ARTÍCULO Nº 869 (CVE: BOME-A-2024-869) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME Nº 6215 - martes, 8 de octubre de 2024 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y NATURALEZA - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y NATURALEZA
Orden nº 0936, de fecha 3 de octubre de 2024, relativa a convocatoria para la obtención de constatación de la capacitación profesional para los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera.
El Excmo. Sr. Consejero de Medio Ambiente y Naturaleza emite Orden de
fecha 3/10/2024 registrada con el número 2024000936 en el Libro de Resoluciones
que dice literalmente:
“El Real Decreto 1566/1999, de 8 de octubre, sobre los consejeros de
seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, por
ferrocarril o por vía navegable, ha impuesto a las empresas que transporten
mercancías peligrosas por estos medios, o que sean responsables de las
operaciones de carga o descarga ligadas a dichos transportes, la obligación de
contar con, al menos, un consejero de seguridad que deberá haber superado los
exámenes regulados por la Orden del Ministerio de Fomento. FOM/605/2004, de 27 de febrero de 2004,
sobre capacitación profesional de los consejeros de seguridad para el
transporte de mercancías peligrosas por carretera, por ferrocarril o por vía
navegable. La citada Orden en su artículo 3 dispone, que los exámenes se convocaran,
por el órgano competente de la Comunidad Autónoma donde vayan a celebrarse, con
periodicidad mínima anual.
Por todo lo expuesto, y en cumplimiento de lo establecido en la Orden
FOM/605/2004, vengo en DISPONER:
Primero.-
Convocatoria.
Se convocan las pruebas globales y por especialidades, del año 2024,
para la obtención de constatación de la capacitación profesional para los
Consejeros de Seguridad para el Transporte de mercancías peligrosas por
carretera:
Segundo.-
Bases reguladoras.
Base Primera.- Ejercicios, estructura y
calificación.
Los ejercicios de que constarán las pruebas, su estructura y forma de
calificación serán los establecidos en la Orden del Ministerio de Fomento. FOM/605/2004, de 27 de febrero de 2004,
sobre capacitación profesional de los consejeros de seguridad para el
transporte de mercancías peligrosas por carretera, por ferrocarril o por vía
navegable.
Los ejercicios que deben superar los aspirantes a la obtención del
certificado de capacitación profesional para los consejeros de seguridad
constarán de dos partes:
La primera, en la que no se permitirá la consulta de textos, consistirá
en contestar cincuenta (50) preguntas tipo “Test”, con cuatro respuestas
alternativas, que versarán sobre las materias incluidas en el anexo del Real
Decreto 1566/1999, de 8 de octubre, sobre los consejeros de seguridad para el
transporte de mercancías peligrosas por carretera o por vía navegable.
La segunda parte, en la que se permitirá la consulta de textos, excepto
aquellos en los que figure la resolución a los supuestos, consistirá en la
realización de un estudio o supuesto que, con referencia al ámbito del modo del
transporte y a la especialidad correspondiente, versará sobre las tareas y
obligaciones a realizar y/o cumplir por el consejero.
El tiempo máximo de que podrán disponer los aspirantes para la
realización de cada prueba será de una hora.
En caso de que el aspirante opte por realizar una prueba independiente
para alguna de las especialidades recogidas en la base sexta, las pruebas
mantendrán el mismo esquema y versarán únicamente sobre aquellas materias que
puedan afectar a la especialidad del transporte de que se trate
Los ejercicios se calificarán de 0 a 100 puntos y la prueba se
considerara superada cuando el examinado obtenga una puntuación igual o
superior a 50. Las respuestas erróneas no tendrán penalización.
La prueba de control para la renovación de los certificados consistirá
únicamente en la realización de la primera de las partes de que consta el
ejercicio y en las mismas condiciones que las requeridas para el examen de
obtención.
Base segunda.- Solicitudes, pago de la tasa,
plazos y lugar de presentación.
