ARTÍCULO Nº 754 (CVE: BOME-A-2024-754) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6206 - viernes, 6 de septiembre de 2024 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD


Orden nº 3296, de fecha 30 de agosto de 2024, relativa a procedimiento referente a la convocatoria para la provisión de un puesto de trabajo de Coordinador de Instalaciones Agroalimentarias y Mercado de Mayoristas.

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La titular de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, mediante Orden/Resolución de 30/08/2024, registrada al número 2024003296, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS

Primero.- Con Fecha 22 de Agosto de 2024 se recibe Informe del Negociado de Plan de Pensiones, Plantillas y Relación de Puestos de Trabajo, que dice lo siguiente: “En relación a la publicación realizada en el BOME Nº 6200, del viernes 16 de agosto de 2024, “Orden nº 3032, de fecha 12 de agosto de 2024, relativa a bases de la convocatoria para la provisión, mediante comisión de servicios, de un puesto de trabajo de coordinador de instalaciones agroalimentarias y mercado de mayorista”, una vez realizada dicha publicación, se ha personado en este Negociado el empleado público J.J. M.P., perteneciente al Área de Políticas Sociales, Salud Pública y Bienestar Animal, indicándonos verbalmente que hace tiempo que él tomó posesión del citado puesto de trabajo y que lo ha venido desempeñando desde entonces.

En este sentido se han comprobado los siguientes antecedentes:

Consta diligencia de toma de posesión de Don J.J.M.P. como ADMINISTRADOR DE MERCADOS, de fecha 20/04/2010.

La última relación de puestos de trabajo en la que figura el puesto con la denominación de ADMINISTRADOR DE MERCADOS es la publicada en el BOME nº 5318 del viernes 4 de marzo de 2016, número de Orden 320, siendo el código del puesto 0629, dotación 1, grupo C1/C2, régimen jurídico funcionario, complemento de destino 18 y VPPT 170.

En la siguiente relación de puestos de trabajo (BOME 5446 de viernes 26 de mayo de 2017), número de Orden 336, ya no consta el puesto denominado ADMINISTRADOR DE MERCADOS, y consta el puesto denominado COORDINADOR DE INSTALACIONES AGROALIMENTARIAS Y MERCADOS DE MAYORISTAS, con código 0629, dotación 1, grupo C1/C2, régimen jurídico funcionario, complemento de destino 18 y VPPT 170. Figura en la publicación de dicha RPT lo siguiente:

“ MODIFICACIONES DE R.P.T. 2017

Consejería de presidencia y Salud pública (13):...

– Se modifica la denominación del puesto de 1 Administrador/a de Mercados (C1/C2), pasando la denominación del puesto a Coordinador de Instalaciones Agroalimentarias y Mercado de Mayoristas (C1/C2). “

Asimismo se observa que en las nóminas de J.J.M.P. sigue apareciendo como denominación de su puesto de trabajo el de ADMINISTRADOR DE MERCADOS.

De acuerdo a estos antecedentes, el puesto de Coordinador de Instalaciones Agroalimentarias y Mercados de Mayoristas estaría cubierto desde el 20/04/2010.”

Segundo.- . Con fecha 16 de agosto de 2024 se publica la Orden nº 3032, de fecha 12 de agosto de 2024, relativa a bases de la convocatoria para la provisión, mediante comisión de servicios, de un puesto de trabajo de Coordinador de Instalaciones Agroalimentarias y Mercado de Mayoristas.

Tercero.- A tenor del informe emitido por la Jefatura del Negociado de Plantilla, RPT y planes de Pensiones, se verifica que el puesto convocado se halla ocupado efectivamente por un funcionario, sobre ello, el artículo 64 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado, sólo pueden ser objeto de provisión mediante comisión de servicios los puestos de trabajo vacantes siempre que exista urgente e inaplazable necesidad. Por otro lado, el apartado Segundo de la Resolución nº 1771 de fecha 4 de noviembre de 2019, relativa a las bases generales de aplicación a los procedimientos de provisión de puestos de trabajo mediante comisión de servicios de funcionarios de carrera de la Ciudad Autónoma de Melilla durante los ejercicios 2019 – 2023, solo contempla la provisión mediante comisión de servicios cuando el puesto se halle vacante o, estando ocupado, su titular se encuentre en situación de incapacidad temporal, permiso por maternidad, paternidad o adopción, liberación sindical, o en el disfrute de cualquier otro permiso o licencia sin sueldo.

Dado que el puesto esta actualmente ocupado por un funcionario de carrera, no se dan los elementos esenciales para su provisión mediante Comisión de Servicios.

Cuarto.- El artículo 93 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública, relativo al desistimiento por la Administración, establece que en los procedimientos iniciados de oficio, la Administración podrá desistir, motivadamente, en los supuestos y con los requisitos previstos en las Leyes.

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De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 25866/2024, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

Desistir del procedimiento iniciado por Orden nº 3032, de fecha 12 de agosto de 2024, relativa a bases de la convocatoria para la provisión, mediante comisión de servicios, de un puesto de trabajo de coordinador de instalaciones agroalimentarias y mercado de mayorista. (BOME nº 6.200, de 16/08/2024).

Contra esta ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que se publica para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla 4 de septiembre de 2024,

El Secretario Técnico de Administración Pública,

Francisco José Rubio Soler