº 05. - CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA Y LA ENTIDAD COLABORADORA SELECCIONADA ENCARGADA DE LA GESTIÓN DE LAS AYUDAS ECONÓMICAS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL USO DEL BONO - TAXIS PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA ", habiendo sido inscrita en el Registro de Convenios de la Ciudad Autónoma de Melilla con número CON2400159 y los siguientes datos:

Consejería:            CONSEJERIA DE POLITICAS SOCIALES Y SALUD PUBLICA

Datos de Aprobación:

Órgano

Número

Fecha

Entidad:

Consejo de Gobierno

2024000517

02/08/2024

 COHEN*CHOCRON,AARON

Fecha de formalización:           05/08/2024

De acuerdo con la normativa vigente de aplicación se procede a su publicación para su general conocimiento.

 

Melilla 8 de agosto de 2024,

El Secretario Técnico de Políticas Sociales y Salud Pública,

Victoriano Juan Santamaría Martínez


 

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ANEXO

2ª ADDENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN CON D AARON COHEN CHOCRON, CON LICENCIA MUNICIPAL DE AUTO-TAXI Nº 05. - CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA Y LA ENTIDAD COLABORADORA SELECCIONADA ENCARGADA DE LA GESTIÓN DE LAS AYUDAS ECONÓMICAS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL USO DEL BONO - TAXIS PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA ".

En Melilla, a 5 de agosto de 2024

Las Partes firmantes de común acuerdo, y previamente autorizada su suscripción por el Consejo de Gobierno en su reunión de 2 de agosto de 2024 (2024000517, de 2 de agosto de 2024), tal y como prevé el art. 16.8 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOMe Extraord. nº 2, de 30/01/2017)

EXPONEN

Cláusula 1ª.- La presente Addenda deviene del Convenio de Colaboración suscrito el 1 de agosto de 2022  entre la Ciudad Autónoma de Melilla y D. Aaron COHEN CHOCRON, con Licencia Municipal de Auto-Taxi nº 05, como  - Convenio de Colaboración entre la Consejería de Políticas Sociales, Salud Pública y Bienestar Animal y la Entidad Colaboradora seleccionada encargada de la gestión de las Ayudas Económicas para la implementación del uso del Bono - Taxis para personas con movilidad reducida.( BOMe Número 5989 Melilla, de 9 de agosto de 2022)

Cláusula 2ª.- Como consecuencia del aumento de la demanda para la atención al colectivo de personas con movilidad reducida se ha producido un consumo de las prestaciones que implica el agotamiento del crédito destinado a su financiación antes del fin del periodo de vigencia del referido Convenio de Colaboración

Cláusula 3ª.- Existe Informe del Técnico Coordinador Contable de la Dirección General  de Servicios Sociales que señala como opción más adecuada para mantener la gestión de las Ayudas Económicas para la implementación del uso del Bono - Taxis para personas con movilidad reducida a través del Convenio que nos ocupa, el incremento de seis mil euros (6.000, 00 €) atendiendo al incremento de la utilización del usos de la prestación como consecuencia a su vez del incremento de personas que presentan movilidad reducida en esta Ciudad, circunstancia que corre paralela al aumento en la esperanza de vida.

Cláusula 4ª.- La adición del importe de 6.000,00 € al importe para la vigencia prevista en la Cláusula Quinta del Convenio suscrito el 1 de agosto de 2022, que supone una la alteración del coste económico del Convenio de Colaboración requiriendo Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Ciudad de Melilla.

Cláusula 5ª.- Existe RC SUPLEMENTO DE RETENCIÓN CRÉDITO nº 12024000022740 de 10 junio de 2024 por un importe de 6.000,00€, lo que supone un importe total de  31.000, 00 €, que permite llevar a cabo el gasto adicional que conlleva la presente addenda, y que da lugar a la modificación de la Cláusula Quinta del Convenio relativa a la compensación económica de la Entidad Colaboradora.

Cláusula 6ª.- La justificación de los gastos que conlleva la presente Addenda se realizará por la entidad beneficiaria seguirá los trámites establecidos en la Cláusula Decimotercera del citado Convenio

Cláusula 7ª.- En lo no modificado por la presente Addenda, seguirá de aplicación lo establecido en el convenio de Colaboración suscrito el 1 de agosto de 2022 entre las partes intervinientes.

Y para que así conste y, en prueba de conformidad, las partes intervinientes firman en duplicado ejemplar la presente Addenda del Convenio, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.

 

POR LA CONSEJERÍA DE POLÍTICAS                                                  POR LA ENTIDAD COLABORADORA        SOCIALES Y SALUD PÚBLICA

Excma. Sra. Dª. Randa Mohamed El Aoula                                                   D. Aaron Cohen Chocron