ARTÍCULO Nº 712 (CVE: BOME-A-2024-712) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6201 - martes, 20 de agosto de 2024 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA - CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y SALUD PÚBLICA


Orden nº 2564, de fecha de 14 de agosto de 2024, relativa a la corrección de errores Orden nº 2457 de 6 de agosto de 2024, referente a la declaración de nivel 1 de alerta de rabia.

BOME-P-2024-2290 Descargar página

El/La titular de la Consejería/Viceconsejería, mediante Orden/Resolución de 14/08/2024, registrada al número 2024002564, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

Asunto: Corrección de errores Orden nº 2457 de 6 de agosto de 2024 de declaración de Nivel 1 de alerta de rabia.

Con fecha 9 de agosto de 2024 se publica en el BOME números 6198 la Orden nº 2457 de 6 de agosto relativa a la Declaración de Nivel de Alerta 1 de rabia en la ciudad, habiéndose apreciado un error en el punto 3º de la citada Orden

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 25446/2024, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

Donde dice:

“3º.- Refuerzo del control de animales vagabundos o abandonados.

Si no aparece el propietario en el plazo de 48 horas o el animal está sin identificar pero se trata de un animal que pueda ser sometido a protocolo de adopción, se someterá a un periodo de observación de 6 meses ( de conformidad con el Plan de Contingencias para la Rabia en España) para posteriormente poder ser entregado en adopción.”

Debe decir:

3º.- Refuerzo del control de animales vagabundos o abandonados. -

“Si no aparece el propietario en el plazo de 48 horas o el animal está sin identificar se actuará en todo momento conforme a lo dispuesto en el Plan de Contingencias para la Rabia en España que se encuentre vigente en cada momento. “

Contra esta ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.

 

 

Melilla, 14 de agosto de 2024,

El Secretario Técnico de Políticas Sociales y Salud Pública,

Victoriano Juan Santamaría Martínez