ARTÍCULO Nº 700 (CVE: BOME-A-2024-700) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6199 - martes, 13 de agosto de 2024 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA
2ª addenda al convenio de colaboración con D. Aaron Cohen Chocron, con licencia municipal de auto-taxi nº 5. Convenio de colaboración entre la Consejería de Política Sociales y Salud Pública, y la entidad colaboradora seleccionada encargada de la gestión de las ayudas económicas para la implementación del uso del Bono-Taxis para personas con movilidad reducida.
Esta
Consejería, por acuerdo del órgano competente, ha procedido a la formalización
de “2ª ADDENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN CON D AARON COHEN CHOCRON, CON
LICENCIA MUNICIPAL DE AUTO-TAXI Nº 05. - CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA
CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA Y LA ENTIDAD COLABORADORA
SELECCIONADA ENCARGADA DE LA GESTIÓN DE LAS AYUDAS ECONÓMICAS PARA LA
IMPLEMENTACIÓN DEL USO DEL BONO - TAXIS PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA
", habiendo sido inscrita en el Registro de Convenios de la Ciudad
Autónoma de Melilla con número CON2400159 y los siguientes datos:
Consejería: CONSEJERIA DE POLITICAS SOCIALES Y SALUD
PUBLICA
Datos de Aprobación:
Órgano Número Fecha Entidad: |
Consejo de Gobierno 2024000517 02/08/2024 COHEN*CHOCRON,AARON |
Fecha de formalización: 05/08/2024
De
acuerdo con la normativa vigente de aplicación se procede a su publicación para
su general conocimiento.
Melilla
8 de agosto de 2024,
El
Secretario Técnico de Políticas Sociales y Salud Pública,
Victoriano
Juan Santamaría Martínez
ANEXO
2ª ADDENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN CON D
AARON COHEN CHOCRON, CON LICENCIA MUNICIPAL DE AUTO-TAXI Nº 05. - CONVENIO DE COLABORACIÓN
ENTRE LA CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA Y LA ENTIDAD
COLABORADORA SELECCIONADA ENCARGADA DE LA GESTIÓN DE LAS AYUDAS ECONÓMICAS PARA
LA IMPLEMENTACIÓN DEL USO DEL BONO - TAXIS PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA
".
En Melilla, a 5 de agosto de
2024
Las Partes firmantes de común acuerdo, y previamente autorizada su
suscripción por el Consejo de Gobierno en su reunión de 2 de agosto de 2024
(2024000517, de 2 de agosto de 2024), tal y como prevé el art. 16.8 del
Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla
(BOMe Extraord. nº 2, de 30/01/2017)
EXPONEN
Cláusula
1ª.- La
presente Addenda deviene del Convenio de Colaboración suscrito el 1 de agosto
de 2022 entre la Ciudad Autónoma de
Melilla y D. Aaron COHEN CHOCRON, con Licencia Municipal de Auto-Taxi nº 05,
como - Convenio de Colaboración entre la
Consejería de Políticas Sociales, Salud Pública y Bienestar Animal y la Entidad
Colaboradora seleccionada encargada de la gestión de las Ayudas Económicas para
la implementación del uso del Bono - Taxis para personas con movilidad
reducida.( BOMe Número 5989 Melilla, de 9 de agosto de 2022)
Cláusula
2ª.- Como
consecuencia del aumento de la demanda para la atención al colectivo de
personas con movilidad reducida se ha producido un consumo de las prestaciones
que implica el agotamiento del crédito destinado a su financiación antes del
fin del periodo de vigencia del referido Convenio de Colaboración
Cláusula
3ª.- Existe
Informe del Técnico Coordinador Contable de la Dirección General de Servicios Sociales que señala como opción
más adecuada para mantener la gestión de las Ayudas Económicas para la
implementación del uso del Bono - Taxis para personas con movilidad reducida a
través del Convenio que nos ocupa, el incremento de seis mil euros (6.000, 00
€) atendiendo al incremento de la utilización del usos de la prestación como
consecuencia a su vez del incremento de personas que presentan movilidad reducida
en esta Ciudad, circunstancia que corre paralela al aumento en la esperanza de
vida.
Cláusula
4ª.- La
adición del importe de 6.000,00 € al importe para la vigencia prevista en la
Cláusula Quinta del Convenio suscrito el 1 de agosto de 2022, que supone una la
alteración del coste económico del Convenio de Colaboración requiriendo Acuerdo
del Consejo de Gobierno de la Ciudad de Melilla.
Cláusula 5ª.- Existe RC SUPLEMENTO DE RETENCIÓN CRÉDITO nº
12024000022740 de 10 junio de 2024 por un importe de 6.000,00€, lo que supone
un importe total de 31.000, 00 €, que permite llevar a cabo el gasto adicional que
conlleva la presente addenda, y que da lugar a la modificación de la Cláusula
Quinta del Convenio relativa a la compensación económica de la Entidad
Colaboradora.
Cláusula
6ª.- La
justificación de los gastos que conlleva la presente Addenda se realizará por
la entidad beneficiaria seguirá los trámites establecidos en la Cláusula
Decimotercera del citado Convenio
Cláusula
7ª.- En lo
no modificado por la presente Addenda, seguirá de aplicación lo establecido en
el convenio de Colaboración suscrito el 1 de agosto de 2022 entre las partes
intervinientes.
Y para que así conste y, en prueba de conformidad, las partes
intervinientes firman en duplicado ejemplar la presente Addenda del Convenio,
en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.
POR
LA CONSEJERÍA DE POLÍTICAS POR LA ENTIDAD
COLABORADORA SOCIALES Y SALUD
PÚBLICA
Excma. Sra. Dª. Randa
Mohamed El Aoula D. Aaron Cohen Chocron