ARTÍCULO Nº 738 (CVE: BOME-A-2024-738) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6204 - viernes, 30 de agosto de 2024 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - ASAMBLEA DE MELILLA - ASAMBLEA DE MELILLA
Decreto nº 180, de fecha 13 de agosto de 2024, relativo a cese de Dª. Ikram Tieb Mohamed, como Administrativo Gabinete de Protocolo.
El Excmo. Sr. Presidente, por Decreto de fecha 13 de agosto de 2024,
registrado al número 2024000180 del Libro Oficial de Resoluciones no
Colegiadas, ha dispuesto lo siguiente:
“Los artículos 14.1 y 15 de la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, que
aprueba el Estatuto de Autonomía de Melilla, disponen que el Presidente de la
Ciudad preside la Asamblea, el Consejo de Gobierno cuya actividad dirige y
coordina, ostentando la suprema representación de la Ciudad y, también, la
condición de Alcalde.
El art. 9 f) del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad
Autónoma de Melilla (BOME extraordinario nº 2 de 30 de enero de 2017) establece
que corresponde al Presidente de la Ciudad ejercer “Las atribuciones que le correspondan como Alcalde, al amparo de lo
dispuesto en el artículo 15 del Estatuto de Autonomía de Melilla, que se
ajustarán a las que ejerza como Presidente de la Ciudad Autónoma teniendo en
cuenta las especialidades derivadas de la organización propia de la Ciudad que
se establecen en el Estatuto y en sus normas de desarrollo”.
El régimen del personal eventual está determinado por
lo dispuesto en el artículo 12 del Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de
Octubre, por la que se aprueba el Texto Refundido Estatuto Básico del Empleado
Público, disponiendo que su nombramiento y cese serán libres, teniendo lugar en
todo caso cuando se produzca el de la autoridad a la que preste la función de
confianza o asesoramiento.
Igualmente, el artículo 104.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora
de las Bases del Régimen Local, aplicable en virtud de la remisión realizada
por el art. 31 de la Ley Orgánica 2/1995 de 13 de marzo de Estatuto de
Autonomía de Melilla, señala que el nombramiento y cese de estos empleados es
libre y corresponde al Alcalde o al Presidente de la entidad local
correspondiente.
Por todo ello y en uso de las atribuciones conferidas por el ordenamiento
jurídico, y en particular por los artículos 14.1 y 15 de la Ley Orgánica
2/1995, de 13 de marzo, que aprueba el Estatuto de Autonomía de Melilla, el
artículo 104.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local y el art. 9 f) del Reglamento de Gobierno y Administración de la
Ciudad Autónoma de Melilla VENGO EN DISPONER lo siguiente:
Primero: El cese, como personal eventual de confianza, con fecha de efecto
económico y administrativo de 31 de agosto de 2024, de:
APELLIDOS Y NOMBRE |
CÓD. |
CATEGORIA |
TIEB MOHAMED, IKRAM |
E01 7 |
ADMINISTRATIVO GABINETE DE PROTOCOLO |
Segundo: Proceder a la publicación del presente Decreto de cese en el
Boletín Oficial de Melilla y difundir su contenido de conformidad con el
principio de transparencia, mediante su publicación actualizada y permanente en
el Portal de Transparencia de la Ciudad, en cumplimiento de lo dispuesto en los
artículos 5 y siguientes de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
Transparencia, Acceso a la Información y Buen Gobierno y el Reglamento de
Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Ciudad Autónoma de
Melilla, manteniendo permanentemente actualizada la información relativa al
número, características y retribuciones de los puestos de trabajo del personal
eventual de la Ciudad.”
administrativo ante la jurisdicción contenciosa administrativa competente,
en el plazo de dos meses desde la publicación o notificación.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree
conveniente bajo su responsabilidad
Lo que le traslado para su publicación y general conocimiento.
Melilla,
14 de agosto de 2024,
P.A. del Secr. Gral.
Acctal. y del Consejo de Gobierno,
La Secretaria Tec. de
Economía, Comercio, Inn. Tec. y Turismo,
Gema Viñas del Castillo