ARTÍCULO Nº 756 (CVE: BOME-A-2024-756) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6206 - viernes, 6 de septiembre de 2024 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACION TECNOLÓGICA, TURISMO Y DE FOMENTO - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACION TECNOLÓGICA, TURISMO Y DE FOMENTO
Propuesta de resolución provisional del instructor al primer plazo del régimen de ayudas para proyectos de inversión en la Ciudad de Melilla, Ayudas a la Inversión con Empleo, año 2024.
PROPUESTA
DE RESOLUCIÓN PROVISIONAL DEL INSTRUCTOR AL PRIMER PLAZO DEL REGIMEN DE AYUDAS
PARA PROYECTOS DE INVERSIÓN EN LA CIUDAD DE MELILLA, AYUDAS A LA INVERSIÓN CON
EMPLEO. AÑO 2024
Vistas las solicitudes presentadas al Primer Plazo de la convocatoria
2024, por la que se convoca la concesión de ayudas dentro del régimen de ayudas
para proyectos de inversión en la Ciudad de Melilla, ayudas a la inversión con
empleo, en concurrencia competitiva, resultan los siguientes
ANTECEDENTES
1. Mediante
Decreto de
fecha 18 de abril de 2024, registrado al número 861 del Libro Oficial de
resoluciones no Colegiadas de la Presidencia se
establecen las bases reguladoras del régimen de ayudas a la inversión en la Ciudad de Melilla (BOME N.º 6167 de
23/04/2024)
2. Mediante Orden de la Consejería de
Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y Fomento nº 2024001401 de fecha 14 de junio de 2024,
se convocan subvenciones destinadas a Pymes dentro del régimen de ayudas para
proyectos de inversión en la Ciudad de Melilla, ayudas a la inversión con
empleo para el año 2024, publicado el extracto en el BOME nº 6184 de 21 de
junio de 2024.
3. Que
dentro de la convocatoria se establece un primer plazo de 20 días desde el día
siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín
Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla.
4. Finalizado el
plazo de presentación de las solicitudes para el Primer Plazo y tramitadas las
subsanaciones, se dan traslado todas las solicitudes a la Comisión de
Evaluación de la Consejería, constituida al efecto, como órgano colegiado, en
reunión de fecha 04 de
septiembre de 2024.
5. La Comisión de evaluación ha examinado y
valorado las solicitudes admitidas, según los criterios para la concesión de la
subvención y el procedimiento de priorización de solicitudes establecidos en el
artículo 17 de las Bases Reguladoras, dejando constancia de las conclusiones
que provisionalmente corresponde establecer y del resultado de la evaluación
efectuada en la correspondiente Acta de la sesión, en la que se incluye la
relación de solicitudes en el orden resultante tras aplicar los criterios de valoración
definidos en el artículo Noveno de la Convocatoria.
A los anteriores hechos resultan de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS
1. Que la competencia para la realización
de la Propuesta de Resolución Provisional recae sobre el instructor a la vista
del expediente y del informe del órgano colegiado, conforme a lo establecido en
el apartado 1 del artículo Decimosegundo de la convocatoria.
2. Que se cumplen en el expediente de solicitud las precauciones y
trámites dispuestos en las bases reguladoras de tales ayudas.
3. Estas
ayudas se financiarán con cargo al Presupuesto General Consolidado de
la Ciudad Autónoma de Melilla, sus Organismos Autónomos y sus Sociedades
Mercantiles para el año 2024, por importe de 1.100.000,00 euros, aplicaciones
presupuestarias; 06/43300/74000
Remanente 2023 por importe máximo de 468.548,00-€, euros, Retención de crédito
número 12024000015815, 06/43300/74000 por
importe máximo de 403.686,00-€, euros, Retención de crédito número 12024000015819
y 08/43300/74000 Remanente 2023 por importe máximo de
227.766,00-€, euros, Retención
de crédito número 1202400001587
El crédito disponible queda fraccionado para cada uno de los periodos de
resolución previstos en la convocatoria de la siguiente forma:
1er.
Periodo: 660.000,00-€
2º
Periodo: 440.000,00-€
Los remanentes presupuestarios de cada periodo
de resolución quedarán incorporados a los periodos sucesivos previstos en la
presente convocatoria
4. Los beneficiarios propuestos en el
presente informe como favorables cumplen todos los requisitos necesarios para
acceder a la subvención.
5. Que existe crédito adecuado y
suficiente, para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven
de la concesión de la presente subvención.
6. Que el presente régimen de ayudas se acoge a la exención de notificación en
virtud del Reglamento (UE) Nº 651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014
por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el
mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado
(Reglamento general de exención por categorías) modificado por el Reglamento
(UE) 2017/1084 de la Comisión, de 14 de junio, por el Reglamento (UE) 2020/972
de la Comisión de 2 de julio, por el Reglamento (UE) 2021/452 de la Comisión de
15 de marzo, por el Reglamento (UE) 2021/1237 de la Comisión de 23 de julio,
por el Reglamento (UE) 2023/917 de la Comisión de 04 de mayo, por el Reglamento
(UE) 2023/1315 de la Comisión de 23 de junio (Reglamento de exención) y modificaciones
posteriores.(Ayuda : SA.113964)
Por todo lo anteriormente expuesto, este
órgano instructor adopta el siguiente:
ACUERDO
1.