Las solicitudes para tomar parte en las pruebas se realizarán en el
modelo que se adjunta a esta Orden ALOJADO EN LA PAGINA WEB
INSTITUCIONAL DE LA
CIUDAD , que también está disponible en la Oficina Técnica de Transportes
Terrestres, sita en local nº 10 del Cargadero de Mineral.
obligaciones
a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse
a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas. El medio
elegido por la persona para comunicarse con las Administraciones Públicas podrá
ser modificado por aquella en cualquier momento.” Para ello se habilitará en la Sede Electrónica de Melilla el correspondiente
procedimiento.
Las solicitudes se presentarán, en el plazo de 15 días naturales a partir de la publicación
de la presente convocatoria en el BOME, en cualquiera de los Registros de las
Oficinas de Información y Atención al Ciudadano de la Ciudad Autónoma de
Melilla o en la Oficina Técnica de Transportes Terrestres de la Consejería de
Medio Ambiente sita en el local nº 10 del Cargadero de Mineral, debidamente
cumplimentadas y acompañadas de:
a)
Justificante del abono de la tasa por Prestación de Servicios y
Actuaciones de la Ciudad Autónoma de Melilla en Materia de Ordenación de
Transportes Terrestres por Carretera (3.2) 19,72 €. (BOME Extr. Nº 21 de
30/12/09)
b)
Fotocopia del DNI, NIE, permiso de conducir del reino de España o
pasaporte en vigor, en vigor
c)
Certificado de empadronamiento, cuando proceda.
Base tercera.- Admisión de aspirantes.
Finalizado el plazo para la presentación de solicitudes la Consejería de
Medio Ambiente y Naturaleza dictará Orden declarando aprobada la lista
provisional de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de la causa que
motiva la exclusión; dicha Orden se hará pública en el tablón de anuncios de la
Oficina Técnica de Transportes Terrestres de la Consejería de Medio Ambiente y
Naturaleza sita en el local nº 10 del Cargadero de Mineral y en página web
institucional de la Ciudad Autónoma de Melilla (www.melilla.es).
Los aspirantes excluidos, así como, los que no figuren o figuren con
algún dato erróneo en la relación de admitidos, dispondrán de un plazo de CINCO
(5) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la exposición de la
Orden en el tablón de anuncios para subsanar el defecto observado.
Una vez finalizado el plazo para subsanar defectos, la Consejería de
Medio Ambiente y Naturaleza dictará Orden declarando aprobada la lista
definitiva de aspirantes y excluidos, con indicación de la causa de su
exclusión y se hará pública en el tabón de anuncios anteriormente citado.
Base
cuarta. Lugar y fechas y horas de los ejercicios.
El lugar de celebración de las pruebas se publicará en el tablón de
anuncios de la Oficina Técnica de Transportes Terrestres y en página web
institucional de la Ciudad Autónoma de Melilla (www.melilla.es) con, al menos,
una anterioridad de siete (7) días a la celebración del primer ejercicio.
Fechas
y horas:
Miércoles
día 20 de noviembre de 2024: Ejercicio global de Mercancías Peligrosas:
-Por
carretera
Primera
parte: De 16:00 a 17:00 horas Segunda parte: De 17:15 a 18:15 horas.
Jueves
día 28 de Noviembre de 2024: Ejercicio clase 1 (Materias y objetos explosivos)
-Por
carretera
Primera
parte: De 16:00 a 17:00 horas Segunda parte: De 17:15 a 18:15 horas.
Miércoles
día 27 de Noviembre de 2024: Ejercicio de materias líquidas inflamables con los
números de identificación ONU 1202 (gasóleo), 1203 (gasolina) y 1223
(queroseno):
-Por
carretera
Primera
parte: De 16:00 a 17:00 horas Segunda parte: De 17:15 a 18:15 horas.
Lunes
día 25 de Noviembre de 2024: Ejercicio Clases 3, 4.1, 4.2, 4.3, 5.1, 5.2, 6.1,
6.2, 8 y 9:
-Por
carretera
Primera
parte: De 16:00 a 17:00 horas Segunda parte: De 17:15 a 18:15 horas.
