ARTÍCULO Nº 809 (CVE: BOME-A-2024-809) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6211 - martes, 24 de septiembre de 2024 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJO DE GOBIERNO - CONSEJO DE GOBIERNO
Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 9 de agosto de 2024, relativo a aprobación de la Oferta de Empleo Público para el año 2024.
El Consejo de Gobierno, en sesión resolutiva Ordinaria celebrada el 9 de
agosto de 2024, ha procedido a la aprobación de la propuesta de , adoptando el
siguiente acuerdo registrado al número 2024000525:
“
El artículo 70 apdo. 1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público (BOE de 31 de octubre) preceptúa:
“Las necesidades
de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse
mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la
Oferta de empleo público, o a través de otro instrumento similar de gestión de
la provisión de las necesidades de personal, lo que comportará la obligación de
convocar los correspondientes procesos selectivos para las plazas comprometidas
y hasta un diez por cien adicional, fijando el plazo máximo para la
convocatoria de los mismos. En todo caso, la ejecución de la oferta de empleo
público o instrumento similar deberá desarrollarse dentro del plazo
improrrogable de tres años.”
Por otra parte el artículo 91 de la Ley 7/1985, de las Bases del Régimen
Local, señala que las Corporaciones Locales formarán su oferta de empleo
público ajustándose a los criterios fijados en la normativa básica estatal. Las
leyes de Presupuestos del Estado han venido incluyendo tradicionalmente
determinados preceptos con carácter básico que han impregnado de cierta rigidez
la conformación de las ofertas de empleo público de las diferentes
Administraciones Públicas.
La Ley 31/2022, de 24 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado
para el año 2023, publicada en el BOE de 24 de diciembre de 2022, en lo que es
preceptivo, establece el TÍTULO III.- De
los gastos de personal.- CAPÍTULO I: De los gastos del personal al servicio del
sector público.
Por otra parte, el artículo 70.3 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de
30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, establece que la Oferta de empleo público o
instrumento similar podrá contener medidas derivadas de la planificación de
recursos humanos.
Asimismo, el TREBEP también establece, en su artículo 59, las plazas que
deben ser reservadas en las ofertas de empleo público para ser cubiertas entre
personas con discapacidad.
En cuanto a la competencia para su aprobación corresponde al Consejo de
Gobierno a tenor del Art. 16.1.28 del Reglamento del Gobierno y Administración
BOME extraord. nº 2 de fecha 30/01/17.
En todo caso, la oferta deberá atenerse a las disponibilidades
presupuestarias del capítulo I del presupuesto de gastos.
En virtud de lo establecido en el articulado de la Ley de Presupuestos
reseñada anteriormente, y la Ley 7/1985, de Bases del Régimen Local, se
confecciona la siguiente OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO 2024, en la que se incluyen las plazas de nueva
creación, las que han quedado vacantes por Bajas-Jubilaciones, las que están
cubiertas de forma interina y las de promoción interna, con sus códigos
identificativos, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido
de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
En su virtud, y visto el Acuerdo de la Mesa General Común de Personal
Funcionario y Laboral de la Ciudad Autónoma de Melilla en sesión celebrada el
día 24 de mayo de 2024, VENGO
EN PROPONER,
se apruebe la Oferta de Empleo Público para el año 2024 siguiente:
OFERTA
DE EMPLEO PÚBLICO 2024
ACCESO
LIBRE
FUNCIONARIOS
DE CARRERA
Denominación Plaza |
SUBGRUPO |
ESCALA |
SUBESCALA |
CLASE |
PLAZAS |
CÓDIGOS PLAZAS |
Archivero/a Director Publicaciones |
A1 |
Admón. Especial |
Técnica |
Téc. Sup. |
1 |
F0350001 |
Arquitecto/a |
A1 |
Admón. Especial |
Técnica |
Téc. Sup. |
1 |
F0360006 |
Ingeniero/a C.C.P. Industrial |
A1 |
Admón. Especial |
Técnica |
Téc. Sup. |
1 |
F0390007 |
Veterinario/a |
A1 |
Admón. Especial |
Técnica |
Téc. Sup. |
1 |
F0470003 |
Arquitecto/a Técnico/a |
A2 |
Admón. Especial |
Técnica |
Téc. Med. |
3 |
F0510001, F0510010 y F0510011 |
Técnico Gestión Admón. General |
A2 |
Admón. General |
Gestión |
|
2 |
F0850003 y F0850006 |
Policía Local |
C1 |
Admón. Especial |
Serv. Especiales |
Policía Local |
6 |
F1150001, F1150071, F1150082, F1150113, F1150122 y F1150130 |
Bombero-Conductor |
C1 |
Admón. Especial |
Serv. Especiales |
Ext. Incendios |
5 |
F0910009, F0910037,
F0910039, F0910042 y F0910088 |
Administrativo/a |
C1 |
Admón. General |
Administrativa |
|
3 |
F0720036, F0720040 y F0720045 |
Auxiliar Administrativo |
C2 |
Admón. General |
Auxiliar |
|
5 |
F0880042, F0880047,
F0880079, F0880083 y F0880097 |
Oficial Mecanico/a Conductor |
C2 |
Admón. Especial |
Serv. Especiales |
Pers. Oficios |
1 |
F0970003 |
PROMOCIÓN
INTERNA
FUNCIONARIOS
DE CARRERA
Denominación Plaza |
SUBGRUPO |
ESCALA |
SUBESCALA |
CLASE |
PLAZAS |
CÓDIGOS PLAZAS |
Intendente Policía Local |
A1 |
Admón. Especial |
Serv. Especiales |
Policía Local |
2 |
F1560001 y F1560002 |
Subinspector Policía Local |
A2 |
Admón. Especial |
Serv. Especiales |
Policía Local |
1 |
F0780003 |
Oficial Policía Local |
C1 |
Admón. Especial |
Serv. Especiales |
Policía Local |
2 |
F0930003 y F0930020 |
Administrativo |
C1 |
Admón. General |
Administrativa |
|
4 |
F0720063, F0720064,
F0720065 y F0720066 |
Auxiliar Administrativo |
C2 |
Admón. General |
Auxiliar |
|
3 |
F0880032, F0880053 y F0880070 |
”
De conformidad con los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE
núm. 236, de 2 de octubre), y 93 del Reglamento del Gobierno y de la
Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extra. núm. 2, de 30 de
enero de 2017) y demás concordantes, contra el presente Acuerdo del Consejo de
Gobierno, que agota la vía administrativa, cabe recurso potestativo de
reposición a interponer ante el propio Consejo de Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Melilla en el plazo de un mes a partir de su publicación, o bien,
podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción
contenciosa administrativa competente, en el plazo de dos meses desde la
publicación.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree
conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se publica para su conocimiento y efectos oportunos.
Melilla 14 de agosto de
2024,
P.A. del Secretario Acctal.
del Consejo de Gobierno,
La Secretaria Tec. de Economía,
Comercio, Inn. Tec. y Turismo,
Decreto nº 164 de 25/07/2024,
Gema Viñas del Castillo