Proponer provisionalmente la CONCESION de la subvención solicitada que
han obtenido la consideración de beneficiarias provisionales por orden de
puntuación y la cuantía de la subvención otorgable, entre las siguientes
EXP. |
AYUDA |
SOLICITANTE |
NIF |
INVERSION |
PLANTILLA
MEDIA INICIAL |
AUTONOMOS |
EMPLEO |
H |
M |
N/B |
SUBVENCION
CONCEDIDA |
ACUMULADO |
A |
B |
C |
D |
E |
F |
TOTAL PUNTOS |
FECHA
REGISTRO |
HORA REGISTRO |
CREACION |
AMPLIACION |
DIVERSIFIC. |
23415/2024 |
AF24258 |
KAUZAR
ABDELKADER MOHAMED |
****0837** |
87.226,60 |
0,00 |
1,00 |
1,00 |
0,00 |
2,00 |
0,00 |
42.189,85 |
42.189,85 |
0 |
15 |
10 |
2 |
5 |
0 |
32 |
12/07/2024 |
18:43:00 |
1 |
0 |
0 |
23421/2024 |
AF24259 |
JESUS BELMONTE URBANEJA |
****9522** |
128.221,83 |
0,00 |
0,00 |
2,00 |
1,00 |
1,00 |
0,00 |
50.208,80 |
92.398,65 |
5 |
20 |
0 |
5 |
5 |
0 |
35 |
12/07/2024 |
19:18:13 |
1 |
0 |
0 |
23526/2024 |
AF24260 |
FITNESS
SABROSO S.L |
B55462204 |
110.247,40 |
0,00 |
0,00 |
2,00 |
1,00 |
1,00 |
0,00 |
46.254,43 |
138.653,08 |
5 |
20 |
0 |
5 |
5 |
0 |
35 |
15/07/2024 |
16:55:00 |
1 |
0 |
0 |
24029/2024 |
AF24261 |
FISIOSALUD MELILLA S.L. |
B52004652 |
84.877,23 |
3,33 |
0,00 |
3,00 |
1,00 |
2,00 |
0,00 |
50.926,34 |
189.579,42 |
5 |
20 |
0 |
2 |
2 |
0 |
29 |
19/07/2024 |
13:04:00 |
0 |
1 |
0 |
2. Declarar como desfavorables/desistidas provisionales aquellas
solicitudes relacionadas que por no cumplimiento de alguno de los requisitos de
las bases reguladoras o de la convocatoria, falta de subsanación del
requerimiento efectuado o renuncia expresa, indicándose el motivo que lo causa:
EXPEDIENTE |
AYUDA |
SOLICITANTE |
NIF |
FECHA
REGISTRO |
HORA REGISTRO |
MOTIVO |
21265/2024 |
AF24186 |
SARA CASAÑA
CAMACHO |
****0445** |
25/06/2024 |
16:48:00 |
ARCHIVO. NO
ES EL RÉGIMEN DE AYUDAS DE ESTA CONVOCATORIA. NO GENERA EMPLEO. |
23299/2024 |
AF24253 |
BRAHIM HADDOUCHI EL BOUSANI |
****1239** |
09/07/2024 |
14:43:00 |
INCLUMPLE ART. 3 APRTADO 2,B. INICIA
INVERSIÓN ANTES DE LA PRESENTACIÓN DE LA CONVOCATORIA |
23352/2024 |
AF24255 |
MOHAMED
TOUTOUH S.L |
B19861269 |
09/07/2024 |
20:53:00 |
INVERSIÓN
PRINCIPAL REALIZADA CON ANTERIORIDAD A
LA CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD Y A LA CONVOCATORIA. INCUMPLE ART. 3 APARTADO
2B |
23393/2024 |
AF24257 |
OVIMEL TELCO S.L. |
B16498222 |
09/07/2024 |
14:15:00 |
NO GENERA PUESTO DE TRABAJO. INCUMPLE
ART. 3 APARTADO 2,D de a Convocatoria. |
3. Se notifique la presente a la entidad solicitante, indicándole que la
propuesta de resolución provisional no creará derecho alguno a favor del
beneficiario, mientras no se haya comunicado la resolución de concesión.
4. Participarle a la entidad que tiene un plazo de 10 días, a partir de
la notificación de la presente, para consultar el expediente y/o efectuar las
alegaciones que estime oportunas, a tenor de lo dispuesto en el apartado 1 del
artículo Decimosegundo de la convocatoria.
5. La no presentación de alegaciones a esta propuesta provisional
implicará la aceptación de dicha propuesta, en el caso de presentarlas, no se
considerará aceptada hasta que sean
resueltas. En caso de no presentarse alegación a la misma la presente propuesta
provisional se entenderá definitiva.
Lo que le comunico para su conocimiento y efectos oportunos.
Melilla 4 de septiembre de 2024,
El Director General de Turismo y Activación
Económica;
José María Pérez Díaz