ARTÍCULO Nº 769 (CVE: BOME-A-2024-769) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6207 - martes, 10 de septiembre de 2024 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD


Orden nº 3359, de fecha 9 de septiembre de 2024, relativa a la constitución de la comisión de baremación para la valoración de los méritos para la constitución de la Bolsa de Trabajo en la categoría de oficial de Matarife.

BOME-P-2024-2478 Descargar página

La titular de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, mediante Orden/Resolución de 06/09/2024, registrada al número 2024003359, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

De conformidad con lo dispuesto en  las “Bases de la convocatoria para la constitución de Bolsas de Trabajo para contrataciones temporales y nombramiento de funcionarios interinos de la Ciudad Autónoma de Melilla” (artículo 4), en la categoría de Oficial Matarife, publicadas en el BOME extr. número 12, de 15 de febrero  de 2024, 

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 3995/2024, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

Que la Comisión de Baremación para la valoración de los meritos de los aspirantes a la mencionada Bolsa de Trabajo estará formado por las siguientes personas:

COMISIÓN TITULAR

PRESIDENTE:

Dª. Natalia Martínez Ladaga

VOCALES:

D. Jorge Almécija Martínez

D. Joaquín Pérez Álvarez

D. Mariano Millán Cereño

D. Pedro Martínez Fernández

SECRETARIO:

D. Victoriano J. Santamaría Martínez

COMISIÓN SUPLENTE

PRESIDENTE:

D. José A. Castillo Martín

VOCALES:

D. Luis Román Gallego

D. José L. Martín del Pino

D. Mariano Estévanez Botello

Dª. Francisca Estevánez Botello

SECRETARIO:

D. Juan L. Villaseca Villanueva

Publíquese esta Orden en el Boletín Oficial de la Ciudad y Tablón de Anuncios, advirtiendo a los aspirantes que podrán recusar a los componentes de las comisiones por causa legal y procedentes prevista en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Contra esta ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que se notifica para su publicación.

 

Melilla 6 de septiembre de 2024,

El Secretario Técnico de Administración Pública,

Francisco José Rubio Soler