ARTÍCULO Nº 821 (CVE: BOME-A-2024-821) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6212 - viernes, 27 de septiembre de 2024 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD
Orden nº 3650, de fecha 23 de septiembre de 2024, relativa a nombramiento Órgano Asesor para la provisión de un puesto de directivo profesional de Director General de Desarrollo Autonómico y Ordenación Normativa.
La titular de
la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, mediante
Orden/Resolución
de 23/09/2024, registrada al número
2024003650, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto
lo siguiente:
De
conformidad con el artículo 60.5 del Reglamento de Gobierno y Administración de
la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extr. nº 2 de fecha 30 de enero de
2017),
De acuerdo
con lo anterior, y visto el expediente 25197/2024, en virtud de las
competencias que tengo atribuidas, VENGO
EN DISPONER
Que el órgano asesor para formular propuesta
motivada al órgano competente del cargo de personal directivo profesional de
Director General de Desarrollo Autonómico y Ordenación Normativa, quedará
constituido por los siguientes funcionarios:
-
Dª. Francisca Torres Belmonte (Secretaria Técnica
de Fomento).
-
D. Francisco José
Rubio Soler ( Secretario Técnico de Administración Pública).
-
Dª. Pilar Cabo
León ( Secretaria Técnica de Presidencia e Igualdad ).
Contra esta
ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la
notificación o publicación de la presente.
Dicho recurso
podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la
Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución
recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento
del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME
Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo
máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido
este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso
de alzada interpuesto.
No obstante,
podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su
responsabilidad.
Lo que se
publica para su conocimiento y efectos oportunos.
Melilla 23 de septiembre de 2024,
El Secretario Técnico de Administración Pública,
Francisco José Rubio Soler