ARTÍCULO Nº 825 (CVE: BOME-A-2024-825) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME Nº 6212 - viernes, 27 de septiembre de 2024 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD


Orden nº 3656, de fecha 23 de septiembre de 2024, relativa a modificación del Tribunal Calificador para la provisión en propiedad de dos plazas de Operario de Servicios.

BOME-P-2024-2614 Descargar página

La titular de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, mediante Orden/Resolución de 23/09/2024, registrada al número 2024003656, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:

Visto el escrito de renuncia formulado por D. Jorge J. Hernández Cano, designado por Orden nº 3542, de 12 de septiembre de 2024, Vocal Titular en el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para la provisión en propiedad de dos plazas de Operario de Servicios (oposición libre), considerando que concurren causas justificadas para dicha renuncia 

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 12046/2023, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

1º.- Aceptar la renuncia de D. Jorge J. Hernández Cano.

2º.- La sustitución, como Vocal Titular de D. Jorge J. Hernández Cano por D. José A. Roca López (que actúa en el mismo Tribunal como Vocal Suplente).

3ª.- La sustitución, como Vocal Suplente, de D. José A. Roca López por Dª. Mª. Dolores García Núñez.

Contra esta ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.

Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que se publica para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla 23 de septiembre de 2024,

El Secretario Técnico de Administración Pública,

Francisco José Rubio Soler