Viernes
día 22 de Noviembre de 2024: Ejercicio de Clase 7 (Radioactivas)
-Por
carretera
Primera
parte: De 16:00 a 17:00 horas Segunda parte: De 17:15 a 18:15 horas.
Martes
día 26 de Noviembre de 2024: Ejercicio clase 2 (Gases)
-Por
carretera
Primera
parte: De 16:00 a 17:00 horas
Segunda
parte: De 17:15 a 18:15 horas.
Si por cualquier causa, después de la publicación
de la convocatoria, se modificara la fecha de la realización de alguna o todas
las pruebas, estas modificaciones se publicarán en el Tablón de Anuncios de la
Oficina Técnica de Transportes Terrestres, al menos, con una antelación de diez
(10) días a la celebración del ejercicio.
Base
quinta.- Presentación a examen y desarrollo de las pruebas.
Los aspirantes admitidos deberán acudir a las pruebas provistos de un
documento oficial que acredite su identidad (DNI, NIE, permiso de conducir del
Reino de España o pasaporte, en vigor), cualquiera de ellos original y en
vigor. Su falta dará lugar a la no admisión del aspirante a la realización de
las pruebas. Se recomienda, así mismo, concurrir al examen provisto de la copia
de la solicitud de admisión.
Para la correcta realización de los ejercicios los aspirantes deberán ir
provistos de bolígrafo.
Durante la realización de los ejercicios no estará permitido tener el
teléfono móvil encendido.
Base
sexta.- Listas de aspirantes declarados aptos y plazo de reclamaciones.
Finalizadas las pruebas y una vez corregidos los exámenes, el Tribunal
hará públicas en el tablón de anuncios de la Oficina Técnica de Transportes
Terrestres y en página web institucional de la Ciudad Autónoma de Melilla
(www.melilla.es), la relación provisional de aspirantes que hayan resultado
aptos.
Los aspirantes no incluidos en dicha relación dispondrán de un plazo de
diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la exposición de la
citada relación, para presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Una vez resueltas estas reclamaciones, el Tribunal elevará la propuesta
de relación definitiva de aspirantes que hayan resultado aptos, al Excmo. Sr.
Consejero de Medio Ambiente y Naturaleza, quien dictará Orden declarándolos
aptos y la hará pública mediante su exposición en los medios antedichos.
Tercero.-
Vigencia de la normativa de transportes y del resto de las materias
relacionadas con el contenido de los exámenes.
La normativa a considerar en el desarrollo de los exámenes será la
vigente a la fecha de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial
de la Ciudad Autónoma de Melilla.
Cuarto.-
Interposición de recursos.
Contra la presente Orden, que no pone fin a la vía administrativa, cabe
a los interesados interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de
Medio Ambiente y Naturaleza o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad
Autónoma de Melilla en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su
publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla.
La presente convocatoria y cuantos actos se deriven de ella, se regirán
por lo establecido en la vigente Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Contra las resoluciones del Tribunal únicamente cabrán los recursos
administrativos regulados en el citado texto legal.
Quinto.-
Tribunal Calificador.
El tribunal que juzgará las pruebas estará compuesto por las siguientes
personas:
-Tribunal Titular:
Presidente: D. Diego Giner Gutiérrez
Vocales: D. María Teresa Rosado López, D. Ernesto
Rodríguez Gimeno y D. Salvador Silva Córdoba.
Secretario: D. Juan Luis Villaseca Villanueva
-Tribunal
suplente:
Presidente: D. Luis Mayor Olea
Vocales: D. Javier Facenda Fernández, D. Noelia
Jodar García y D. Juan Carlos Márquez Alonso
Secretario: D. Francisca Torres Belmonte”
Lo que se publica a los efectos oportunos,
Melilla 3 de octubre de 2024,
La Jefa de la Oficina Técnica de Transportes
Terrestres,
M. Teresa Rosado López